En resumen

  • El Ministerio de Medio Ambiente ha aprobado el primer Catálogo nacional de las zonas prioritarias para la biodiversidad: 472 zonas, de las cuales 471 terrestres y una marina, Vama Veche – 2 Mai.
  • En esas zonas, las actividades permitidas están limitadas por ley. En régimen de no intervención queda prohibida cualquier actividad humana, con tres excepciones: investigación científica, educación ambiental y ecoturismo sin construcciones.
  • El catálogo da el código y, en su mayor parte, la denominación de cada zona, pero no sus límites. Los mapas y las medidas de conservación se publican en la página del ministerio en 15 días, es decir, antes del 15 de septiembre de 2026.
Acto: Orden MMAP n.º 1.786/2026
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 726 de 31 de agosto de 2026
Entrada en vigor: 31 de agosto de 2026

Rumanía tiene, desde el 31 de agosto de 2026, la lista oficial de los terrenos en los que la conservación pasa por delante de cualquier otro uso. La Orden del ministro de Medio Ambiente, Aguas y Bosques n.º 1.786/2026, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 726 de 31 de agosto de 2026, aprueba el Catálogo nacional de las zonas prioritarias para la biodiversidad. Es el acto que da contenido concreto al capítulo III^1 introducido en la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 57/2007 por la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 25/2026, el marco que el Tribunal Constitucional analizó en verano, cuando dejó en pie la ley de biodiversidad con un voto particular firmado por seis magistrados.

La zona prioritaria para la biodiversidad, abreviada ZPB en todo el catálogo, no es un espacio natural protegido nuevo. Es una etiqueta superpuesta a territorios que, en su mayoría, ya tenían un estatuto: reservas científicas, zonas de protección estricta o integral de los parques, zonas estrictamente protegidas de las reservas de la biosfera, bosques vírgenes y cuasivírgenes, monumentos naturales, reservas naturales. A ello se suman, conforme al art. 40^3 letra i) de la ordenanza, superficies terrestres y marinas que no entran en ninguna de las categorías anteriores y que solo pueden designarse con el consentimiento del propietario.

El catálogo tiene cuatro partes. La tabla n.º 1 recoge 29 zonas de los parques nacionales y naturales y de la Reserva de la Biosfera «Delta del Danubio», entre ellas Domogled – Valea Cernei, Retezat, Munții Rodnei, Cheile Nerei – Beușnița, Călimani, Semenic – Cheile Carașului, Cozia y Piatra Craiului. La tabla n.º 2 recoge 342 zonas de otros espacios naturales protegidos, desde Munții Făgăraș y la Meseta del Norte de Dobrogea hasta el río Prut y Cheile Lăpușului. La tabla n.º 3 tiene dos secciones: 62 bosques vírgenes y cuasivírgenes y 38 zonas que requieren el consentimiento previsto en el art. 40^8. Al final, una única zona marina. La estructura del ministerio que lleva el catálogo cambió entretanto: la Decisión n.º 698/2026 reduce su plantilla a 511 puestos.

Los efectos que produce

El primer efecto es que el régimen de actividades de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 57/2007 pasa a ser aplicable sobre una lista cerrada, y no sobre una categoría abstracta. El art. 40^5 dispone que en las zonas con régimen de no intervención queda prohibida cualquier actividad humana, salvo la investigación científica, la educación ambiental y el ecoturismo que no requiera construcciones ni inversiones. El art. 40^6 permite, en las zonas con gestión activa, once tipos de actividades, entre ellas la siega y el pastoreo racionales, las intervenciones de restauración ecológica, las actividades tradicionales de uso de recursos renovables dentro de la capacidad del ecosistema, el control de las especies invasoras y las intervenciones de urgencia para la seguridad de las personas.

El segundo efecto es un plazo corto y comprobable. El art. 2 de la orden obliga al Ministerio de Medio Ambiente a publicar en su propia página web, en 15 días desde la entrada en vigor, es decir, antes del 15 de septiembre de 2026, los documentos previstos en el art. 40^7 apdo. (1) para cada zona del catálogo: el formulario de fundamentación, que contiene también las medidas de conservación, la documentación cartográfica vectorial en coordenadas Stereo 70, en formato .shp, con los límites de la zona, y el dictamen de la Academia Rumana. Hasta entonces, el catálogo dice cuáles son las zonas, pero no dónde empiezan ni dónde terminan.

El tercer efecto afecta a los pastos. Para las zonas que se solapan con pastos permanentes, la orden se ha dictado con el dictamen del Ministerio de Agricultura, n.º 3.874 de 3 de agosto de 2026. El art. 3 de la orden añade una regla permanente: cualquier modificación posterior del formulario de fundamentación o de la documentación cartográfica de esas zonas se hace también con el dictamen de la autoridad de agricultura. Dicho de otro modo, los límites no pueden desplazarse sobre un pasto sin que la agricultura lo sepa.

El cuarto efecto es de comunicación externa. El art. 4 obliga a la autoridad de medio ambiente a transmitir la base de datos de las zonas prioritarias conforme a los procedimientos establecidos por la Comisión Europea y por la Agencia Europea de Medio Ambiente. El catálogo pasa a ser así también la contribución de Rumanía al registro europeo de superficies estrictamente protegidas.

Qué ha cambiado respecto de la situación anterior

Hasta ahora, el capítulo III^1 existía, pero estaba vacío de contenido. La Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 25/2026, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 282 de 7 de abril de 2026, introdujo en la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 57/2007 diez artículos nuevos, del art. 40^1 al art. 40^10, que definen las zonas prioritarias, sus categorías, los dos regímenes de gestión, los documentos necesarios para la designación y la condición del consentimiento del propietario. Lo que faltaba era la lista. Las prohibiciones del art. 40^5 no podían aplicarse en ninguna parte, porque no había ninguna zona designada.

Cambia también la manera de leer el mapa de la protección en Rumanía. Los códigos del catálogo indican de dónde viene cada zona: 136 posiciones llevan el prefijo RONPA, es decir, espacios naturales protegidos de interés nacional, 114 son ROSAC y 93 ROSCI, es decir, lugares Natura 2000 para hábitats, 27 son ROSPA, zonas de protección para aves, una es ROMAB, la Reserva de la Biosfera «Delta del Danubio», 62 son PVCV, es decir, bosques vírgenes y cuasivírgenes, y 38 llevan el prefijo ROOECM, reservado a las superficies que no son espacios protegidos clásicos. Dicho de otro modo, casi todo el catálogo se superpone a protecciones que ya existían, y la novedad jurídica es la intensidad del régimen, no el perímetro.

Una parte del catálogo se queda, de momento, sin nombre. Las 38 zonas de la sección 2.ª de la tabla n.º 3 figuran solo con el número de orden y con el código ZPB, sin la columna «Denumirea», es decir, la denominación, que sí tienen todas las demás tablas. Son exactamente las zonas que, conforme al art. 40^8, se designan con el consentimiento del propietario, de la entidad territorial o del administrador, según el bien sea de propiedad privada, del municipio o del Estado.

Ventajas y desventajas

Lo que mejora

  • Existe, por primera vez, una lista pública y numerada de las zonas con el régimen de conservación más estricto, y cada posición tiene un código único que puede seguirse en el tiempo.
  • El plazo para publicar los mapas y las medidas de conservación es corto y está escrito en el acto: 15 días desde la entrada en vigor.
  • Los 62 bosques vírgenes y cuasivírgenes se enumeran uno a uno, con denominación, así que salen de la aproximación en la que llevaban años.
  • Las zonas solapadas con pastos permanentes no pueden modificarse sin el dictamen del Ministerio de Agricultura, de modo que los propietarios y los ganaderos tienen un segundo filtro institucional.
  • Los datos entran en el registro de la Comisión Europea y de la Agencia Europea de Medio Ambiente, así que la lista pasa a ser comprobable también desde fuera del país.

Lo que sigue siendo un problema

  • El catálogo no contiene límites, y las prohibiciones del art. 40^5 y del art. 40^6 se aplican desde la fecha de su entrada en vigor, 15 días antes de que se publiquen los mapas.
  • Las 38 zonas de la sección 2.ª aparecen solo con el código, sin denominación, así que nadie salvo los propietarios que dieron su consentimiento puede identificarlas.
  • El catálogo no dice qué zona entra en régimen de no intervención y cuál en régimen de gestión activa, aunque de ello depende todo lo que puede hacerse sobre el terreno.
  • La nota a pie de las tablas n.º 1 y n.º 2 dice que esas listas incluyen también zonas sujetas al consentimiento del administrador, pero no señala cuáles de las 371 posiciones lo son.
  • La orden no prevé ningún procedimiento por el que un propietario se entere de que su terreno ha entrado en el catálogo, más allá de consultar una lista de códigos publicada en el Boletín Oficial de Rumanía.

Consejos prácticos

  1. Si tiene terreno dentro o en las inmediaciones de un parque nacional, de un lugar Natura 2000 o de una reserva, busque la denominación en las tablas n.º 1 y n.º 2 del anexo. Son 371 posiciones, con denominación, y la aparición de una de ellas significa que sobre esa superficie se aplica el régimen del art. 40^5 o del art. 40^6.
  2. Espere a la publicación de los documentos en la página del Ministerio de Medio Ambiente, que debe hacerse antes del 15 de septiembre de 2026. Allí encontrará los límites exactos, en formato .shp, y las medidas de conservación, es decir, los únicos documentos de los que se deduce si una parcela concreta está o no incluida.
  3. Si explota un pasto permanente solapado con una zona del catálogo, recuerde que el art. 40^6 letra d) permite la siega y el pastoreo, pero «limitate la intensitatea necesară pentru optimizarea valorii de conservare», es decir, limitados a la intensidad necesaria para optimizar el valor de conservación. El nivel concreto se fija en las medidas de conservación del formulario de fundamentación, no en la práctica anterior.
  4. No inicie obras de construcción en una zona del catálogo sin comprobar el régimen de gestión. En régimen de no intervención, ni siquiera el ecoturismo puede suponer construcciones o inversiones.
  5. Si es usted alcalde y el municipio posee terrenos incluidos, compruebe si hubo un acuerdo del pleno municipal por el que se diera el consentimiento previsto en el art. 40^8 letra b). Es la condición de designación de las zonas de la categoría del art. 40^3 letra i).
  6. Anote el código de la zona, no solo la denominación. Los códigos ZPB son únicos y serán la clave de búsqueda tanto en los documentos de la página del ministerio como en la información remitida a la Agencia Europea de Medio Ambiente.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una zona prioritaria para la biodiversidad?
Es una categoría introducida en la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 57/2007 por la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 25/2026. Comprende reservas científicas, zonas de protección estricta o integral de los parques, zonas estrictamente protegidas de las reservas de la biosfera, bosques vírgenes y cuasivírgenes, el sitio UNESCO de los hayedos, monumentos naturales, reservas naturales y otras superficies terrestres o marinas designadas con el consentimiento del propietario.
¿Cuántas zonas hay en el catálogo?
472 en total: 29 en la tabla n.º 1, 342 en la tabla n.º 2, 62 bosques vírgenes y cuasivírgenes, 38 zonas que requieren el consentimiento previsto en el art. 40^8 y una zona marina, Vama Veche – 2 Mai.
¿Qué puedo hacer en un terreno incluido en el catálogo?
Depende del régimen de gestión. En régimen de no intervención solo se permiten la investigación científica, la educación ambiental y el ecoturismo que no requiera construcciones ni inversiones. En régimen de gestión activa, la lista del art. 40^6 añade, entre otras, la siega y el pastoreo racionales, las intervenciones de conservación y restauración, las actividades tradicionales dentro de la capacidad del ecosistema y el control de las especies invasoras.
¿Dónde encuentro los límites exactos de una zona?
En la página web del Ministerio de Medio Ambiente, Aguas y Bosques. El art. 2 de la orden obliga a publicar, en 15 días desde la entrada en vigor, el formulario de fundamentación, la documentación cartográfica vectorial en formato .shp y el dictamen de la Academia Rumana, para cada zona del anexo.
¿Puede incluirse mi terreno privado sin mi consentimiento?
No, en el caso de la categoría prevista en el art. 40^3 letra i), es decir, las superficies que no son ya espacios naturales protegidos. Allí, el art. 40^8 exige el consentimiento del propietario en forma de documento privado firmado. Para los terrenos que ya están dentro de un parque nacional, de una reserva o de un lugar protegido, el régimen deriva del estatuto que el espacio ya tenía.
¿Qué significan los códigos del catálogo?
El prefijo indica el origen de la zona: RONPA para espacios naturales protegidos de interés nacional, ROSAC y ROSCI para lugares Natura 2000 de conservación de hábitats, ROSPA para zonas de especial protección para las aves, ROMAB para la reserva de la biosfera, PVCV para bosques vírgenes y cuasivírgenes, ROOECM para las demás superficies. El sufijo ZPB marca la condición de zona prioritaria para la biodiversidad.
¿Puedo proponer yo una zona nueva?
Sí. El art. 40^2 dispone que las propuestas se hacen a iniciativa de la autoridad pública central de protección del medio ambiente o de cualquier persona física o jurídica, con arreglo a la Metodología de identificación de las zonas prioritarias para la biodiversidad, aprobada por orden ministerial, con el dictamen de la Academia Rumana.
¿El catálogo puede modificarse?
Sí, por orden de la misma autoridad. Para las zonas solapadas con pastos permanentes, el art. 3 de la orden exige que cualquier modificación posterior del formulario de fundamentación o de la documentación cartográfica se haga con el dictamen de la autoridad pública central en el ámbito de la agricultura.

Análisis de la redacción

El acto hace algo que ninguna estrategia ni ningún plan había hecho hasta ahora: convierte una categoría jurídica en una lista de 472 posiciones numeradas. La diferencia no es cosmética. Hasta el 30 de agosto, la prohibición de realizar cualquier actividad humana en una zona de no intervención era una norma sin destinatario; desde el 31 de agosto tiene 472 destinatarios posibles, cada uno con su código. Es exactamente el paso que la legislación ambiental rumana suele fallar, y aquí sí se ha dado.

Lo que se ve en los números de los códigos es que la novedad no es territorial. 136 posiciones son espacios naturales protegidos de interés nacional, 234 son lugares Natura 2000, una es el Delta del Danubio. Es decir, 371 de 472, casi el 79%, se superponen a superficies ya protegidas. Las superficies realmente nuevas son los 62 bosques vírgenes y cuasivírgenes, que salen del inventario forestal y entran en un régimen jurídico propio, y las 38 zonas designadas con consentimiento. El catálogo no amplía el mapa de la protección, sino que endurece el régimen sobre una parte de él.

El calendario también dice algo. La Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 25/2026 entró en vigor el 7 de abril de 2026 y dio al ministerio dos meses, es decir, hasta el 7 de junio de 2026, para aprobar la metodología de identificación. El dictamen de la Academia Rumana sobre el catálogo lleva fecha de 27 de julio de 2026, el dictamen de agricultura de 3 de agosto de 2026, y la orden se firmó el 28 de agosto y se publicó el 31 de agosto. Entre el plazo para la metodología y la publicación del catálogo han pasado casi tres meses, y la orden no menciona en ningún sitio el número ni la fecha de la metodología con la que se identificaron las 472 zonas, aunque el art. 40^2 la convierte en condición de la propuesta.

La tensión práctica más importante está entre la fecha de entrada en vigor y la fecha de publicación de los mapas. Las prohibiciones del art. 40^5 se aplican desde el 31 de agosto de 2026, porque la orden no prevé otra fecha. La documentación cartográfica aparece antes del 15 de septiembre. En esos 15 días, una norma que puede prohibir cualquier actividad humana produce efectos sobre superficies cuyos límites no son públicos. Para un propietario de terreno, para un distrito forestal o para un ayuntamiento, la única fuente de información es una lista de códigos y de denominaciones, de las cuales 38 ni siquiera tienen denominación.

Qué debería cambiar

  • La columna «Denumirea» también para las 38 zonas de la sección 2.ª. Las otras 434 posiciones del catálogo tienen denominación. Sin ella, las únicas personas que pueden saber de qué superficie se trata son las que dieron su consentimiento, y un vecino, un comprador o un operador forestal no tiene forma de averiguar ni siquiera en qué provincia está la zona.
  • La identificación en la tabla de las zonas sujetas al consentimiento del administrador. La nota a pie idéntica de las tablas n.º 1 y n.º 2 dice que esas listas «includ și zone care sunt supuse acordului administratorului conform art. 40^8 lit. c)», es decir, que incluyen también zonas sujetas al consentimiento del administrador, sin decir cuáles. Una columna de sí o no resolvería la ambigüedad de 371 posiciones, al coste de una sola letra por fila.
  • El régimen de gestión, recogido en el catálogo. La diferencia entre la no intervención y la gestión activa decide si sobre una superficie todavía se puede segar, pastorear o intervenir. Hoy solo se conoce a través del formulario de fundamentación de cada zona. Una columna en el anexo llevaría la información allí donde la gente la busca, es decir, al Boletín Oficial de Rumanía.
  • La coordinación de la fecha de entrada en vigor con la publicación de los mapas. Si los documentos se publican en 15 días, el régimen de actividades debería producir efectos desde esa misma fecha, no 15 días antes. De lo contrario, la primera quincena de septiembre queda como un intervalo en el que nadie puede demostrar ni que ha respetado la prohibición ni que la ha incumplido.
  • Un servicio público de consulta por coordenadas. Un formulario en el que se introduzca un número catastral o un par de coordenadas y que responda si la superficie entra en una zona prioritaria convertiría los 472 archivos .shp en información utilizable. Sin él, la comprobación exige programas de cartografía, y el catálogo sigue siendo accesible solo para especialistas.

Texto original del acto normativo

El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.

El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía

Boletín Oficial de Rumanía n.º 726 de 31 de agosto de 2026 16 páginas PDF, 104 KB el acto comienza en la página 4

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.