En resumen

  • 58 universidades pueden impartir en el curso 2026-2027 el módulo psicopedagógico, es decir, el programa de formación psicopedagógica sin el cual un titulado no puede dar clase en un colegio. Total: 32.055 plazas.
  • Las universidades que no figuran en la lista entran en extinción, la fase de cierre en la que un programa termina de formar a quienes ya están dentro y no admite a nadie nuevo: sacan adelante a los estudiantes matriculados en cursos anteriores, pero ya no convocan proceso de admisión para 2026-2027.
  • Esas mismas instituciones de la lista, si son además centros de perfeccionamiento, pueden organizar los exámenes de los grados docentes II y I.
Acto: Orden MEC n.º 4.724/2026
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 708 de 26 de agosto de 2026
Entrada en vigor: 26 de agosto de 2026

Un estudiante que quiere llegar a profesor tiene que cursar el módulo psicopedagógico, y a partir de ahora se sabe exactamente en cuáles universidades puede empezarlo este año. La Orden del ministro de Educación e Investigación n.º 4.724/2026, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 708 de 26 de agosto de 2026, aprueba la lista de las 58 instituciones acreditadas para impartir el programa en el curso 2026-2027 y el número máximo de estudiantes de cada una. Es la tercera orden del ministerio publicada el mismo día, junto a la de las comisiones de ética de la investigación.

El programa tiene dos formas. La primera es el programa de formación psicopedagógica dirigido a certificar las competencias para la profesión docente, con nivel I y nivel II. La segunda es el programa universitario de formación psicopedagógica para la enseñanza preuniversitaria, de 30 créditos ECTS, marcado con asterisco en el anexo; una sola institución de la lista lo imparte en esa forma, Universitatea „Emanuel” din Oradea.

La lista se apoya en el Escrito n.º 3.806 de 6 de agosto de 2026 de la Agencia Rumana de Garantía de Calidad en la Enseñanza Superior (ARACIS) y en el informe de aprobación de la Dirección General de Enseñanza Universitaria de 12 de agosto de 2026.

Los efectos que produce

El primer efecto es la lista en sí. Las 58 instituciones de enseñanza superior acreditadas pueden impartir el programa en el curso 2026-2027, cada una con un tope de plazas propio.

El segundo efecto es la exclusión. Los programas que imparten instituciones ausentes del anexo entran en extinción: siguen formando a los estudiantes matriculados en cursos anteriores, pero ya no convocan proceso de admisión para 2026-2027.

El tercer efecto se refiere al reparto de las plazas entre los niveles. La orden dice que el número máximo se refiere a un solo nivel, y que el reparto de los estudiantes entre los dos niveles lo decide cada universidad.

El cuarto efecto es la conexión con los grados docentes. En el curso 2026-2027 solo pueden organizar las pruebas de los exámenes de los grados docentes II y I, para el personal de la enseñanza preuniversitaria, aquellas instituciones de la lista que sean además centros de formación continua o de perfeccionamiento, en las condiciones que fija la ley.

El quinto efecto es el tamaño del sistema. Sumados, los 58 topes dan 32.055 plazas, y los mayores están en Universitatea „Babeș-Bolyai” din Cluj-Napoca, con 3.500, y en Universitatea din București, con 3.000.

El sexto efecto alcanza a los centros universitarios del interior del país. Aparecen como entradas distintas, con topes propios: el Centrul Universitar din Pitești, dependiente de Politehnica București, tiene 800 plazas, el Centrul Universitar Nord Baia Mare de la Universitatea Tehnică din Cluj-Napoca tiene 300, y Universitatea din Craiova tiene 200 plazas aparte en Drobeta-Turnu Severin.

El séptimo efecto es para las universidades privadas. Dieciséis de las 58 entradas son instituciones privadas o confesionales, desde Universitatea Creștină „Dimitrie Cantemir” hasta Universitatea „Adventus” din Cernica, esta última con el tope más pequeño de la lista, 35 plazas.

El octavo efecto es la ejecución. La Dirección General de Enseñanza Universitaria, la Dirección General de Gestión, Carrera Docente y Red Escolar, las instituciones de enseñanza superior y las inspecciones educativas provinciales llevan la orden a la práctica.

Qué ha cambiado respecto de la situación anterior

El primer cambio es el anual: la lista se rehace para cada curso, y una institución que no obtiene la confirmación de la agencia de calidad sale de ella.

El segundo cambio es de base legal. La orden se apoya en la Ley n.º 199/2023 de la enseñanza superior y en la Ley n.º 198/2023 de la enseñanza preuniversitaria, no en la ley de 2011, y en el Nomenclátor de ámbitos de estudio aprobado por la Decisión del Gobierno n.º 191/2026 para el curso 2026-2027.

El tercer cambio es la confirmación de las evaluaciones externas. La orden tiene en cuenta también la metodología por la que se reconocen, en territorio rumano, las evaluaciones hechas por agencias de garantía de calidad extranjeras inscritas en el Registro Europeo de Garantía de Calidad de la Enseñanza Superior.

Lo que no cambia es el mecanismo de extinción. Los estudiantes ya matriculados no pierden nada: la institución tiene la obligación de formarlos hasta que acaben el programa, aunque no admita a nadie nuevo.

Tampoco cambia la regla de los grados docentes: la doble condición, estar en la lista y ser centro de perfeccionamiento, sigue siendo la misma.

Ventajas y desventajas

Lo que mejora

  • Los candidatos saben, antes de la admisión, en qué universidades pueden empezar este año el módulo psicopedagógico.
  • Los topes publicados hacen verificable el tamaño real de la oferta, universidad por universidad.
  • Los estudiantes ya matriculados en programas que salen de la lista quedan protegidos: la formación continúa hasta el final.
  • Los centros universitarios de ciudades pequeñas aparecen con entrada propia, de modo que la oferta local se ve y no queda escondida en la cifra de la universidad matriz.
  • La lista cubre también a las universidades privadas y confesionales, con las mismas reglas de acreditación.
  • El reparto de las plazas entre el nivel I y el nivel II sigue en manos de la universidad, lo que permite ajustarlo a la demanda real.

Lo que sigue siendo un problema

  • Del texto no se puede establecer si el tope se aplica una vez por cada nivel o una sola vez para los dos.
  • El anexo no marca qué instituciones son además centros de perfeccionamiento, aunque de eso depende dónde se examinan los grados II y I.
  • La lista sale el 26 de agosto, es decir, en plena temporada de admisión para un curso que empieza un mes después.
  • La orden no dice qué instituciones han quedado fuera respecto del año pasado, así que los estudiantes afectados tienen que comparar por su cuenta.
  • El anexo no tiene fila de total, aunque la cifra agregada es relevante para la política de personal docente.
  • El asterisco de la posición 55 se explica en una nota situada en la página siguiente, fácil de pasar por alto.

Consejos prácticos

  1. Si quiere dar clase en un colegio, compruebe primero si la universidad en la que estudia está entre las 58 del anexo. Si no lo está, no puede matricularse allí en el módulo este año.
  2. Si ya está matriculado en un programa que ha dejado de figurar en la lista, no lo abandone. La institución está obligada a formarle hasta el final.
  3. Pregunte en su universidad cómo reparte las plazas entre el nivel I y el nivel II. La decisión es suya y varía de una institución a otra.
  4. Si estudia en un centro universitario de otra ciudad, mire su entrada aparte en la lista. Tiene tope propio y no comparte plazas con la universidad matriz.
  5. Para los grados docentes II y I, pregunte en la inspección educativa cuáles de las instituciones de la lista son además centros de perfeccionamiento. El anexo no lo dice.
  6. Si le interesa el programa de 30 créditos para la enseñanza preuniversitaria, la única institución marcada con asterisco en la lista es Universitatea „Emanuel” din Oradea.
  7. No confunda el nivel I con el nivel II: el primero da derecho a dar clase en la enseñanza obligatoria, el segundo en el bachillerato y en la enseñanza posbachillerato, en las condiciones que fija la ley.
  8. Revise la lista todos los años. Se rehace para cada curso, y una institución presente ahora puede faltar el año que viene.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas universidades hay en la lista?
58 instituciones de enseñanza superior acreditadas, con un total de 32.055 plazas para el curso 2026-2027.
¿Qué pasa con las universidades que no están en la lista?
Sus programas entran en extinción: siguen formando a los estudiantes matriculados en cursos anteriores, pero no convocan proceso de admisión para 2026-2027.
¿Cuáles son los topes más altos?
Universitatea „Babeș-Bolyai” din Cluj-Napoca, con 3.500 plazas, y Universitatea din București, con 3.000. El más bajo está en Universitatea „Adventus” din Cernica, 35.
¿El número de plazas es por nivel o en total?
La orden dice que se refiere a un solo nivel, pero ella misma prevé que la universidad reparta el número entre los dos niveles. Las dos redacciones no encajan, así que la pregunta hay que hacérsela a la universidad.
¿Dónde se pueden examinar los grados docentes II y I?
En las instituciones de la lista que sean además centros de formación continua o de perfeccionamiento, en las condiciones que fija la ley. El anexo no las marca aparte.
¿Qué es el programa de 30 créditos?
El programa universitario de formación psicopedagógica para la enseñanza preuniversitaria, marcado con asterisco en el anexo. En esta lista lo imparte una sola institución.
¿La lista cambia todos los años?
Sí. Se aprueba para cada curso, sobre la base de la confirmación de la Agencia Rumana de Garantía de Calidad en la Enseñanza Superior.

Errores e incoherencias en el texto publicado

  • Artículo 1, apartado 3: el tope de plazas se puede leer de dos maneras, con resultados distintos. El texto dice: „Numărul maxim de studenți care pot fi școlarizați se referă la un singur nivel, iar modul în care se distribuie numărul de studenți între cele două niveluri se decide la nivelul instituției de învățământ superior.”, es decir, el número máximo de estudiantes que pueden formarse se refiere a un solo nivel, mientras que el reparto de los estudiantes entre los dos niveles lo decide la institución de enseñanza superior. La primera frase dice que el tope va referido a un solo nivel, con lo que se aplicaría por separado al nivel I y al nivel II. La segunda dice que el número se reparte entre los dos niveles, con lo que habría una sola bolsa de plazas, dividida. Las dos lecturas no pueden ser ciertas a la vez: en Universitatea „Babeș-Bolyai” din Cluj-Napoca, la primera da 7.000 plazas y la segunda 3.500. En el conjunto de la lista, la diferencia va de 32.055 a 64.110 plazas. Ni el anexo ni el resto de la orden lo zanjan.

Análisis de la redacción

La orden hace algo útil y lo hace de forma transparente: publica no solo quién tiene derecho a impartir el módulo psicopedagógico, sino también cuántos estudiantes puede acoger cada institución. En un sistema en el que la falta de profesores se discute constantemente, la cifra agregada, 32.055 plazas en 58 universidades, es un indicador público que cualquiera puede comprobar. Igual de correcta es la cláusula de extinción, que protege a los estudiantes ya matriculados en programas que salen de la lista.

El problema es que la cifra central del acto no tiene un único significado. El artículo 1, apartado 3, dice en la misma frase que el tope se refiere a un solo nivel y que el número se reparte entre dos niveles. Para un rector que planifica la admisión, la diferencia es el doble de plazas. Para el ministerio, significa que el total comunicado en público puede ser 32.055 o 64.110. No es una sutileza: es exactamente la norma por la que se dictó la orden.

La segunda observación tiene que ver con el calendario. La lista del curso 2026-2027 aparece el 26 de agosto, unos días antes de las convocatorias de admisión de septiembre. Un candidato que elegía universidad en julio pensando en la posibilidad de cursar el módulo no tenía forma de saber si su institución seguiría en la lista. Publicarla en primavera convertiría el acto de una confirmación en información útil en el momento de decidir.

La tercera observación es sobre lo que falta. El artículo 2 condiciona la organización de los exámenes de los grados docentes II y I a la condición de centro de perfeccionamiento, pero el anexo no marca qué instituciones la tienen. El profesor que busca dónde examinarse se queda con una lista de 58 nombres y un requisito que no puede comprobar en el acto.

Qué debería cambiar

  • Reescribir el artículo 1, apartado 3, en una sola frase con un solo sentido. O el tope se aplica por nivel, o es una bolsa única que reparte la institución. De la respuesta depende que el sistema ofrezca 32.055 o 64.110 plazas.
  • Marcar en el anexo las instituciones que son además centros de perfeccionamiento. Una columna más respondería directamente a la pregunta del artículo 2, sin que el profesor tenga que llamar a la inspección educativa.
  • Publicar la lista antes de la convocatoria de admisión, no a finales de agosto. Un candidato que elige carrera pensando en la posibilidad de dar clase necesita la información en primavera.
  • Indicar qué instituciones han entrado y cuáles han salido respecto del año anterior. La cláusula de extinción produce efectos concretos sobre estudiantes que, de otro modo, tienen que comparar dos anexos por su cuenta.
  • Añadir una fila de total al final del anexo. El número agregado de plazas es una cifra de política pública y ahora tiene que calcularla el lector.

Texto original del acto normativo

El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.

El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía

Boletín Oficial de Rumanía n.º 708 de 26 de agosto de 2026 16 páginas PDF, 108 KB el acto comienza en la página 14

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.