En resumen
- El Tribunal Constitucional rechazó, por infundada, la excepción con la que dos sindicatos del sector sanitario-veterinario pedían eliminar la condición que limita el plus de riesgo al personal cuyo salario base ha alcanzado el nivel fijado para 2022.
- En la práctica no cambia nada: el plus por condiciones de trabajo nocivas o peligrosas sigue concediéndose solo a partir de la fecha en que el salario base, la paga de destino o la indemnización de encuadramiento alcanza el nivel de la escala de 2022, tal como ya había establecido el Tribunal Supremo en 2020.
- La decisión es definitiva y de efecto general obligatorio, por lo que cierra cualquier otro intento de impugnar este texto por vía constitucional sobre el mismo fundamento.
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 641 de 4 de agosto de 2026
Pronunciada: 22 de enero de 2026
El Tribunal Constitucional ha rechazado la excepción de inconstitucionalidad mediante la cual el personal sanitario-veterinario pedía eliminar la condición que vincula el plus de riesgo al nivel salarial alcanzado en la escala de 2022. La Decisión n.º 59/2026, pronunciada en enero y publicada en el Boletín Oficial de Rumanía más de seis meses después, confirma la interpretación dada por el Tribunal Supremo en 2020 y cierra un litigio constitucional iniciado por sindicatos de Botoșani y Bucarest, que denunciaban un trato discriminatorio entre compañeros expuestos a los mismos riesgos profesionales.
El caso surgió de reclamaciones de veterinarios e inspectores sanitario-veterinarios a quienes el empleador había negado el plus por condiciones de trabajo nocivas o peligrosas, pese a trabajar en las mismas condiciones, confirmadas mediante boletines de evaluación, que compañeros que sí percibían el plus. La diferencia entre las dos categorías no dependía del riesgo real en el puesto de trabajo, sino de un único criterio administrativo: si el salario base había alcanzado o no el nivel fijado por la ley para 2022. Los sindicatos sostuvieron que esta condición crea una discriminación artificial y pidieron al Tribunal Constitucional que descartara la interpretación dada por el tribunal supremo.
La misma distinción volvió en 2026, sobre un complemento cuyos criterios están en una orden clasificada: el Tribunal rechazó también allí la excepción.
Los efectos que produce
Para el personal de las instituciones sanitario-veterinarias y de seguridad alimentaria (veterinarios oficiales, personal de la Autoridad Nacional Sanitaria Veterinaria y de Seguridad de los Alimentos y de las direcciones sanitario-veterinarias provinciales), la decisión no cambia nada en el modo de calcular el plus: este sigue concediéndose solo a partir de la fecha en que el salario base, la paga de destino o la indemnización de encuadramiento se iguala o supera el nivel fijado por ley para 2022. Quienes aún no han alcanzado ese umbral siguen sin el plus de riesgo, sean cuales sean las condiciones reales de trabajo certificadas por los boletines de evaluación.
El efecto concreto es procesal: los tribunales podrán rechazar directamente, sin un nuevo examen de fondo, cualquier excepción de inconstitucionalidad planteada con el mismo argumento. Es la tercera vez en los últimos tres años que el Tribunal confirma la misma solución, tras las decisiones n.º 98/2023 y n.º 176/2024, lo que significa que las solicitudes de pago retroactivo del plus siguen condicionadas estrictamente a este criterio salarial, sea cual sea el tribunal al que lleguen. La misma línea jurisprudencial, según la cual el Tribunal Constitucional se niega a sustituir al legislador en materia de derechos salariales adicionales, aparece también en la decisión reciente en la que el Tribunal mantuvo los antiguos umbrales de ingresos para la asistencia jurídica gratuita.
Qué ha cambiado respecto de la situación anterior
- Nada en el texto: el art. 38, apartados (3), (4) y (6) de la Ley marco n.º 153/2017 permanecen sin cambios, y la interpretación dada por el Tribunal Supremo mediante la Decisión n.º 27/2020 sigue siendo aplicable.
- Se cierra una vía de impugnación: el argumento de la discriminación entre empleados con las mismas condiciones de riesgo pero con salarios base distintos ya no puede utilizarse como excepción de inconstitucionalidad en otros expedientes.
- Jurisprudencia confirmada: el Tribunal reafirma, remitiéndose a las decisiones n.º 98/2023, n.º 176/2024 y n.º 6/2025, que la opción del legislador sobre las condiciones de concesión de los pluses salariales no puede censurarse por vía constitucional.
Ventajas y desventajas
Lo que mejora
- Previsibilidad: la regla de concesión del plus permanece estable, sin el riesgo de un cambio brusco de jurisprudencia que afectara a los presupuestos de las instituciones sanitario-veterinarias.
- Los tribunales pueden rechazar más rápidamente las impugnaciones basadas en el mismo argumento, ya zanjado definitivamente.
Lo que sigue siendo un problema
- El personal sanitario-veterinario que trabaja en condiciones igual de peligrosas que los compañeros que sí reciben el plus, pero cuyo salario aún no ha alcanzado el nivel de 2022, sigue sin esta compensación, exactamente la situación denunciada como discriminatoria.
- El propio Tribunal reconoce que la solución correcta corresponde a la opción del legislador, no a la interpretación judicial, así que cualquier remedio real depende de una iniciativa legislativa, no de los tribunales.
Consejos prácticos
- Si trabajas en el sector sanitario-veterinario y crees que te corresponde el plus de riesgo: comprueba primero si tu salario base ha alcanzado el nivel fijado por ley para 2022, para tu puesto y grado. Este es el único criterio del que parte cualquier cálculo.
- Si tu salario ha alcanzado ese nivel mientras tanto: el plus se debe desde la fecha en que se alcanza el umbral, no retroactivamente desde una fecha anterior, aunque la exposición al riesgo haya sido constante.
- No invoques ya la discriminación como argumento de inconstitucionalidad ante los tribunales sobre este fundamento: tras la Decisión n.º 59/2026, cualquier solicitud similar será rechazada directamente, sin un nuevo examen.
- Si tienes un litigio en curso con tu empleador sobre el plus de riesgo, consulta con un abogado el cálculo exacto de la fecha desde la que se debe el plus, no la impugnación de la ley en sí.
Preguntas frecuentes
¿Qué decidió el Tribunal Constitucional?
¿Quién recibe el plus por condiciones nocivas o peligrosas en el sector sanitario-veterinario?
¿Por qué se rechazó la excepción, si la discriminación alegada era real?
¿Puede impugnarse todavía este precepto legal por vía constitucional?
¿Qué se puede hacer si el plus de riesgo se denegó indebidamente?
Texto original del acto normativo
El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.
El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía
Boletín Oficial de Rumanía n.º 641 de 4 de agosto de 2026 8 páginas PDF, 83 KB el acto comienza en la página 3
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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.
