En resumen
- El Ministerio de Turismo ha sustituido tres formularios del procedimiento de clasificación de hoteles, pensiones y restaurantes: dos solicitudes de clasificación y la solicitud del brevet de turismo, el título profesional que se exige a quien dirige una actividad turística.
- El cambio más visible en los formularios: la prueba del personal se acredita ahora mediante un extracto REGES, el registro general de empleados en formato electrónico que sustituyó al antiguo REVISAL.
- La declaración responsable sobre el cumplimiento de los criterios se exige a partir de ahora en caso de aumento del número de unidades de alojamiento.
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 679, de 17 de agosto de 2026
Entrada en vigor: 17 de agosto de 2026
Quien abre una pensión, un hotel o un restaurante rellena a partir de ahora otros formularios. El Ministerio de Economía, Digitalización, Emprendimiento y Turismo ha modificado, mediante la Orden n.º 1.198/2026, las normas metodológicas relativas a la expedición de los certificados de clasificación de los establecimientos de alojamiento y restauración turísticos, de las licencias de turismo y de los brevets de turismo, aprobadas en 2013 por la Orden n.º 65/2013 del presidente de la Autoridad Nacional de Turismo. La orden se firmó el 30 de julio de 2026, en nombre del ministro, por un secretario de Estado, y se publicó el 17 de agosto de 2026. Es la segunda intervención del ministerio en el régimen del turismo este verano, después de el régimen de minimis para las estaciones termales.
La orden consta de dos artículos. El primero modifica una letra de un artículo de las normas y sustituye tres anexos. El segundo prevé la publicación en el Boletín Oficial de Rumanía. No contiene disposiciones transitorias y no aplaza la entrada en vigor.
Los tres formularios sustituidos son la solicitud estandarizada para la obtención del certificado de clasificación, que era el anexo n.º 3 de las normas, la solicitud estandarizada para los operadores económicos personas físicas, que era el anexo n.º 31, y la solicitud tipo para la expedición del brevet de turismo, antiguo anexo n.º 16.
Los efectos que produce
El primer efecto afecta a una situación concreta, no a la documentación de clasificación en general. El artículo 4, apartado (6), de las normas regula la modificación de la ficha anexa del certificado de clasificación, es decir, la expedición de una nueva ficha cuando ha cambiado la estructura de los espacios de alojamiento o de restauración. La letra g) de ese apartado tiene ahora una nueva redacción: la declaración responsable versa sobre el cumplimiento de las condiciones y de los criterios obligatorios según el tipo y la categoría de clasificación mencionados en el certificado, y la exigencia queda expresamente vinculada al supuesto del aumento del número de unidades de alojamiento.
El segundo efecto es el paso al registro electrónico de empleados actualmente en uso. La solicitud estandarizada exige, para el personal mínimo necesario contratado, un extracto REGES visado de conformidad, junto con copias de los documentos de cualificación. Se trata del registro general de empleados en formato electrónico, el que sustituyó al antiguo REVISAL.
El tercer efecto tiene que ver con los tipos de establecimiento reconocidos en el formulario. Los ejemplos que se dan en la rúbrica del tipo de establecimiento incluyen el hotel, el resort turístico, la pensión turística, el restaurante y el bar de día, y, entre los documentos que se adjuntan, figura, para los resorts, el plano general del resort junto con una nota simple registral.
El cuarto efecto es una lista cerrada de documentos para las empresas. La solicitud estandarizada del anexo n.º 3 de las normas, la que utilizan las sociedades, las personas físicas autorizadas, las empresas familiares y las empresas individuales, enumera cinco categorías de documentos: la ficha estandarizada relativa a la clasificación de los espacios de alojamiento y de restauración, los certificados de clasificación y las fichas anexas anteriores en original, el extracto REGES con los documentos de cualificación, el plano del resort con la nota simple registral y un documento del que se desprenda la legalidad de la construcción.
Solo dos de ellos se exigen en todos los casos: la ficha estandarizada y el documento del que se desprenda la legalidad de la construcción. Los otros tres, los certificados anteriores, el extracto REGES y el plano del resort, llevan en el formulario la mención en su caso, por lo que solo se adjuntan cuando la situación concreta lo exige.
El quinto efecto afecta a los propietarios personas físicas, que disponen de un formulario propio, antiguo anexo n.º 31. Allí se exigen seis documentos: la copia del documento de identidad del propietario, la ficha estandarizada relativa a la clasificación de los espacios de alojamiento, el título de propiedad, la copia del documento de identidad y el acuerdo de los copropietarios en su caso, el informe escrito de la junta de la comunidad de propietarios junto con el acuerdo escrito de los propietarios directamente afectados colindantes con el espacio, en horizontal y en vertical, ambos en su caso, y el documento relativo a la legalidad de la construcción.
El sexto efecto se sitúa en el brevet de turismo, donde la lista tiene nueve posiciones. Entre ellas, un certificado de antecedentes penales válido y sin anotaciones, copias de los documentos de formación y de experiencia profesional, el certificado de idioma extranjero, el brevet expedido anteriormente en original y, en su caso, el anuncio de pérdida del brevet. El solicitante firma conociendo lo dispuesto en el art. 326 del Código Penal sobre la falsedad en declaración y da su consentimiento expreso para que se soliciten el certificado de antecedentes fiscales y el certificado de antecedentes penales.
El séptimo efecto es de forma, pero cuenta en ventanilla: las copias de los documentos presentados para el brevet se firman, se fechan y las certifica el titular con la mención «copia compulsada».
Qué ha cambiado respecto de la situación anterior
Las normas se han modificado muchas veces desde su publicación, en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 353 y n.º 353 bis, de 14 de junio de 2013. La orden actual no reproduce la redacción anterior de la letra que cambia, del mismo modo que tampoco reproduce los formularios antiguos, de manera que la diferencia exacta respecto de la versión vigente hasta el 16 de agosto de 2026 no puede leerse en el acto.
Lo que sí puede afirmarse con certeza, comparando con la versión inicial de las normas, es cuánto ha crecido la documentación. En 2013, el artículo 4, apartado (6), se refería a la modificación de la ficha anexa del certificado de clasificación y tenía cuatro letras, de la a) a la d): la solicitud, la ficha estandarizada, la ficha anexa anterior en original y, en su caso, una memoria justificativa de reclasificación. Hoy, el mismo apartado tiene al menos siete letras, y la letra g) es la que se acaba de reescribir.
Igual de claro está que el anexo n.º 31, el formulario separado para los propietarios personas físicas, no existía en la versión inicial de las normas de 2013. Se introdujo posteriormente y ahora se sustituye a su vez.
La orden no toca los demás anexos de las normas ni el resto del artículo 4. La modificación es puntual: una letra y tres formularios.
Ventajas y desventajas
Lo que mejora
- Los formularios remiten al registro electrónico de empleados que está en uso, y no al antiguo, lo que elimina una fuente de rechazo de los expedientes en ventanilla.
- La lista de documentos que se han de adjuntar está escrita directamente en el formulario, con casillas para marcar, de modo que el solicitante ve desde el principio qué debe preparar.
- Los propietarios personas físicas tienen un formulario propio, más corto, adecuado a su situación y distinto del de las empresas.
- La solicitud permite pedir la clasificación de tres establecimientos a la vez, con un tipo y una categoría separados para cada uno.
- En el brevet de turismo, el consentimiento para el certificado de antecedentes fiscales y el de antecedentes penales se da en el propio formulario, de modo que ya no supone un trámite aparte.
Lo que sigue siendo un problema
- La orden no reproduce la redacción anterior de la letra modificada, de modo que un operador económico no puede ver en el acto qué ha cambiado para él.
- No hay disposiciones transitorias para los expedientes ya presentados con los formularios antiguos.
- La entrada en vigor es inmediata, en plena temporada de verano, cuando los establecimientos de alojamiento tienen menos tiempo para rehacer la documentación.
- Para los pisos y las habitaciones de alquiler, el informe escrito de la comunidad de propietarios y el acuerdo de los propietarios colindantes siguen siendo, allí donde se exigen, la condición más difícil de cumplir.
- Las normas modificadas siguen siendo un acto de 2013 con numerosas intervenciones sucesivas, y la versión consolidada no se publica junto con la modificación.
Consejos prácticos
- Descargue los formularios de la edición oficial adjunta a este artículo. Las solicitudes presentadas con los modelos antiguos corren el riesgo de ser devueltas.
- Prepare el extracto REGES visado de conformidad antes de presentar el expediente, junto con los documentos de cualificación del personal. El formulario lo marca con la mención en su caso, así que compruebe primero si su situación lo exige.
- Si aumenta el número de unidades de alojamiento y solicita una nueva ficha anexa, adjunte la declaración responsable sobre el cumplimiento de las condiciones y de los criterios correspondientes al tipo y a la categoría que figuran en el certificado.
- Si es propietario persona física, utilice el formulario separado, no el de las empresas. Son dos solicitudes distintas, con listas de documentos diferentes.
- Para pisos o habitaciones de alquiler en un bloque de viviendas, obtenga con tiempo el informe escrito de la junta de la comunidad de propietarios y el acuerdo escrito de los propietarios colindantes con el espacio, en horizontal y en vertical.
- Para el brevet de turismo, pida con tiempo el certificado de antecedentes penales. El formulario lo quiere válido y sin anotaciones.
- Firme, feche y certifique con la mención «copia compulsada» cada copia presentada en el expediente del brevet. La nota del formulario lo exige expresamente.
Preguntas frecuentes
¿Qué ha cambiado exactamente?
¿Qué es el extracto REGES?
¿Cuándo se exige la declaración responsable?
¿Qué documentos exige la solicitud para las empresas?
¿Qué documentos exige la solicitud para las personas físicas?
¿Qué se exige para el brevet de turismo?
¿Qué ocurre con los expedientes presentados antes del 17 de agosto de 2026?
¿Desde cuándo se aplica?
Texto original del acto normativo
El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.
El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía
Boletín Oficial de Rumanía n.º 679, de 17 de agosto de 2026 16 páginas PDF, 107 KB el acto comienza en la página 12
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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.
