En resumen
- Todos los proveedores de redes y de servicios de comunicaciones electrónicas comunicarán a la ANCOM datos estadísticos con arreglo a 15 conjuntos de indicadores nuevos, en sustitución de los de 2013.
- Se informa dos veces al año: hasta el 15 de agosto para el primer semestre y hasta el 15 de febrero para el segundo, más una fotografía de la situación a 31 de diciembre.
- La decisión entra en vigor solo el 1 de enero de 2027, y las comunicaciones correspondientes a 2026 se quedan bajo las reglas antiguas. Las primeras comunicaciones nuevas se presentan en agosto de 2027.
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 713 y n.º 713 bis de 27 de agosto de 2026
Entrada en vigor: 1 de enero de 2027
La estadística del mercado de telecomunicaciones se reescribe después de trece años. La Decisión de la Autoridad Nacional para la Administración y Regulación en Comunicaciones n.º 396/2026, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 713 de 27 de agosto de 2026, sustituye el conjunto de indicadores que los proveedores de redes y de servicios de comunicaciones electrónicas venían comunicando desde 2013. Es la segunda obligación nueva del mismo día para los operadores del sector, después del catálogo de los 218 controles de ciberseguridad, que alcanza a muchos de ellos como entidades esenciales.
La decisión tiene siete artículos y quince anexos. Los artículos establecen quién informa, cuándo y cómo. Los anexos, publicados aparte en la edición n.º 713 bis, a lo largo de 64 páginas, contienen los conjuntos de indicadores y las categorías de información de cada uno.
El acto se firmó el 29 de julio de 2026 y la publicación llegó casi un mes después. El fundamento es la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 22/2009, la que creó la ANCOM, junto con el artículo 120 de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 111/2011 sobre las comunicaciones electrónicas.
El 28 de agosto de 2026 la obligación de comunicarse con la autoridad alcanzó también a los creadores de las plataformas de intercambio de vídeos: la Decisión CNA n.º 116/2026 la exige a partir de 100.000 seguidores, siempre que el canal genere ingresos.
Los efectos que produce
El primer efecto es el calendario. Los datos de los anexos n.º 1 a 14 se transmiten dos veces al año: hasta el 15 de agosto del año de referencia, para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio, y hasta el 15 de febrero del año siguiente, para el comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre. El anexo n.º 15 tiene otro régimen: se comunica una sola vez al año, hasta el 15 de febrero, pero referido a la situación existente a 31 de diciembre, es decir, como una fotografía y no como un flujo.
El segundo efecto es un umbral que parte el mercado en dos. Los datos del cuadro 1.4.1 del anexo n.º 1 solo son obligatorios para los proveedores con una cifra de negocios neta de al menos 10 millones de lei en el periodo de referencia. Para los demás, la transmisión es opcional. También son opcionales el indicador 9 del cuadro 1.2 y tres cuadros del anexo n.º 14.
El tercer efecto afecta a quienes no han tenido actividad. Un proveedor que tuvo la condición de proveedor, pero que no suministró efectivamente redes ni servicios en el periodo correspondiente, informa igualmente: los datos del cuadro 1.1 y, en su caso, los cuadros 1.2, 1.3 y 1.4. Dicho de otro modo, el silencio tampoco es una opción para una empresa inactiva.
El cuarto efecto es la regla para los periodos parciales. Quien adquiere o pierde la condición de proveedor en el transcurso de un periodo informa por el intervalo en que tuvo esa condición, aplicando en lo que corresponda el umbral de 10 millones y las excepciones opcionales.
El quinto efecto tiene que ver con la calidad de los datos. Las estimaciones solo se admiten en situaciones objetivas y debidamente justificadas, con indicación detallada de los principios y los métodos empleados. Y cada proveedor debe precisar y justificar, caso por caso, cuáles de los valores comunicados tienen carácter de secreto comercial.
El sexto efecto es la sanción. El incumplimiento de la decisión se castiga conforme al capítulo XII de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 111/2011, el dedicado a la supervisión, el control y las sanciones.
Qué ha cambiado respecto de la situación anterior
Hasta ahora, la comunicación se hacía conforme a la Decisión del presidente de la ANCOM n.º 333/2013, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 319 de 3 de junio de 2013. Aquella decisión queda derogada el 1 de enero de 2027, es decir, al mismo tiempo que entra en vigor la nueva.
El cambio no es solo de contenido de los indicadores, sino también de ritmo. El esquema antiguo tenía una comunicación anual separada para los ingresos y las inversiones, con plazo el 31 de mayo, y otra semestral para el resto de los datos. El nuevo esquema alinea todo en dos plazos, el 15 de agosto y el 15 de febrero, y la comunicación anual diferenciada desaparece.
Lo tercero que cambia es el periodo de preparación. Entre la publicación y la aplicación hay cuatro meses, y entre la publicación y la primera comunicación efectiva casi un año: el 15 de agosto de 2027, para el primer semestre de 2027. Para el anexo n.º 15, la primera comunicación no llega hasta febrero de 2028.
Para el año 2026 no cambia nada. Las obligaciones se mantienen bajo la decisión de 2013, con sus plazos: el 31 de mayo de 2027 para los datos anuales de ingresos e inversiones y el 10 de febrero de 2027 para el resto de los datos semestrales y para el anexo n.º 15 de aquel acto.
Ventajas y desventajas
Lo que mejora
- El largo plazo de entrada en vigor, cuatro meses hasta la aplicación y casi un año hasta la primera comunicación, da tiempo real para adaptar los sistemas de registro.
- El régimen transitorio está escrito de forma explícita: nadie tiene que adivinar con qué reglas comunica los datos de 2026.
- El umbral de 10 millones de lei libera a los proveedores pequeños de la parte más pesada de la comunicación.
- El calendario se simplifica: dos plazos en lugar de tres regímenes paralelos.
- Las estimaciones se admiten, pero solo motivadas, lo que protege la calidad de las series estadísticas.
- El proveedor puede marcar, con justificación, los datos que constituyen secreto comercial, de modo que la publicación de los agregados no deja al descubierto su posición competitiva.
Lo que sigue siendo un problema
- Los anexos, es decir, la parte que dice realmente qué se comunica, están en una edición aparte que hay que comprar.
- Quince conjuntos de indicadores a lo largo de 64 páginas suponen un esfuerzo de cumplimiento que el acto no cuantifica en ningún sitio.
- El umbral de 10 millones se calcula sobre el periodo de referencia, de manera que un proveedor puede superarlo en un semestre y no en otro, con obligaciones que cambian de una comunicación a la siguiente.
- El acto no fija ningún plazo para que la ANCOM publique los resultados agregados, aunque los datos se recogen precisamente para ser usados públicamente.
- Qué significa «situaciones objetivas y debidamente justificadas» a efectos de las estimaciones queda a criterio de la autoridad.
- Los proveedores inactivos informan igualmente, lo que es correcto desde el punto de vista estadístico, pero sigue siendo una carga administrativa para empresas sin actividad.
Consejos prácticos
- Si es usted proveedor, compre o consulte con tiempo la edición n.º 713 bis: los anexos son la parte que le dice qué tiene que medir, y algunos datos se recogen sobre la marcha, no con efecto retroactivo.
- Calcule ya si supera los 10 millones de lei de cifra de negocios neta por semestre. De ese umbral depende que el cuadro 1.4.1 le sea obligatorio u opcional.
- No confunda los plazos: para los datos del año 2026 siguen valiendo las reglas antiguas, con el 10 de febrero de 2027 y el 31 de mayo de 2027. Para 2027 se aplican ya las reglas nuevas, con el 15 de agosto de 2027.
- Si la empresa tiene la condición de proveedor pero no ha suministrado nada, presente igualmente el cuadro 1.1 y, en su caso, los cuadros 1.2, 1.3 y 1.4.
- Prepare desde el principio la justificación de los datos que considere secreto comercial. La decisión exige una motivación caso por caso, no una declaración general.
- Si utiliza estimaciones, documente los principios y los métodos al mismo tiempo que comunica los datos, no después: el acto exige indicarlos de forma detallada.
- Compruebe si ha adquirido o perdido la condición de proveedor durante el periodo. En ese caso, informe solo por el intervalo en que la tuvo.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo se aplica?
¿A quién afecta?
¿Cuándo se comunica?
¿Qué ocurre con los datos de 2026?
¿Qué significa el umbral de 10 millones de lei?
¿Tengo que informar si no he tenido actividad?
¿Puedo comunicar valores estimados?
¿Cómo protejo los datos comercialmente sensibles?
¿Qué pasa si no informo?
Análisis de la redacción
Este es el acto que las demás normas del día deberían haber copiado en el capítulo del calendario. La ANCOM publica en agosto una obligación que se aplica desde enero y cuya primera ejecución llega en agosto del año siguiente. Los proveedores tienen un año entero para modificar sus sistemas de registro, y la autoridad no corre el riesgo de recibir, en la primera comunicación, datos montados a toda prisa. Comparado con la orden de ciberseguridad publicada el mismo día, exigible de inmediato, el contraste resulta instructivo: la misma administración también sabe trabajar con plazos razonables.
Igual de bien resuelto está el régimen transitorio. El acto no se limita a derogar la decisión de 2013, sino que dice exactamente qué obligaciones siguen bajo ella, por qué periodo y con qué plazos. Un proveedor que lea el artículo 7 sabe en qué año informa con qué reglas, sin necesidad de consultar a nadie. Y el umbral de 10 millones de lei revela una preocupación real por la proporcionalidad: la parte más costosa de la comunicación recae solo sobre quienes tienen con qué sostenerla.
Lo que falta es el otro extremo del circuito. Los datos se recogen, por definición, para que la autoridad ejerza sus competencias y para que el mercado quede descrito públicamente. La decisión regula con minucia lo que entra, pero no dice nada de lo que sale: ni con qué periodicidad publica la ANCOM los resultados agregados, ni en qué formato, ni cuánto después del plazo de comunicación. En un acto que pide quince conjuntos de indicadores a todo el mercado, la ausencia de una obligación simétrica de publicación es una omisión que se nota.
Qué debería cambiar
- Un plazo para la publicación de los resultados agregados. Si los proveedores tienen el 15 de agosto y el 15 de febrero, la autoridad debería tener también una fecha en la que el informe de mercado se hace público.
- La publicación gratuita de los anexos en la web de la ANCOM. Las 64 páginas de indicadores son las instrucciones de trabajo de todo el mercado, y están en una edición que hay que comprar.
- Una regla de estabilidad para el umbral de 10 millones. Calculado por semestre, el umbral puede cambiar las obligaciones de una comunicación a otra; referirlo a la cifra de negocios del año anterior sería previsible.
- Criterios para las estimaciones. La fórmula «situaciones objetivas y debidamente justificadas» ganaría con unos cuantos ejemplos, para que el proveedor sepa de antemano qué se acepta.
- Un procedimiento para los datos marcados como secreto comercial. El acto exige la justificación, pero no dice quién decide si esa justificación está fundada ni qué ocurre si la autoridad no está de acuerdo.
Texto original del acto normativo
El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.
El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía
Boletín Oficial de Rumanía n.º 713 y n.º 713 bis de 27 de agosto de 2026 16 páginas PDF, 117 KB el acto comienza en la página 15
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Las demás ediciones citadas: nr. 713 bis/2026
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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.
