En resumen

  • Los laboratorios del INCD «URBAN-INCERC» han sido designados de nuevo como laboratorio de ensayo notificado a la Comisión Europea para los productos de construcción, con el número de identificación NB 1841.
  • La notificación se concede por tiempo ilimitado, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos, y se inscribe en la base de datos europea NANDO. La orden anterior, n.º 2.719/2024, queda derogada en la fecha de publicación.
  • Afecta a los fabricantes y a los importadores de membranas impermeabilizantes, productos de aislamiento térmico, puertas, ventanas y aparatos de calefacción, que necesitan ensayos de laboratorio para declarar las prestaciones de sus productos.
Acto: Orden MDLPA n.º 914/2026
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 681, de 18 de agosto de 2026
Firmado: 6 de agosto de 2026

Un fabricante de lana mineral o de ventanas no puede colocar el marcado CE sin ensayos realizados por un laboratorio reconocido oficialmente, y la lista de esos laboratorios acaba de actualizarse. El Ministerio de Desarrollo, Obras Públicas y Administración ha emitido la Orden n.º 914/2026, por la que designa al Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo en Construcciones, Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible «URBAN-INCERC», a través del ON Laboratoare «URBAN-INCERC», con vistas a su notificación a la Comisión Europea como laboratorio de ensayo para los productos de construcción. Es el mismo ministerio que, en el mismo periodo, intervino también sobre el modelo de acta de recepción de las obras esenciales.

El acto tiene cuatro artículos y un anexo. El art. 1 aprueba la designación, el art. 2 establece qué se inscribe en la base de datos europea NANDO, el art. 3 ordena la publicación y el art. 4 deroga, en la fecha de publicación, la Orden del ministro de Desarrollo, Obras Públicas y Administración n.º 2.719/2024, que designaba al mismo instituto para la misma función.

Los datos de identificación figuran en el anexo. El número de identificación ante la Comisión Europea es NB 1841, la sede se encuentra en șoseaua Pantelimon nr. 266, sectorul 2, București, y la competencia se evaluó tomando como referencia la norma SR EN ISO/IEC 17025:2018, la que fija los requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y de calibración. La acreditación la concedió la Asociación de Acreditación de Rumanía, RENAR.

Los efectos que produce

El primer efecto es el práctico, para los fabricantes. Un laboratorio notificado es aquel al que se le pueden encargar los ensayos necesarios para la evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones, es decir, el paso sin el cual la declaración de prestaciones y el marcado CE no se sostienen. La orden dice, de forma pública, quién tiene ese derecho.

El segundo efecto se refiere a la duración. La validez de la notificación se concede por tiempo ilimitado, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos que sirvieron de base a la designación. Ya no hay, por tanto, una fecha de caducidad que los fabricantes deban vigilar, pero tampoco una garantía automática: si los requisitos dejan de cumplirse, la designación puede retirarse.

El tercer efecto es la visibilidad europea. La dirección de urbanismo y construcciones del ministerio notifica el organismo a la Comisión Europea mediante la inscripción en la base de datos NANDO, con los elementos de identificación, el periodo de validez, las familias de productos y el uso previsto, el sistema de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones, la función del organismo y las especificaciones técnicas armonizadas. Un fabricante de otro Estado miembro puede comprobar así, directamente en NANDO, si el laboratorio está reconocido.

El cuarto efecto es la cobertura concreta, la que fija el anexo. Los ámbitos de competencia comprenden las membranas barrera de vapor y las membranas de impermeabilización de cubiertas, los productos de aislamiento térmico fabricados en fábrica o preparados in situ, las puertas, ventanas, contraventanas, persianas y portones con sus herrajes, así como los aparatos de calefacción sin fuente interna de energía. El sistema de evaluación aplicable es, para todos ellos, el sistema 3.

El quinto efecto tiene que ver con el tipo de ensayos. El anexo enumera, para cada característica esencial, las normas aplicables: ensayos de reacción al fuego, desde la incombustibilidad hasta la clasificación conforme a SR EN 13501-1:2019, ensayos de resistencia al fuego para paredes, techos, forjados, cubiertas, puertas, contraventanas y ventanas, así como ensayos de determinación de la absorción acústica, conforme a SR EN ISO 354:2004 y SR EN ISO 11654:2002.

Qué ha cambiado respecto de la situación anterior

El cambio formal es la sustitución del acto de designación. La Orden n.º 2.719/2024, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 727, de 25 de julio de 2024, queda derogada el mismo día en que se publica la nueva orden, de modo que no hay ni un solo día de vacío en el que el laboratorio quede sin designar.

El segundo cambio, más importante a largo plazo, es el fundamento europeo. La nueva orden se apoya no solo en el Reglamento (UE) n.º 305/2011 sobre los productos de construcción, sino también en el art. 51 y en el art. 95, apdo. 2, del Reglamento (UE) 2024/3.110, el acto que establece las nuevas normas armonizadas para la comercialización de los productos de construcción y que deroga el Reglamento n.º 305/2011. La designación queda, por tanto, preparada para la transición hacia el nuevo marco europeo.

El tercer cambio es procedimental. La base de la decisión es el acta n.º 1, de 16.07.2026, de la Comisión de evaluación de los organismos de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones y de los organismos de evaluación técnica europea de los productos de construcción. La evaluación se hizo, pues, mediante un procedimiento formal y no mediante una simple renovación administrativa.

La cuarta aclaración se refiere a lo que no ha cambiado. El instituto sigue siendo el mismo, la sede sigue siendo la misma, la función sigue siendo la misma, laboratorio de ensayo. Los fabricantes que ya trabajaban con URBAN-INCERC no tienen que hacer nada.

Ventajas y desventajas

Lo que mejora

  • Los fabricantes y los importadores tienen, en un acto publicado, la confirmación de que el laboratorio está reconocido y para qué familias de productos en concreto.
  • La notificación por tiempo ilimitado elimina las interrupciones administrativas que aparecían en cada renovación de la designación.
  • La inscripción en la base de datos NANDO hace visible el reconocimiento en toda la Unión Europea, no solo en Rumanía.
  • El anexo enumera de forma explícita las normas armonizadas cubiertas, de modo que un fabricante puede comprobar de antemano si su producto entra en la competencia del laboratorio.

Lo que sigue siendo un problema

  • El plazo ilimitado está condicionado al cumplimiento continuo de los requisitos, pero la orden no dice quién comprueba periódicamente ni con qué frecuencia.
  • La lista de normas del anexo envejece deprisa, y su actualización exige una nueva orden, con todo el recorrido administrativo que ello supone.
  • La orden se firmó el 6 de agosto y se publicó el 18 de agosto, y entre esas dos fechas la designación antigua seguía siendo la única en vigor.
  • La coexistencia del Reglamento (UE) n.º 305/2011 con el Reglamento (UE) 2024/3.110 deja a los fabricantes navegando entre dos marcos, sin una explicación en el texto de la orden.

Consejos prácticos

  1. Si fabrica o importa productos de construcción, compruebe en el anexo de la orden si su familia de productos aparece allí. Un laboratorio notificado no cubre automáticamente cualquier tipo de producto.
  2. Compruebe también el número de identificación NB 1841 en la base de datos NANDO de la Comisión Europea. Allí encontrará la forma actualizada de la notificación, incluidas las modificaciones posteriores que pueda haber.
  3. Recuerde que el sistema de evaluación aplicable en todas las posiciones del anexo es el sistema 3. Este supone la determinación del producto tipo sobre la base de los ensayos realizados por un laboratorio notificado, mientras que el resto de las obligaciones siguen recayendo en el fabricante.
  4. Si su producto está sujeto a la reglamentación sobre reacción al fuego, compruebe si la norma armonizada que utiliza figura en la lista. Ahí la diferencia entre versiones cuenta.
  5. No confunda la acreditación de RENAR con la designación ministerial. La primera acredita la competencia técnica, la segunda otorga el derecho a desempeñar la función dentro del marco reglamentado, y para el marcado CE necesita la segunda.
  6. Si trabaja con documentos emitidos antes del 18 de agosto de 2026, compruebe si remiten a la Orden n.º 2.719/2024. Aquella quedó derogada y la referencia correcta es ahora la Orden n.º 914/2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué hace, exactamente, esta orden?
Designa al INCD «URBAN-INCERC», a través del ON Laboratoare «URBAN-INCERC», como organismo de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones de los productos de construcción, con vistas a su notificación a la Comisión Europea para la función de laboratorio de ensayo.
¿Cuál es el número de identificación europeo?
NB 1841, el número con el que el organismo figura en la base de datos NANDO de la Comisión Europea.
¿Cuánto tiempo es válida la notificación?
Por tiempo ilimitado, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos que sirvieron de base a la designación.
¿Qué productos cubre la designación?
Membranas barrera de vapor y membranas de impermeabilización de cubiertas, productos de aislamiento térmico fabricados en fábrica o preparados in situ, puertas, ventanas, contraventanas, persianas y portones con sus herrajes, así como aparatos de calefacción sin fuente interna de energía.
¿Qué significa el sistema 3 de evaluación?
Es el sistema de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones que el anexo indica para todas las posiciones. En este sistema, la determinación del producto tipo se hace sobre la base de los ensayos realizados por un laboratorio notificado.
¿Qué ocurre con la orden anterior?
La Orden n.º 2.719/2024, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 727, de 25 de julio de 2024, queda derogada en la fecha de publicación de la nueva orden, es decir, el 18 de agosto de 2026.
¿Con qué norma se evaluó la competencia del laboratorio?
Con SR EN ISO/IEC 17025:2018, la norma que fija los requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y de calibración. La acreditación la concedió RENAR.
¿Qué relación tiene con el nuevo reglamento europeo?
La orden se fundamenta, entre otras normas, en el art. 51 y en el art. 95, apdo. 2, del Reglamento (UE) 2024/3.110, que establece nuevas normas armonizadas para la comercialización de los productos de construcción y deroga el Reglamento (UE) n.º 305/2011.

Texto original del acto normativo

El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.

El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía

Boletín Oficial de Rumanía n.º 681, de 18 de agosto de 2026 16 páginas PDF, 111 KB el acto comienza en la página 2

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.