En resumen
- El contrato tipo con el que se vende un coche en Rumanía decía que el nuevo propietario dispone de 30 días para hacer la inscripción. La ley prevé 90 días desde mayo de 2018.
- Tres ministerios han sustituido el impreso: del model 2016 ITL 054 al model 2026 ITL 054, con el plazo correcto escrito en negrita y subrayado.
- El nuevo impreso añade un recuadro en el que la administración tributaria local del comprador certifica que también el comprador está libre de deudas, lo que sustituye al certificado de situación tributaria.
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 680 de 17 de agosto de 2026
Entrada en vigor: 17 de agosto de 2026
El impreso que rellena cualquiera que compra o vende un coche en Rumanía ha llevado escrito durante ocho años un plazo que ya no figuraba en la ley. El Ministerio de Desarrollo, Obras Públicas y Administración, el Ministerio de Finanzas y el Ministerio del Interior han sustituido, mediante la Orden n.º 772/966/123/2026, el anexo n.º 2 de la Orden n.º 1.069/1.578/114/2016, es decir, el contrato tipo de transmisión y adquisición de un medio de transporte. El modelo antiguo, aprobado en 2016, le decía al comprador que disponía de un máximo de 30 días para inscribir el vehículo a su nombre. El art. 11, apartado (4), de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 195/2002 prevé, sin embargo, 90 días, en la redacción que entró en vigor el 20 de mayo de 2018 mediante el art. I, punto 3, de la Ordenanza del Gobierno n.º 14/2017. La corrección llega al mismo tiempo que otras limpiezas de procedimientos del ámbito del automóvil hechas este verano.
Las tres firmas llevan fechas distintas, lo que deja ver el recorrido de una orden conjunta por la administración: el ministro de Desarrollo firmó el 7 de julio de 2026, el ministro de Finanzas el 30 de julio de 2026, y en el Ministerio del Interior la firma se estampó el 12 de agosto de 2026, por un secretario de Estado, en nombre del viceprimer ministro. La publicación llegó cinco días después.
La orden de 2026 es breve y hace una sola cosa: cambia el artículo 2 de la orden de 2016, para nombrar el nuevo modelo, y sustituye el anexo n.º 2 por el impreso nuevo. Los otros dos impresos aprobados en 2016, el registro REMTII model 2016 ITL 053 y el protocolo marco de cooperación entre la administración tributaria local y las autoridades de matriculación, quedan intactos.
Los efectos que produce
El primer efecto es el que cuenta para cualquiera que cambie de coche. El texto del impreso dice ahora que el adquirente asume todas las obligaciones previstas por la ley, incluidas las relativas a la inscripción del vehículo a su nombre, en un máximo de 90 días desde la fecha de celebración del acto. La fórmula aparece en negrita y subrayada en el impreso, igual que ya lo estaba en el modelo de 2016, solo que ahora el resalte abarca toda la expresión, y no únicamente el número de días.
El segundo efecto es la aparición del recuadro D. En el impreso de 2016 había tres recuadros de administración tributaria local, señalados con A, B y C, más un recuadro sin letra en el que solo se anotaban los apellidos, el nombre, el cargo y el lugar del sello. En el modelo de 2026 ese recuadro pasa a ser el recuadro D y recibe un texto propio: la administración tributaria local del comprador certifica que este no tiene deudas tributarias a fecha del día uno del mes siguiente a la celebración del acto.
El tercer efecto tiene que ver con lo que desaparece para el ciudadano. La nota a pie del recuadro D indica que, al rellenarlo, se certifica el cumplimiento de lo dispuesto en el art. 159, apartado (52), del Código de Procedimiento Tributario, sin que sea ya necesaria la expedición de un certificado de situación tributaria. La misma solución existía desde 2016 para el vendedor, en el recuadro B, sobre la base del art. 159, apartado (5). Ahora se aplica de forma simétrica también al comprador.
El cuarto efecto afecta a los documentos de identidad admitidos. El impreso antiguo exigía la identificación mediante B.I., C.I., C.I.P. o pasaporte, es decir, el antiguo boletín de identidad rumano, el carné de identidad, el carné de identidad provisional y el pasaporte. El nuevo impreso añade, en el apartado de las partes, CEI y CIS, o sea los nuevos carnés de identidad rumanos, el electrónico y el simple. La ampliación no se ha hecho, sin embargo, en todas partes: en el apartado del representante de la persona jurídica el impreso ha conservado la enumeración antigua.
El quinto efecto es de fundamento jurídico. El preámbulo de la nueva orden invoca, además del punto 101, apartado (10), de las normas metodológicas de aplicación del Código Fiscal, el art. 159, apartado (52), del Código de Procedimiento Tributario, un texto que no aparecía en la orden de 2016. Es precisamente el precepto que permite que la certificación del impreso sustituya al certificado tributario del comprador.
El sexto efecto es de forma, pero conviene conocerlo en la ventanilla: el modelo se llama ahora 2026 ITL 054, sin el guion de la denominación antigua 2016 ITL -054. Los impresos que se rellenen se piden en el modelo nuevo.
Qué ha cambiado respecto de la situación anterior
La diferencia de fondo es el plazo. El impreso aprobado en agosto de 2016 era correcto en su momento: la ley exigía entonces 30 días. El plazo pasó a ser de 90 días el 20 de mayo de 2018, mediante la Ordenanza del Gobierno n.º 14/2017, y desde ese momento el documento tipo que el Estado pone a disposición se quedó atrás. Han pasado más de ocho años hasta la corrección.
La consecuencia práctica del desfase no era teórica. El contrato de transmisión no es un documento que lea solo un jurista: es el papel que se firma en la calle, sobre el capó del coche, por dos personas que muchas veces no comprueban nada más. Un comprador que se guiara por lo que decía el contrato podía creer que había superado el plazo, cuando todavía le quedaban dos meses.
El segundo cambio de fondo es el que se refiere al comprador sin deudas. En 2016, una certificación de este tipo existía solo para el vendedor, en el recuadro B. El recuadro de abajo a la derecha, el que estaba junto a C, no contenía ninguna afirmación sobre deudas, sino solo los espacios para el nombre y el sello. Ahora, con el recuadro D, la certificación pasa a ser bilateral.
El tercer cambio es menor, pero dice algo sobre lo viejo que era el papel: en el impreso antiguo, la advertencia sobre la falsedad documental remitía a «la Ley n.º 286/2009 sobre el Código Penal, con sus modificaciones y adiciones posteriores». El nuevo impreso escribe simplemente «el Código Penal».
El apartado sobre el objeto del contrato también se ha tocado, de forma discreta. Donde el impreso antiguo pedía «la cilindrada», el nuevo pide «la cilindrada/kW», es decir, deja sitio también a la potencia del motor. El resto de los campos son los mismos: marca, tipo, número de identificación, número de motor, masa máxima autorizada para los remolques, número de matrícula, fecha de caducidad de la inspección técnica periódica, número de la ficha técnica del vehículo, año de fabricación, la norma Euro y el acto por el que el vendedor adquirió el vehículo.
Otros tres retoques solo se ven si se ponen los dos impresos uno al lado del otro. El recuadro «Anexos al contrato» tiene ahora casillas para marcar Sí y No, en lugar de simples palabras. El recuadro C, el de la administración tributaria local del comprador, ha recibido la línea «Rol n.º», el número de expediente fiscal, que antes solo tenía el recuadro A. Y la declaración del comprador se ha reformulado: en 2016 decía que había recibido del vendedor «del medio de transporte las llaves, el permiso de circulación», una fórmula que no enumeraba el vehículo en sí, y ahora dice que ha recibido el vehículo, las llaves, el permiso de circulación y la ficha técnica.
Lo que no ha cambiado merece recordarse igual de bien: la declaración de que el vehículo está libre de cargas, la entrega de las llaves, del permiso de circulación y de la ficha técnica, y la regla de las cuatro copias con la mención «copia compulsada», firmadas solo en las copias.
Ventajas y desventajas
Lo que mejora
- El impreso dice por fin lo mismo que la ley, y el plazo de 90 días está escrito en negrita y subrayado, difícil de pasar por alto.
- El comprador se ahorra un trámite: la certificación del recuadro D sustituye al certificado de situación tributaria.
- Los documentos de identidad más nuevos, CEI y CIS, figuran de manera expresa en el impreso, así que ya no dependen de la buena voluntad del funcionario de ventanilla.
- La orden no toca el registro REMTII ni el protocolo de cooperación, de modo que no produce cambios colaterales de procedimiento.
- La modificación entra en vigor con la publicación, sin plazo de transición que deje dos modelos en circulación.
Lo que sigue siendo un problema
- La corrección ha tardado más de ocho años, tiempo durante el cual el documento oficial del Estado indicó un plazo que ya no estaba en vigor.
- La ampliación de la lista de documentos de identidad no se ha hecho de forma uniforme: el apartado del representante ha conservado la enumeración antigua.
- La orden no dice nada sobre los formularios ya impresos con el modelo antiguo y guardados en los ayuntamientos o en manos de los ciudadanos.
- El plazo de 90 días no lo crea esta orden, así que quien se guio por el impreso antiguo no encuentra aquí ningún remedio retroactivo.
- El anexo se publica en facsímil, como imagen, por lo que no se puede buscar como texto ni copiar directamente del Boletín Oficial de Rumanía.
- El recuadro C del nuevo impreso escribe «CI/Cod SIRUTA», mientras que el recuadro A escribe «CIF/Cod SIRUTA», lo que parece un descuido de redacción que ha quedado en el anexo aprobado.
Consejos prácticos
- Compruebe en la parte superior del contrato de qué modelo se trata. Si pone 2016 ITL 054, el papel es el antiguo, con el plazo equivocado.
- Quédese con el plazo de la ley, no con el del impreso: 90 días desde la fecha de adquisición del derecho de propiedad, conforme al art. 11, apartado (4), de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 195/2002.
- No lo deje para el último día. El plazo se cuenta desde la fecha de celebración del acto, y las citas en el servicio de matriculaciones no dependen de usted.
- Pida a la administración tributaria local que rellene el recuadro D en los ejemplares que se queda usted. Certifica que no tiene deudas tributarias y le ahorra el certificado de situación tributaria.
- Conserve el ejemplar original y compruebe que en las copias figure la mención «copia compulsada», firmada por ambas partes. Las copias sin firma no se aceptan.
- Rellene por completo el apartado sobre el objeto del contrato, incluidas la fecha de caducidad de la inspección técnica periódica y la norma Euro. Son los datos sobre los que la administración tributaria local practica la liquidación.
- Si vende o compra como heredero, prepare el certificado de heredero o, a falta de él, la resolución judicial. El impreso exige de forma expresa la prueba de la propiedad en ese caso.
Preguntas frecuentes
¿De cuánto tiempo dispongo para inscribir el coche a mi nombre?
¿Por qué ponía 30 días en mi contrato?
¿Sigo necesitando el certificado de situación tributaria?
¿Qué cambia realmente en el impreso?
¿Qué pasa con los formularios antiguos ya impresos?
¿La orden cambia también el registro REMTII?
¿Cuántos ejemplares se rellenan?
¿Desde cuándo se aplica?
Texto original del acto normativo
El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.
El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía
Boletín Oficial de Rumanía n.º 680 de 17 de agosto de 2026 16 páginas PDF, 154 KB el acto comienza en la página 5
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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.
