En resumen

  • El Ministerio de Energía abre un régimen de 150 millones de euros para baterías industriales de almacenamiento de energía eléctrica, financiado con cargo al Fondo de Modernización.
  • Una empresa puede recibir como máximo 15 millones de euros y la ayuda puede cubrir hasta el 100 % de los costes subvencionables, con un límite de 69.000 euros por cada MWh de almacenamiento instalado.
  • La selección se realiza mediante licitación competitiva, no por orden de llegada. Se esperan unos 10 beneficiarios y las instalaciones deben entrar en funcionamiento en 48 meses.
Acto: Orden ME n.º 745/2026
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 610 de 27 de julio de 2026
Entra en vigor: 27 de julio de 2026

El Estado destina 150 millones de euros a baterías industriales que almacenen la electricidad procedente de fuentes renovables. El Ministerio de Energía aprobó el régimen de ayudas estatales para instalaciones autónomas de almacenamiento en baterías, conocidas en los documentos oficiales como instalaciones stand-alone, financiado con cargo al Fondo de Modernización. Es la tercera intervención del ministerio sobre este fondo en los últimos meses, después de aquella por la que los plazos para las inversiones en energía renovable se ampliaron hasta 2028. La Orden n.º 745 de 16 de julio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 610 de 27 de julio de 2026 y entró en vigor en la fecha de su publicación.

El régimen ya ha superado el filtro europeo. La Comisión Europea lo autorizó mediante la Decisión n.º C(2026) 1588 final de 6 de marzo de 2026, en el asunto SA.121308, y el Consejo de la Competencia emitió el dictamen n.º 2656 de 25 de febrero de 2026. El Banco Europeo de Inversiones confirmó, el 11 de marzo de 2026, que las inversiones se encuadran en los ámbitos financiables del Fondo de Modernización.

Las instalaciones stand-alone son baterías conectadas directamente a la red de transporte o de distribución que no dan servicio a una central determinada, sino que absorben energía cuando la producción supera al consumo y la entregan en los picos de demanda. Son la pieza que falta en un sistema con mucha energía eólica y solar, donde la producción no coincide con el consumo.

Los efectos que produce

El primer efecto es el presupuesto y la forma de repartirlo. El régimen tiene un presupuesto total estimado de 150 millones de euros, importes de subvención a fondo perdido procedentes del Fondo de Modernización, y el número estimado de beneficiarios es de unos diez. Si el dinero no se agota tras la primera licitación, el Ministerio de Energía organiza un nuevo procedimiento por la suma restante.

El segundo efecto establece cuánto puede llevarse una empresa. La ayuda máxima es de 15 millones de euros por cada empresa, con independencia de cuántos proyectos presente. La intensidad de la ayuda puede llegar hasta el 100 % de los costes subvencionables, precisamente porque la selección se realiza mediante un procedimiento de licitación competitiva y es la competencia entre los ofertantes la que mantiene bajo el precio.

El tercer efecto es el límite técnico, el que cuenta al calcular la oferta. El importe de la ayuda no puede superar los 69.000 euros por cada MWh de almacenamiento instalado. Es el límite que convierte la licitación en una competición por la eficiencia, no por el tamaño del proyecto.

El cuarto efecto tiene que ver con los umbrales de elegibilidad del proyecto. La instalación debe ser nueva, estar ubicada en Rumanía, tener al menos 1 MW de potencia y una relación entre capacidad y potencia de 2:1 como mínimo, es decir, poder funcionar al menos dos horas a la potencia instalada. Los proyectos que solo sustituyen instalaciones de almacenamiento más antiguas no son elegibles.

El quinto efecto es el calendario, con sanción incluida. El régimen se aplica hasta el 31 de diciembre de 2030 y las inversiones deben quedar finalizadas y puestas en funcionamiento en 48 meses desde la concesión de la ayuda. Superar el plazo conlleva penalizaciones del 0,01 % al día sobre el importe de la ayuda, más el tipo de interés de política monetaria del Banco Nacional de Rumanía, salvo en casos de fuerza mayor.

Qué ha cambiado respecto de la situación anterior

Hasta ahora, el Fondo de Modernización financiaba principalmente la producción de energía renovable y el autoconsumo. El almacenamiento autónomo no tenía un régimen propio, aunque sin él la energía producida en los picos de viento y de sol queda parcialmente sin usar. Esta es la novedad de fondo.

Cambia también el mecanismo de selección. Los regímenes anteriores de este fondo funcionaron, en buena medida, según el principio de presentación y verificación, mientras que aquí todo pasa por un procedimiento de licitación competitiva: el proveedor de la ayuda publica los criterios de selección al menos seis semanas antes del plazo de presentación y ganan los mejor clasificados.

Los solicitantes pueden ser microempresas, empresas pequeñas, medianas o grandes, incluidas las de nueva creación, rumanas o de otro Estado miembro, siempre que estén inscritas en el Registro Mercantil antes de la firma del contrato de financiación. Los proyectos se presentan únicamente de forma individual, las asociaciones entre empresas quedan excluidas.

Se mantiene, sin embargo, el patrón ya conocido de las financiaciones de este fondo: plazos firmes y penalizaciones por retraso. Es la misma lógica que el ministerio aplicó también cuando fijó el plazo límite de 2028 para las inversiones en autoconsumo a partir de fuentes renovables.

En materia de transparencia, las ayudas individuales que superan los 100.000 euros se publican en el plazo de seis meses desde su concesión, y el régimen, los contratos, los pagos y las eventuales recuperaciones se cargan en el Registro nacional de ayudas estatales, con plazos de 7 a 10 días hábiles para cada categoría.

Ventajas y desventajas

Lo que mejora

  • La intensidad de la ayuda de hasta el 100 % de los costes subvencionables es inusualmente generosa y hace viables los proyectos incluso para empresas sin gran capital propio.
  • El régimen ya está autorizado por la Comisión Europea, por lo que el riesgo jurídico de una recuperación posterior de la ayuda es reducido.
  • También son elegibles las empresas de nueva creación, lo que abre el mercado a promotores nuevos y no solo a los grandes productores.
  • El umbral de entrada es razonable: 1 MW de potencia instalada, accesible para un proyecto de tamaño medio.

Lo que sigue siendo un problema

  • El presupuesto de 150 millones de euros para cerca de diez beneficiarios significa que la mayoría de quienes presenten solicitud se quedará fuera.
  • El límite de 69.000 euros por MWh puede resultar estrecho para los proyectos con costes de conexión elevados o con emplazamientos difíciles.
  • El plazo de 48 meses, con penalizaciones del 0,01 % al día, traslada al beneficiario el riesgo de los retrasos en los equipos o en las autorizaciones.
  • Las asociaciones entre empresas quedan excluidas, de modo que las empresas pequeñas no pueden agruparse para alcanzar la dimensión necesaria de un proyecto competitivo.

Consejos prácticos

  1. Calcule pronto la relación entre capacidad y potencia. El requisito mínimo de 2:1 implica que una instalación de 1 MW debe tener al menos 2 MWh de capacidad, de lo contrario el proyecto se rechaza de entrada.
  2. Compruebe el límite de 69.000 euros por MWh antes de construir el presupuesto. Limita la ayuda con independencia de la intensidad del 100 %.
  3. Siga el anuncio de apertura del procedimiento en la página del Ministerio de Energía. Los criterios de selección se publican al menos seis semanas antes del plazo de presentación.
  4. Prepare con antelación el expediente para la plataforma MySmis 2021, donde se cargan la solicitud de financiación y sus anexos.
  5. El informe técnico de conexión no es obligatorio al presentar la solicitud, pero pasa a serlo antes de la primera solicitud de pago. Inicie los trámites ante el operador de red en paralelo con la preparación del expediente.
  6. Respete el principio del efecto incentivador: las obras iniciadas antes de presentar la solicitud de financiación pueden comprometer la elegibilidad de todo el proyecto.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Los operadores económicos de cualquier tamaño, desde microempresas hasta grandes empresas, incluidas las de nueva creación, constituidas en Rumanía o en otro Estado miembro e inscritas en el Registro Mercantil antes de la firma del contrato de financiación. Los proyectos se presentan únicamente de forma individual.
¿Cuánto se puede recibir?
Como máximo 15 millones de euros por cada empresa, sea cual sea el número de proyectos. La ayuda puede cubrir hasta el 100 % de los costes subvencionables, pero no puede superar los 69.000 euros por cada MWh de almacenamiento instalado.
¿Qué significa instalación autónoma, stand-alone?
Una instalación nueva de almacenamiento en baterías, conectada a las líneas de transporte o de distribución, con independencia del nivel de tensión, que no da servicio a una central de producción determinada. Las instalaciones que solo sustituyen equipos antiguos de almacenamiento no son elegibles.
¿Cómo se realiza la selección?
Mediante un procedimiento de licitación competitiva, es decir, una licitación basada en criterios claros, transparentes y no discriminatorios. Los criterios se publican al menos seis semanas antes del plazo de presentación.
¿Qué ocurre si la instalación no está lista a tiempo?
El plazo es de 48 meses desde la concesión de la ayuda. Superarlo conlleva penalizaciones del 0,01 % al día sobre el importe de la ayuda, más el tipo de interés de política monetaria del Banco Nacional de Rumanía. El ministerio renuncia a las penalizaciones si el retraso se debe a fuerza mayor.
¿Hasta cuándo funciona el régimen?
Hasta el 31 de diciembre de 2030. Si el presupuesto no se agota en la primera licitación, el Ministerio de Energía organiza un nuevo procedimiento por la suma restante.

Texto original del acto normativo

El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.

El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía

Boletín Oficial de Rumanía n.º 610 de 27 de julio de 2026 16 páginas PDF, 116 KB

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.