En resumen
- La red nacional de escuelas de prácticas, es decir, los centros en los que los futuros profesores hacen sus prácticas en el aula, cuenta con 289 centros en el curso 2026-2027. Son exactamente los mismos que el año pasado, en las mismas 42 provincias y con las mismas cifras en cada provincia.
- Comparando posición por posición el anexo nuevo con el de 2025-2026, cambian cinco líneas, todas ellas cambios de nombre o fusiones de los mismos centros. Ninguna escuela entra realmente en la red y ninguna sale.
- La orden concede el estatuto para 5 cursos escolares a partir de 2026-2027, aunque la metodología que invoca en el preámbulo ya había fijado ese mismo periodo de cinco años a partir de 2025-2026. De ahí resultan dos fechas de expiración distintas para la misma escuela.
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 754 de 7 de septiembre de 2026
Entrada en vigor: 7 de septiembre de 2026, fecha de publicación
El Ministerio de Educación e Investigación publicó el 7 de septiembre de 2026, justo el primer día de clase, la lista de los 289 centros de enseñanza en los que los estudiantes y los alumnos que se preparan para ser profesores harán sus prácticas en el curso 2026-2027. El acto se llama Orden n.º 5.101/2026, aparece en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 754 y sustituye a la orden del año pasado. La lista es la que utilizan las universidades y los liceos pedagógicos para saber a dónde pueden enviar a la gente a dar clase, y depende directamente del calendario de reorganización de los centros de enseñanza para 2026-2027, porque una escuela fusionada o rebautizada ya no puede identificarse por el nombre antiguo.
Una escuela de prácticas es una escuela corriente, con personalidad jurídica, en la que se desarrollan las prácticas docentes. En la práctica, es el lugar donde un estudiante del máster didáctico o del módulo psicopedagógico, o un alumno de un liceo de perfil pedagógico, entra por primera vez en el aula como profesor, bajo la guía de un compañero con experiencia llamado profesor mentor. La definición viene del artículo 24, apartado (3), de la Ley de la enseñanza preuniversitaria n.º 198/2023 y abarca tanto a los alumnos de liceo pedagógico como a los estudiantes matriculados en programas universitarios para la carrera docente, incluido el máster didáctico, y en los programas de posgrado de reconversión profesional.
El anexo tiene dos partes. La primera comprende 60 liceos y colegios que imparten el perfil pedagógico, de uno a tres en cada una de las 41 provincias y en Bucarest. Estos tienen el estatuto de pleno derecho, sin selección, porque su perfil es precisamente la formación del profesorado. La segunda parte comprende 229 centros de otro perfil, desde colegios nacionales y liceos tecnológicos hasta guarderías, escuelas de secundaria y centros escolares de educación inclusiva. Estos entran en la red mediante una convocatoria de selección organizada por el ministerio, con criterios de estructura, equipamiento y, sobre todo, de personal: profesores inscritos en el Registro nacional de profesores mentores o en el Cuerpo de Mentoría y Habilitación para la Carrera Docente.
La orden dice además que las escuelas del anexo pueden organizarse en bases de prácticas docentes, abreviado BPP. Una base de prácticas es un grupo de escuelas en torno a una coordinadora, pensado para que el estudiante conozca contextos distintos: rural y urbano, centro y periferia, enseñanza simultánea, enseñanza especial, incluso escolarización en el hospital. El coordinador de una base es el director o el director adjunto de la escuela de prácticas coordinadora.
Otra lista de centros con estatuto especial acaba de publicarse: la Orden MEC n.º 5.557/2026 declara centros piloto a veinte institutos, en los que en 12.º curso hasta el 40% de las horas pueden darse sin presencia física.
Los efectos que produce
Desde el 7 de septiembre de 2026, los 289 centros del anexo son los únicos que pueden firmar, como escuelas de prácticas, los acuerdos marco con las universidades para los periodos de prácticas. La metodología aprobada por la Orden n.º 4.063/2025 exige que, por encima del acuerdo marco, se celebre un contrato de colaboración de 1 a 4 cursos escolares, y la duración de ese contrato no puede superar el periodo durante el cual la escuela tiene el estatuto. Es exactamente el punto en el que la ambigüedad de más abajo, sobre el año en que expira el estatuto, se convierte en un problema de firma, no de teoría.
Para un director, aparecer en la lista significa una obligación concreta: el artículo 10 de la metodología exige que el reglamento de organización de la escuela contenga disposiciones sobre este estatuto. Para las inspecciones escolares significa un plazo próximo, entre el 1 de septiembre y el 1 de octubre de 2026, en el que envían al ministerio la situación centralizada de las bases de prácticas de la provincia, con la escuela coordinadora, los centros que la componen y el número de la decisión de creación. La lista de las bases se publica después en la página de internet de la inspección, así que es el lugar donde un estudiante puede comprobar a dónde va a parar de verdad.
Para el profesor que ejerce de mentor, la orden no cambia nada en el dinero, porque no dice nada sobre el dinero. Las reglas están en otra parte. El artículo 207, apartado (5), de la Ley n.º 198/2023 prevé que las horas de mentoría del personal con plaza se remuneran en el sistema de pago por hora, el equivalente a 4 horas a la semana, y el apartado (8) exige que el mentor haga al menos 4 horas de mentoría a la semana. En cuanto a la jornada lectiva, el artículo LVIII de la Ley n.º 141/2025 establece una excepción a la ley hasta el comienzo del curso 2029-2030 y fija 20 horas a la semana para los profesores de secundaria, de liceo y de posliceo y 18 horas para quienes tienen el grado didáctico I o el título de profesor emérito y ejercen de mentores. La reducción se mantiene, pero es de dos horas, no de cuatro como prevé la ley de base, donde la relación es 18 frente a 14.
La orden encarga también una tarea a las casas del cuerpo docente: facilitar los programas de formación en mentoría docente, con prioridad para los profesores de las escuelas de prácticas. No prevé una financiación aparte para ello ni ningún plazo.
Qué ha cambiado respecto de la situación anterior
La orden sustituida es la n.º 6.049/2025, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 861 de 19 de septiembre de 2025. Comparados línea por línea, los dos anexos contienen el mismo número de centros, 289, la misma división en secciones, 60 y 229, las mismas 42 provincias y exactamente las mismas cifras en cada provincia. La diferencia se reduce a cinco posiciones, y las cinco son los mismos centros con otro nombre.
En Vâlcea, el Liceul Tehnologic de Turism de Călimănești pasa a ser el Liceul de Turism și Servicii Publice «Neagoe Basarab». En Iași, el Liceul Tehnologic de Transporturi și de Construcții pasa a ser el Liceul Tehnologic «Henri Coandă». En Cluj-Napoca, la Școala Profesională Specială SAMUS pasa a ser el Liceul Tehnologic «SAMUS». En Sighetu Marmației, dos guarderías de jornada ampliada, las números 7 y 9, ya no aparecen por separado, sino como estructuras de la Școala Gimnazială «Dr. Ioan Mihalyi de Apșa» y de la Școala Gimnazială nr. 2, respectivamente. Dicho de otro modo, la red no ha crecido, no se ha reducido y no se ha desplazado. Se ha actualizado conforme al registro de nombres de las escuelas.
El patrón se ve incluso antes. La Orden n.º 5.957/2024, publicada el 22 de agosto de 2024, decía en un solo artículo que para el curso 2024-2025 se mantiene la composición de la red de 2023-2024. La orden del año pasado añadió, en cambio, un apartado nuevo, el que concede el estatuto por 5 cursos escolares, y la orden de ahora lo repite, desplazando el punto de partida un año más allá.
Una sola cosa ha mejorado de forma visible: el calendario. El año pasado la lista apareció el 19 de septiembre, este año el 7 de septiembre, es decir, doce días antes en el calendario. Sigue siendo, aun así, el día en que empezaron las clases, conforme a la Orden n.º 3.194/2026 sobre la estructura del curso 2026-2027.
Ventajas y desventajas
Lo que mejora
- La lista aparece doce días antes que el año pasado, lo que da a las universidades una semana más para los acuerdos antes de que el semestre coja ritmo.
- La estabilidad de la lista es una ventaja real para quien planifica: una universidad que ya tiene contrato con una escuela de la red no tiene que buscar otra.
- Los nombres actualizados resuelven un problema práctico, porque un contrato firmado con una denominación que ya no existe crea quebraderos de cabeza en los controles.
- Las 41 provincias y el municipio de Bucarest tienen al menos un centro en la red, así que no hay ninguna provincia completamente descubierta.
- La orden mantiene la posibilidad de organizarse en bases de prácticas, es decir, el mecanismo por el que un estudiante puede ver también una escuela de barrio y una de la periferia, no solo el colegio del centro.
Lo que sigue siendo un problema
- La red está muy concentrada. Tres provincias, Bucarest, Iași y Cluj, reúnen 89 de los 289 centros, es decir, casi el 31 por ciento, mientras que Caraș-Severin, Teleorman y Vaslui tienen uno solo cada una.
- Las prácticas para la educación infantil se apoyan en muy poco: 13 guarderías de 289 centros, es decir, el 4,5 por ciento. En Bucarest, donde la red tiene 43 centros, no hay ninguna guardería.
- El estatuto recibe un plazo nuevo de cinco años sin ninguna evaluación intermedia, aunque la metodología vincula la prórroga a un informe de evaluación redactado al expirar el periodo.
- La orden no dice nada sobre la retribución de los mentores, y el profesor que busque la respuesta tiene que abrir otros dos actos.
- El anexo se publica solo como tabla en el Boletín Oficial de Rumanía, sin una versión consultable en la web del ministerio, así que comprobar una escuela obliga a leer siete páginas.
Consejos prácticos
- Busca tu escuela por la denominación actual y por la localidad, no por la denominación del contrato antiguo. Cinco centros tienen el nombre cambiado respecto de la lista anterior y, si alguno se ha fusionado, aparece como estructura de otra escuela.
- Si eres director de un centro que entra ahora en la lógica del estatuto, incorpora las disposiciones sobre la escuela de prácticas al reglamento de organización y funcionamiento. Lo exige expresamente el artículo 10 de la metodología aprobada por la Orden n.º 4.063/2025.
- Si negocias en nombre de una universidad un contrato de colaboración, escribe en él una duración que se cierre al final del curso 2029-2030. Es la variante que resiste a las dos interpretaciones del plazo, hasta que el ministerio aclare qué fecha de expiración se aplica.
- Si quieres ser profesor mentor, comprueba primero el requisito de entrada en el Cuerpo de Mentoría y Habilitación para la Carrera Docente: al menos el grado didáctico II y al menos 5 años de experiencia en el aula, conforme al artículo 172 de la Ley n.º 198/2023. La reducción de jornada exige, en cambio, el grado didáctico I o el título de profesor emérito.
- Si eres estudiante y la escuela donde quieres hacer las prácticas no aparece en la lista, díselo a tu tutor de prácticas. El artículo 6, apartado (2), de la metodología da a la universidad el derecho de pedir apoyo a la inspección escolar en 10 días, y la inspección debe identificar un centro que pueda asumir el periodo de prácticas.
- Para las bases de prácticas, sigue la página de internet de la inspección escolar de tu provincia después del 1 de octubre de 2026. Allí se publica la lista con la escuela coordinadora y los centros que la componen, es decir, dónde acabas de verdad.
Preguntas frecuentes
¿Qué es, exactamente, una escuela de prácticas?
¿Cómo sé si mi escuela está en la lista?
¿Cuál es la diferencia entre las dos secciones del anexo?
¿Cobra más el profesor mentor?
¿Tiene el mentor reducida la jornada lectiva?
¿Quién puede ser profesor mentor?
¿Durante cuánto tiempo tiene una escuela este estatuto?
¿Qué es una base de prácticas docentes?
¿Qué hacen los estudiantes si ninguna escuela de la red se ajusta a su especialidad?
¿Cuándo entra en vigor la orden?
Errores e incoherencias en el texto publicado
- El art. 1 apdo. (2), el plazo de cinco años, entra en conflicto con el artículo 12 de la metodología invocada en el preámbulo. La orden concede el estatuto «por un periodo de 5 cursos escolares, a partir del curso 2026-2027», es decir, hasta el final del curso 2030-2031. El artículo 12 de la Metodología marco aprobada por la Orden n.º 4.063/2025, citada en el propio preámbulo de esta orden como fundamento, dice que los centros que estaban en la red cuando la metodología entró en vigor, es decir, el 3 de junio de 2025, conservan esa condición «por un periodo de 5 cursos escolares, a partir del curso 2025-2026, con independencia del año de inclusión», es decir, hasta el final del curso 2029-2030. Como el anexo repite los mismos 289 centros de la orden anterior, casi cada escuela de la lista tiene dos fechas de expiración, con un año de diferencia. La consecuencia no es teórica: el artículo 6, apartado (4), de esa misma metodología prohíbe que los contratos de colaboración con las universidades superen el periodo del estatuto, y el artículo 4, apartados (7) y (8), vincula la prórroga a un informe de evaluación redactado al expirar los cinco años. Una escuela no puede saber en qué año debe elaborar ese informe.
- El art. 1 apdo. (2), plazo de cinco años aplicado también a los 60 centros que tienen el estatuto de pleno derecho. El apartado se refiere sin distinción a «los centros de enseñanza nombrados en el anexo», así que también a los 60 de la primera sección. Para estos, el artículo 3 de la metodología concede el estatuto de pleno derecho, sin plazo y sin selección, y el artículo 4, apartado (8), que regula la prórroga tras cinco años, excluye expresamente a los centros de perfil pedagógico. De ahí resulta que, al final del curso 2030-2031, un colegio pedagógico o conserva su estatuto de pleno derecho o lo pierde sin que exista procedimiento alguno para recuperarlo.
Análisis de la redacción
Lo más interesante de esta orden no se ve leyéndola, sino poniéndola al lado de la del año pasado: los dos anexos coinciden posición por posición, 289 centros ahora y entonces, 60 en la primera sección y 229 en la segunda, las mismas 42 provincias, las mismas cifras en cada provincia. Cambian cinco líneas, y ninguna es una escuela nueva. Son tres cambios de nombre, en Călimănești, en Iași y en Cluj-Napoca, y dos guarderías de Sighetu Marmației que ahora aparecen como estructuras de sendas escuelas de secundaria. Un acto que moviliza un informe de aprobación, una firma ministerial y siete páginas de Boletín Oficial de Rumanía transporta, en realidad, cinco correcciones de nombres.
Eso plantea una pregunta de arquitectura. La metodología de 2025 construyó un ciclo de cinco años, con seguimiento anual a cargo de la inspección, con un informe de evaluación al término del periodo y con una solicitud motivada de la escuela para la prórroga. La orden anual, en cambio, pone el reloj a cero: la de 2025 hacía arrancar esos cinco años en 2025-2026, la de ahora los hace arrancar en 2026-2027, y el artículo 2 deroga la orden anterior tras un solo año de los cinco que había concedido. Un plazo que vuelve a empezar cada otoño ya no mide nada, y la evaluación de su final se convierte en un paso que no se activa nunca. Vale la pena observar que el artículo 11, apartado (1), de la metodología autoriza a la orden anual a aprobar la red «válida para el curso escolar siguiente», es decir, para un año, no para cinco.
El calendario, por su parte, también dice algo. El informe de aprobación lleva fecha de 17 de agosto de 2026, la orden se firmó el 26 de agosto, cinco días antes del plazo del 31 de agosto impuesto por la metodología, y se publicó el 7 de septiembre, doce días después de la firma y siete días después del plazo. Como una orden ministerial produce efectos desde la publicación, la red pasó a ser oponible justo el día en que empezaron las clases. Es, aun así, un avance respecto del año pasado, cuando la lista apareció el 19 de septiembre. La diferencia entre los nueve días que van del informe a la firma y los doce que van de la firma a la imprenta muestra dónde se pierde el tiempo, y ahí ya no decide el ministerio de educación.
Por último, el mapa. Tres provincias reúnen 89 de los 289 centros, casi el 31 por ciento: Bucarest 43, Iași 26, Cluj 20. En el otro extremo, Caraș-Severin, Teleorman y Vaslui tienen un solo centro cada una, exclusivamente el liceo pedagógico, así que un estudiante de allí que necesite hacer prácticas en una guardería o en un centro de educación inclusiva tiene que salir de la provincia. Por tipos, la red se inclina con fuerza hacia el liceo: 144 colegios y 74 liceos, frente a 48 escuelas de secundaria y 13 guarderías. Las 13 guarderías, es decir, el 4,5 por ciento de la red, están en solo diez provincias, y en Bucarest, con 43 centros, no hay ninguna. Para un sistema que se queja de la falta de maestras de infantil, es una proporción que merece una explicación. Hay algo más. El artículo 5 de la metodología exige al ministerio comprobar cada año la existencia del «número mínimo» de escuelas de prácticas, pero la expresión aparece una sola vez en todo el texto y no se define en ninguna parte, así que la comprobación se hace frente a un umbral que nadie ha fijado.
Qué debería cambiar
- Que el plazo de la metodología se cuente desde la publicación, no desde la firma. La fecha del 31 de agosto debería ser la de aparición en el Boletín Oficial de Rumanía; de lo contrario, las escuelas y las universidades reciben la lista después de que haya empezado el curso, y el cumplimiento del plazo queda en una formalidad interna del ministerio.
- Un solo plazo del estatuto, fijado en la metodología y no repetido en la orden anual. La orden anual debería limitarse a aprobar la composición de la red para el curso siguiente, tal y como la autoriza el artículo 11, y la duración del estatuto debería quedarse donde se puso, en el artículo 12. Eso cerraría la ambigüedad de las dos fechas de expiración y haría posible la evaluación del final del ciclo.
- Que el anexo se publique también como archivo de tabla en la web del ministerio, con provincia, localidad, nivel de enseñanza y perfil. Un estudiante o un director podría buscar en un segundo, en lugar de recorrer siete páginas de tabla escaneada, y las universidades podrían filtrar las escuelas por la asignatura en la que necesitan las prácticas.
- Que el número mínimo de escuelas de prácticas se fije de verdad, por provincia y por nivel de enseñanza. Sin una cifra, la obligación del ministerio de comprobar cada año la existencia de ese mínimo no puede cumplirse ni controlarse, y una provincia con un solo centro queda tan cubierta como otra con 43.
- Una convocatoria de selección dedicada a las guarderías y a la enseñanza primaria. Con 13 guarderías en todo el país y ninguna en la capital, la formación práctica para la educación infantil se hace donde toca, no donde alguien haya decidido que puede hacerse bien.
- Que la orden diga expresamente qué pasa desde el curso 2027-2028. Entonces entran en vigor los artículos 116 a 119 de la Ley n.º 198/2023, aplazados por el artículo XLIII de la Ley n.º 141/2025, y la coordinación de la red nacional de escuelas de prácticas pasa al Centro Nacional para la Formación y el Desarrollo en la Carrera Docente, mientras que las casas del cuerpo docente, a las que el artículo 3, apartado (3), de la orden encarga una tarea, se suprimen. Cuatro de los cinco años del estatuto concedido ahora caen bajo una arquitectura institucional que la orden no menciona.
Texto original del acto normativo
El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.
El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía
Boletín Oficial de Rumanía n.º 754 de 7 de septiembre de 2026 16 páginas PDF, 270 KB el acto comienza en la página 9
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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.
