En resumen

  • La Autoridad Aduanera Rumana derogó, mediante la Orden n.º 1.393/2026, su propia Orden n.º 5.697/2022, que establecía el procedimiento de registro de la actividad de distribución y venta al por mayor de bebidas alcohólicas y/o tabaco elaborado.
  • El acto consta de un único artículo de fondo: la derogación íntegra de la orden de 2022, sin indicar un procedimiento sustitutivo en su texto.
  • Los operadores económicos de la distribución mayorista de alcohol y tabaco deben comprobar directamente con la Autoridad Aduanera Rumana el régimen actualmente aplicable, ya que el antiguo procedimiento específico de registro ha dejado de estar en vigor.
Acto: Orden de la Autoridad Aduanera n.º 1.393/2026
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 653 del 6 de agosto de 2026
En vigor desde: el 6 de agosto de 2026

Un procedimiento administrativo vigente desde 2022, que obligaba a las empresas de distribución mayorista de alcohol y tabaco a registrarse de una forma específica ante la Autoridad Aduanera, ha sido derogado mediante una orden de una sola página. La Orden del presidente de la Autoridad Aduanera Rumana n.º 1.393/2026, firmada el 9 de julio de 2026 y publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 653 del 6 de agosto de 2026, suprime la Orden n.º 5.697/2022, que había aprobado el procedimiento de registro de la actividad de distribución y venta al por mayor de bebidas alcohólicas y/o tabaco elaborado, junto con el modelo y contenido de los formularios correspondientes.

El texto de la nueva orden es mínimo: un único artículo de fondo (art. 1) deroga íntegramente la orden de 2022, mientras que el art. 2 ordena su publicación en el Boletín Oficial de Rumanía. La orden no menciona ningún procedimiento sustitutivo, ningún plazo de transición, ni los efectos sobre los registros ya realizados con el antiguo procedimiento.

La orden se dicta al amparo de la Ley n.º 268/2021 (ley de creación de la Autoridad Aduanera Rumana) y de la Decisión gubernamental n.º 237/2022 sobre la organización y funcionamiento de la institución, normas que confirman la competencia del presidente de la Autoridad Aduanera para modificar o derogar sus propios actos normativos anteriores.

Los efectos que produce

El procedimiento específico de registro de 2022 ya no existe. Los formularios y el modelo aprobados por la Orden n.º 5.697/2022 pierden su validez jurídica con la derogación, aunque la orden no aclara explícitamente qué ocurre con los operadores ya registrados bajo el antiguo régimen.

Los operadores económicos de la distribución mayorista de bebidas alcohólicas y tabaco elaborado siguen sujetos al régimen general de impuestos especiales del Código Fiscal (Ley n.º 227/2015) y a la normativa aduanera aplicable a los productos sujetos a impuestos especiales, no afectados por esta orden. Lo que desaparece es estrictamente el procedimiento administrativo específico de registro instaurado en 2022, no las obligaciones fiscales de fondo sobre impuestos especiales.

Para las empresas de este sector, la solución más segura es verificar directamente con la Autoridad Aduanera Rumana el régimen actualmente aplicable, ya que la orden de derogación, por su naturaleza mínima, no ofrece indicios sobre un posible nuevo procedimiento, simplificado o integrado en otro sistema.

Qué ha cambiado respecto de la situación anterior

Hasta esta orden, los distribuidores y comerciantes al por mayor de bebidas alcohólicas y/o tabaco elaborado debían seguir un procedimiento de registro específico, con formularios propios, aprobado por la Orden de la Autoridad Aduanera n.º 5.697/2022 de noviembre de 2022. Desde el 6 de agosto de 2026, ese procedimiento específico carece de base legal.

La orden no explica el motivo de la derogación ni introduce un procedimiento alternativo explícito; se trata de una simple supresión del acto anterior, dentro de la competencia discrecional del presidente de la Autoridad Aduanera Rumana, entendiéndose que los operadores del sector siguen, en todo caso, sujetos al régimen general de impuestos especiales y a la vigilancia aduanera de los productos sujetos a estos impuestos.

Ventajas y desventajas

Lo que mejora

  • Elimina un procedimiento administrativo específico, lo que podría reducir la burocracia para los operadores económicos de la distribución mayorista de alcohol y tabaco, si no se sustituye por uno igual de complejo.
  • Simplifica potencialmente el marco normativo de la Autoridad Aduanera Rumana, al depurar actos que quizá hayan quedado redundantes frente a normativas posteriores.
  • Confirma que el presidente de la Autoridad Aduanera ejerce activamente la competencia de revisar sus propios actos normativos, señal de una actualización continua del marco institucional.

Lo que sigue siendo un problema

  • La ausencia de cualquier explicación o procedimiento de transición en la orden genera incertidumbre para los operadores ya registrados bajo el antiguo régimen, que no saben con certeza si su registro sigue siendo válido.
  • No se precisa si la derogación va acompañada de un procedimiento nuevo, simplificado o integrado electrónicamente, o si el sector queda temporalmente sin regulación a este nivel de detalle.
  • Los operadores económicos deben realizar comprobaciones adicionales, directamente ante la Autoridad Aduanera, para conocer el régimen actualmente aplicable, lo que genera costes de cumplimiento a corto plazo.
  • La publicación de la orden casi un mes después de su firma (9 de julio-6 de agosto de 2026) dejó un periodo en el que el acto ya estaba firmado, pero aún no había producido efectos públicos.

Consejos prácticos

  1. Si distribuyes o vendes al por mayor bebidas alcohólicas o tabaco elaborado, contacta directamente con la Autoridad Aduanera Rumana para confirmar si sigue existiendo una obligación de registro y, en su caso, en qué forma.
  2. No supongas que el registro realizado bajo el antiguo procedimiento sigue siendo automáticamente válido, ni, a la inversa, que se vuelve automáticamente nulo; pide una confirmación por escrito a la autoridad para tu situación concreta.
  3. Revisa periódicamente el Boletín Oficial de Rumanía por si se publica una orden posterior que introduzca un nuevo procedimiento de registro, dado que esta orden de derogación no contiene ninguno.
  4. Sigue cumpliendo el régimen general de impuestos especiales del Código Fiscal, que esta orden no modifica, con independencia de la suerte del procedimiento administrativo específico de registro.

Preguntas frecuentes

¿Qué hace exactamente la Orden de la Autoridad Aduanera n.º 1.393/2026?
Deroga íntegramente la Orden del presidente de la Autoridad Aduanera Rumana n.º 5.697/2022, que había aprobado el procedimiento de registro de la distribución y venta al por mayor de bebidas alcohólicas y/o tabaco elaborado.
¿Qué ocurre con las empresas ya registradas bajo el antiguo procedimiento?
La orden no lo precisa explícitamente; se recomienda a los operadores económicos solicitar una confirmación directa a la Autoridad Aduanera Rumana sobre el estado de su registro.
¿Existe un nuevo procedimiento que sustituya al antiguo registro?
La orden de derogación no introduce un procedimiento alternativo. Si llegara a existir uno, deberá publicarse por separado, mediante otro acto normativo.
¿Cambia el régimen de impuestos especiales para el alcohol y el tabaco?
No. Esta orden afecta únicamente al procedimiento administrativo de registro de la actividad de distribución mayorista, no al régimen de fondo de los impuestos especiales, regulado por el Código Fiscal.
¿Desde cuándo produce efectos la derogación?
Desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Rumanía, el 6 de agosto de 2026, aunque la orden fue firmada por el presidente de la Autoridad Aduanera ya el 9 de julio de 2026.

Texto original del acto normativo

El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía

Boletín Oficial de Rumanía n.º 653 del 6 de agosto de 2026 8 páginas PDF, 81 KB el acto comienza en la página 8

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.