En resumen

  • El dinero por las horas de guardia de los médicos sigue siendo un «elemento retributivo» con tope, y no salario base, y el Tribunal Constitucional ha confirmado que la regla es constitucional. En concreto, la cuantía se calcula conforme a lo dispuesto para el mes de enero de 2018, es decir, conforme a un mes situado 8 años y 7 meses atrás, mientras que el salario base de ese mismo médico ha subido varias veces desde entonces. La Decisión n.º 591, de 11 de noviembre de 2025, se publicó el 24 de septiembre de 2026 y es de obligado cumplimiento general desde esa fecha, por unanimidad de votos.
  • Pierde el Sindicato Independiente de los Médicos de Maramureș, que ha llevado el mismo problema a cuatro expedientes como mínimo. El argumento desestimado es el de la discriminación: el médico empleado del hospital recibe por la guardia un elemento retributivo con tope, mientras que el médico que no tiene contrato para la jornada ordinaria recibiría, según el sindicato, un verdadero salario base. La respuesta ha sido que la interpretación del tribunal supremo no establece distinción alguna entre las dos categorías, de modo que no existe un trato diferente.
  • Lo que queda por seguir tiene que ver con otro texto, aprobado entre tanto. Desde el 1 de agosto de 2023, los médicos especialistas y los jefes de servicio que hacen guardias fuera de la jornada ordinaria reciben además una indemnización mensual de 500 lei por una guardia y de 1.000 lei por dos guardias como mínimo. La cantidad ya no sube por encima de dos guardias, así que el valor por guardia baja a 250 lei con cuatro guardias y a 200 lei con cinco.
Acto: Decisión n.º 591, de 11 de noviembre de 2025, relativa a la cuestión de inconstitucionalidad de lo dispuesto en el art. 34 apdo. (2) de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 114/2018 y en el art. 38 apdo. (3) letra h) de la Ley marco n.º 153/2017, en la interpretación dada por el Alto Tribunal de Casación y Justicia, Sala para la Resolución de Cuestiones de Derecho, mediante la Decisión n.º 59, de 28 de septiembre de 2020
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial), Parte I, n.º 815 de 24 de septiembre de 2026
Entrada en vigor: la decisión es de obligado cumplimiento general desde la fecha de publicación, 24 de septiembre de 2026

El Tribunal Constitucional ha desestimado por infundada la cuestión planteada por el Sindicato Independiente de los Médicos de Maramureș, en nombre de sus afiliados Lucia Oșan y otros, y ha declarado que el tope de los derechos retributivos por las horas de guardia es constitucional en relación con las críticas formuladas. Es la segunda confirmación del mismo mecanismo en pocos meses, después de aquella en la que el juez constitucional mostró que el tope de los complementos del personal público en el nivel de diciembre de 2018 sigue siendo constitucional. La diferencia es que aquí no se discute un complemento cualquiera, sino el pago del trabajo nocturno y de fin de semana en los hospitales.

El mecanismo tiene dos piezas. La primera es el art. 38 apdo. (3) letra h) de la Ley marco n.º 153/2017 sobre la retribución del personal pagado con fondos públicos, que dispuso que, desde marzo hasta el 31 de diciembre de 2018, los derechos retributivos correspondientes a la actividad prestada en la línea de guardia, junto con el complemento por turnos, el de descanso semanal y festivos y el de nocturnidad, se determinan conforme a lo dispuesto legalmente para el mes de enero de 2018. La segunda es el art. 34 apdo. (2) de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 114/2018, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 1116 de 29 de diciembre de 2018, que recogió el tope y lo prolongó: la cuantía de los complementos, indemnizaciones, compensaciones, primas y demás elementos del sistema retributivo que forman parte del salario bruto mensual se mantiene, como máximo, en el nivel del mes de referencia, mientras el personal ocupe el mismo puesto y trabaje en las mismas condiciones.

La pieza que las ha unido es la Decisión n.º 59, de 28 de septiembre de 2020, del Alto Tribunal de Casación y Justicia, Sala para la Resolución de Cuestiones de Derecho, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 30 de 12 de enero de 2021. El tribunal supremo estableció que los derechos retributivos por las guardias realizadas por los médicos fuera de la jornada legal de trabajo, en virtud de un contrato individual de trabajo a tiempo parcial, entran en la categoría de los elementos del sistema retributivo que forman parte del salario bruto mensual. La consecuencia es que se les aplica el tope: desde el 1 de enero de 2019, su cuantía se mantiene, como máximo, en el nivel reconocido para el mes de diciembre de 2018, determinado, a su vez, conforme a las reglas de enero de 2018.

La cuestión se construyó sobre los arts. 16, 41, 44 y 53 de la Constitución y sobre el art. 1 del Primer Protocolo Adicional al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. La crítica de fondo fue de trato diferente: para el médico que tiene contrato con el hospital y para la jornada ordinaria, el pago de la guardia sería un elemento retributivo con tope, mientras que, para el médico que no tiene tal contrato y solo hace guardias, ese mismo pago sería salario base, calculado en el nivel actual, según el puesto, el grado profesional y la antigüedad. Dos médicos que hacen la misma guardia, en el mismo hospital, con el mismo grado, cobrarían de forma distinta. En apoyo de la crítica se invocó también el art. 5 apdo. (4) del capítulo II del anexo n.º II de la Ley marco n.º 153/2017, conforme al cual el importe de las guardias realizadas fuera de la jornada legal forma parte de la suma de los salarios base.

El asunto de fondo es una reclamación de cantidad ante el Tribunal de Maramureș, Sala Primera de lo Civil, con el número 1.384/100/2020. El órgano judicial elevó la cuestión al Tribunal Constitucional mediante Auto de 19 de marzo de 2021, y en el Tribunal el asunto recibió el número de expediente 1.216D/2021. Ni los presidentes de las dos Cámaras del Parlamento, ni el Gobierno, ni el Defensor del Pueblo comunicaron sus puntos de vista.

El juez constitucional ha recogido íntegramente la solución y los considerandos de la Decisión n.º 281, de 29 de mayo de 2025, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 1021 de 4 de noviembre de 2025. Ha comprobado, en dos escalones, primero si el tribunal supremo hizo una obra real de interpretación y no añadió a la ley, y después si la norma así leída concuerda con la Constitución. En el primer escalón ha respondido que el propio legislador distinguió con claridad entre el salario base y el pago de la guardia, pues el art. 38 apdo. (3) letras a) y b) subieron los salarios base de los médicos y de los enfermeros desde el 1 de enero de 2018, mientras que la letra h) congeló el pago de la guardia en las reglas de enero de 2018. En el segundo escalón ha mostrado que la interpretación no distingue entre los médicos empleados del hospital y los no empleados, de modo que no se vulnera el art. 16, y que el pago de la guardia es un derecho de naturaleza híbrida: no es salario base, pero forma parte de la suma de los salarios base.

Los efectos que produce

La decisión es firme y de obligado cumplimiento general desde el 24 de septiembre de 2026, fecha de publicación en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 815. El art. 147 apdo. (4) de la Constitución vincula la fuerza obligatoria a la publicación, y entre el pronunciamiento y la publicación transcurrieron 317 días.

El primer efecto lo notan los procesos iniciados por médicos por diferencias de pago en las guardias. El argumento constitucional de la discriminación queda cerrado, y la interpretación del tribunal supremo sigue siendo obligatoria. Lo que aún se puede discutir ante los tribunales es la cuantía concreta: cuál fue efectivamente el nivel reconocido en el mes de referencia, si el médico ocupó el mismo puesto y trabajó en las mismas condiciones, dos requisitos escritos en el propio texto del tope, y si el hospital aplicó correctamente la tarifa horaria.

El segundo efecto recae sobre quienes no tienen contrato con el hospital para la jornada ordinaria. El Tribunal ha dicho expresamente que tampoco para ellos el pago de la guardia entra en el concepto de salario base, ni siquiera cuando existe un contrato individual de trabajo a tiempo parcial para la actividad en la línea de guardia. La remisión al salario base del art. 3 apdo. (5) del capítulo II del anexo n.º II de la Ley marco n.º 153/2017 sirve, según la decisión, únicamente para fijar la tarifa horaria. La esperanza de que la condición de colaborador traiga un régimen mejor se cierra aquí.

El tercer efecto afecta a los presupuestos de los hospitales y a los ordenadores de créditos. El art. 34 apdo. (3) de la misma ordenanza los hace responsables, en las condiciones legales, de fijar el nivel de los complementos respetando el tope. Después de esta decisión, un hospital que pagara las guardias en el nivel del salario base actual, invocando el art. 5 apdo. (4) del anexo, ya no cuenta con ningún apoyo constitucional para tal interpretación.

El cuarto efecto tiene que ver con lo que no se ha tocado. La decisión no dice nada sobre la indemnización mensual introducida, desde el 1 de agosto de 2023, por el art. 31 del capítulo II del anexo n.º II de la Ley marco n.º 153/2017, texto añadido por el art. I de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 63/2023, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 603 de 30 de junio de 2023. Esta se reconoce por encima del pago de la guardia y no estuvo en discusión, así que sigue siendo un derecho separado, con sus propias reglas.

El quinto efecto se lee por comparación con una decisión dictada en la misma sesión. El 11 de noviembre de 2025, con la misma formación de ocho magistrados y el mismo magistrado asistente, el Tribunal dictó también la Decisión n.º 589/2025, publicada asimismo el 24 de septiembre de 2026, por la que confirmó la regla de la reclasificación del personal público según la situación de diciembre de 2009. Los dos asuntos tienen en común un mecanismo: un mes de calendario elegido hace ya más de una década sigue decidiendo cuánto cobra hoy un empleado o un pensionista del sector público.

El sexto efecto es el límite de la solución. Los textos son constitucionales «en relación con las críticas formuladas», y las críticas se construyeron sobre los arts. 16, 41, 44 y 53 de la Constitución y sobre el art. 1 del Primer Protocolo Adicional. Una crítica nueva, planteada sobre otros fundamentos, no queda cerrada por esta decisión.

Qué ha cambiado respecto de la situación anterior

En el texto de las leyes no ha cambiado nada: ninguna disposición ha sido derogada, reescrita ni acompañada de una reserva de interpretación. Lo que sí ha cambiado es la suerte de una serie de procesos y, sobre todo, se ha consolidado un régimen que la ley había anunciado como temporal.

La letra h) del art. 38 apdo. (3) no existía en la Ley marco n.º 153/2017 en el momento de su publicación, en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 492 de 28 de junio de 2017. Se añadió el 8 de diciembre de 2017, por el punto 12 del artículo único de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 91/2017, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 978, es decir, 163 días después de la ley marco y tres semanas antes de que las subidas salariales del año 2018 empezaran a aplicarse. La ventana que el propio texto se fijó fue de 306 días, del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2018.

Desde entonces, el tope se ha prorrogado año tras año, mediante actos del Gobierno. El art. 34 apdo. (2) de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 114/2018 lo llevó a 2019, en el nivel del mes de diciembre de 2018. Ese mismo apartado se modificó el 9 de enero de 2020, por el punto 12 del art. I de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 1/2020, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 11, y la nueva redacción habla del mes de enero de 2020 y del nivel de diciembre de 2019. El art. I apdo. (3) de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 226/2020 cubrió el año 2021, en el nivel del mes de diciembre de 2020, y el art. I apdo. (5) de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 130/2021 cubrió el año 2022, en el nivel del mes de diciembre de 2021. Cinco actos sucesivos, todos ordenanzas de urgencia, para una medida presentada al principio como de diez meses.

El segundo cambio real ha venido de una dirección distinta de la del litigio. Desde el 1 de agosto de 2023, el art. 31 del capítulo II del anexo n.º II de la Ley marco n.º 153/2017 reconoce una indemnización mensual en cuantía bruta: 500 lei para los médicos especialistas y los jefes de servicio que hacen al mes una guardia fuera de la jornada legal ordinaria, 1.000 lei para quienes hacen dos como mínimo, 500 lei para los biólogos, químicos y bioquímicos con dos guardias como mínimo, 500 lei para los enfermeros y las categorías asimiladas y 100 lei por cada día trabajado en días de descanso semanal y festivos, sin pasar de 300 lei al mes. El Tribunal ha citado este texto como argumento, mostrando que el legislador confirmó así la intención de tratar el pago de la guardia por separado del salario base.

Lo que no ha cambiado es el vínculo entre el pago de la guardia y un mes de calendario de 2018. El médico que entra de guardia en 2026 cobra esas horas conforme a reglas fijadas 8 años y 7 meses atrás, mientras que su salario base ha pasado por todas las etapas de la Ley marco n.º 153/2017.

Ventajas y desventajas

Lo que mejora

  • Cierra un expediente que llevaba esperando 2.015 días, es decir, 5 años, 6 meses y 5 días, desde el auto de planteamiento hasta la publicación. El proceso ante el Tribunal de Maramureș puede seguir adelante.
  • Aclara la naturaleza jurídica del pago de la guardia, en un terreno que había producido soluciones contradictorias. No es salario base, pero forma parte de la suma de los salarios base, y el Tribunal llama a ese régimen un derecho de naturaleza híbrida.
  • Elimina una desigualdad supuesta. Confirma que el tope se aplica por igual a los médicos empleados del hospital y a quienes solo hacen guardias, de modo que tampoco la segunda categoría puede pretender un trato mejor.
  • Reproduce íntegramente los dos textos criticados y la parte dispositiva de la Decisión n.º 59/2020 del tribunal supremo, así que puede usarse directamente en los expedientes antiguos, sin reconstruir la redacción de la ley en la fecha de los hechos.
  • Pone sobre la mesa la indemnización del art. 31, en vigor desde el 1 de agosto de 2023, que muchos expedientes de guardias ignoran. Quien lea la decisión sabrá que, por encima del pago con tope, existe un derecho mensual distinto.

Lo que sigue siendo un problema

  • Una medida anunciada para diez meses se ha prorrogado mediante cinco actos sucesivos, todos ordenanzas de urgencia, y ha llegado a la década. La decisión constata el margen de apreciación del legislador, pero no se pregunta si una norma transitoria prorrogada indefinidamente sigue siendo transitoria.
  • La publicación ha llegado 317 días después del pronunciamiento. La solución existía desde el 11 de noviembre de 2025, pero no producía efectos, y los órganos judiciales no podían aplicarla.
  • Los considerandos no responden al argumento más concreto del sindicato, el relativo a las guardias obligatorias, realizadas para completar la jornada legal de trabajo. La crítica mostraba que, en esas guardias, el tope crea dos niveles de salario base dentro de una misma jornada legal.
  • La decisión retoma los considerandos de una resolución publicada siete días antes del pronunciamiento. A la Decisión n.º 281/2025, invocada como jurisprudencia constante, no se le puede oponer todavía ninguna experiencia de aplicación.
  • La indemnización de 2023 no sube por encima de dos guardias al mes. A razón de 500 lei por guardia, el tope de 1.000 lei baja el valor por guardia a 333 lei con tres guardias, a 250 lei con cuatro y a 200 lei con cinco, es decir, el médico que entra de guardia con más frecuencia es el peor recompensado por guardia.
  • Esa misma disposición, el art. 34 apdo. (2), ha generado cinco planteamientos ante el Alto Tribunal de Casación y Justicia, el último de los cuales se publicó 20 días antes del pronunciamiento de esta decisión. No es señal de texto claro.

Consejos prácticos

  1. Si tiene un proceso por diferencias en el pago de las guardias, traslade la defensa de la discriminación a la cuantía. Pida al empleador el nivel efectivamente reconocido para el mes de referencia y compruebe si la tarifa horaria se calculó correctamente a partir del salario base de entonces.
  2. Compruebe los dos requisitos escritos en el tope: el mismo puesto y las mismas condiciones de desarrollo de la actividad. Si ha promocionado, ha cambiado de grado profesional o ha pasado a otra estructura, el tope ya no se aplica igual, y eso se acredita con los documentos de personal.
  3. Pida por separado la indemnización mensual del art. 31 del capítulo II del anexo n.º II de la Ley marco n.º 153/2017, si hace guardias fuera de la jornada ordinaria desde agosto de 2023 en adelante. Se reconoce por encima del pago de la guardia y esta decisión no la afecta.
  4. Cuente las guardias del mes antes de programarse. La indemnización llega a 1.000 lei con dos guardias y ya no sube, así que la tercera y las siguientes del mismo mes no aportan nada más a ese derecho.
  5. Si trabaja en día de descanso semanal o en festivo, compruebe los 100 lei por cada día trabajado, con el tope mensual de 300 lei. Son cantidades que se reclaman por días, no por meses, y su registro se lleva en la hoja colectiva de asistencia.
  6. No construya una demanda nueva sobre el art. 5 apdo. (4) del capítulo II del anexo n.º II, conforme al cual el importe de las guardias forma parte de la suma de los salarios base. El Tribunal ha mostrado que ese texto no convierte el pago de la guardia en salario base.
  7. Si prepara una nueva cuestión de inconstitucionalidad sobre estos textos, use fundamentos constitucionales distintos de los arts. 16, 41, 44 y 53. La parte dispositiva cubre únicamente las críticas formuladas, y esos cuatro artículos ya han sido examinados.

Preguntas frecuentes

¿Qué ha decidido, en resumen, el Tribunal Constitucional?
Ha desestimado la cuestión por infundada y ha declarado que el art. 34 apdo. (2) de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 114/2018 y el art. 38 apdo. (3) letra h) de la Ley marco n.º 153/2017, en la interpretación dada por el Alto Tribunal de Casación y Justicia mediante la Decisión n.º 59, de 28 de septiembre de 2020, son constitucionales en relación con las críticas formuladas. La solución se adoptó por unanimidad de votos.
¿Cómo se paga, en la práctica, una guardia?
Como elemento retributivo con tope, no como salario base. La tarifa horaria se fija a partir del salario base, pero la cuantía resultante se mantiene, como máximo, en el nivel del mes de referencia del tope, determinado conforme a lo dispuesto para el mes de enero de 2018. Las subidas posteriores del salario base no se trasladan automáticamente al pago de la guardia.
¿Hay alguna diferencia entre el médico empleado del hospital y el que solo hace guardias?
No, según la decisión. El Tribunal ha mostrado que la interpretación del tribunal supremo no establece ninguna distinción de naturaleza jurídica ni retributiva entre las dos categorías y que la remisión al salario base, para los médicos sin contrato con el centro sanitario, sirve únicamente para fijar la tarifa horaria.
¿Tengo derecho a alguna cantidad adicional por las guardias?
Sí, desde el 1 de agosto de 2023, por el art. 31 del capítulo II del anexo n.º II de la Ley marco n.º 153/2017: 500 lei brutos al mes para los médicos especialistas y los jefes de servicio que hacen una guardia fuera de la jornada legal ordinaria y 1.000 lei para quienes hacen dos como mínimo, 500 lei para biólogos, químicos y bioquímicos con dos guardias como mínimo, 500 lei para los enfermeros y las categorías asimiladas, más 100 lei por cada día trabajado en el descanso semanal o en festivos, hasta 300 lei al mes.
¿Merece la pena hacer más de dos guardias al mes?
Para la indemnización de 2023, no aporta nada más: la cantidad se detiene en 1.000 lei a partir de la segunda guardia. En relación con el número de guardias, el valor por guardia baja de 500 lei con dos guardias, a 333 lei con tres, a 250 lei con cuatro y a 200 lei con cinco. El pago de la guardia propiamente dicha, en cambio, se hace por horas trabajadas y sube con cada guardia.
¿Desde qué día produce efectos la decisión?
Desde el 24 de septiembre de 2026, fecha de publicación en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 815. El art. 147 apdo. (4) de la Constitución vincula la fuerza de obligado cumplimiento general de las decisiones del Tribunal al momento de la publicación, no al del pronunciamiento.
¿Cuánto ha durado el procedimiento?
El Tribunal de Maramureș elevó la cuestión al Tribunal Constitucional mediante Auto de 19 de marzo de 2021, y la decisión se dictó el 11 de noviembre de 2025, es decir, al cabo de 1.698 días. Hasta la publicación pasaron otros 317 días. En total, 2.015 días, es decir, 5 años, 6 meses y 5 días. El expediente de fondo lleva número de 2020.
¿Se puede seguir impugnando el tope?
El fondo queda cerrado para las críticas referidas a los arts. 16, 41, 44 y 53 de la Constitución y al art. 1 del Primer Protocolo Adicional al Convenio. Una cuestión construida sobre otros fundamentos sigue siendo posible, porque la prohibición de la Ley n.º 47/1992 solo alcanza a los textos ya declarados inconstitucionales.

Análisis de la redacción

La primera observación no se ve leyendo la decisión, porque exige abrir el historial de la ley. El Tribunal trata el tope como una opción del legislador, comprendida en su margen de apreciación, y lo refiere a la Ley marco n.º 153/2017, publicada el 28 de junio de 2017. La letra h), sin embargo, no estaba en aquella ley. Se introdujo el 8 de diciembre de 2017, por el punto 12 del artículo único de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 91/2017, es decir, 163 días después de la publicación de la ley marco. Las prórrogas llegaron después por esa misma vía: la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 114/2018 para el año 2019, la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 1/2020 para el año 2020, la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 226/2020 para 2021 y la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 130/2021 para 2022. Cinco actos, ninguno de ellos ley aprobada por el Parlamento. Los considerandos hablan del derecho y de la obligación del legislador de establecer el sistema retributivo, pero el texto confirmado no lo escribió el legislador al que los considerandos se refieren.

La segunda observación se refiere a un desajuste de calendario entre la norma citada y la interpretación validada. La decisión reproduce el art. 34 apdo. (2) en su redacción actual, la que habla del mes de enero de 2020 y del nivel reconocido para el mes de diciembre de 2019. Esa redacción está en vigor desde el 9 de enero de 2020, cuando se modificó por la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 1/2020. La interpretación que el Tribunal somete a control, la de la Decisión n.º 59/2020 del tribunal supremo, está construida en cambio sobre la redacción anterior: dice que, a partir del 1 de enero de 2019, la cuantía se mantiene, como máximo, en el nivel reconocido para el mes de diciembre de 2018. Las dos se concilian, porque cada versión se aplica a su periodo, y la decisión reproduce además íntegramente la parte dispositiva del tribunal supremo. No hemos llevado la observación a la errata, porque un lector de buena fe no llega a dos conclusiones jurídicas distintas. Queda, aun así, el hecho de que el párrafo que cita la norma y el que cita la interpretación hablan de años diferentes, y nada en los considerandos explica por qué.

La tercera observación sale del recuento de los planteamientos que este apartado ha producido. El art. 34 apdo. (2) de la Ordenanza de urgencia del Gobierno n.º 114/2018 ha llegado cinco veces ante el Alto Tribunal de Casación y Justicia, por la vía de la resolución de cuestiones de derecho: la Decisión n.º 59/2020, publicada el 12 de enero de 2021, y la Decisión n.º 7/2021, publicada el 9 de marzo de 2021, ambas estimatorias, y después las Decisiones n.º 50/2025, n.º 181/2025 y n.º 320/2025, desestimatorias, publicadas el 19 de mayo, el 16 de julio y el 22 de octubre de 2025. La última apareció 20 días antes del pronunciamiento de la decisión de aquí. Un texto cuya aplicación exige cinco intervenciones del tribunal supremo en cinco años ya no puede describirse solo como una opción clara de política retributiva, y el Tribunal no comenta la serie.

La cuarta observación se refiere al argumento que ha quedado sin respuesta. La crítica del sindicato comprendía tres situaciones distintas, no una. La primera es la del médico con contrato para la jornada ordinaria frente al que no lo tiene. La segunda, la que no aparece en absoluto en los considerandos del Tribunal, se refiere a las guardias obligatorias, es decir, a las realizadas para completar la jornada legal de trabajo, previstas en el art. 5 apdo. (2) del capítulo II del anexo n.º II de la Ley marco n.º 153/2017. El argumento era que, si todos los derechos de la línea de guardia son elementos con tope, entonces dentro de la propia jornada legal de trabajo aparecen dos niveles de pago: uno para las horas ordinarias, en el salario base actual, y otro para las horas de guardia obligatoria, en el nivel de enero de 2018. Los considerandos recogen del tribunal supremo la idea de que la actividad de guardia tiene siempre la misma naturaleza jurídica, con independencia de cuándo se realice, pero no vuelven a la consecuencia de cálculo que el sindicato deducía de ella.

La quinta observación es una cifra recalculada, sobre el único derecho que ha subido en este intervalo. La indemnización del art. 31, en vigor desde el 1 de agosto de 2023, es de 500 lei por una guardia mensual y de 1.000 lei por dos como mínimo, sin ningún escalón más arriba. Por tanto, el valor por guardia es de 500 lei con una guardia, de 500 lei con dos, de 333 lei con tres, de 250 lei con cuatro y de 200 lei con cinco. La ganancia marginal por la tercera guardia y por cada una de las siguientes es cero. En un sistema en el que las líneas de guardia las cubren precisamente los médicos que asumen varias guardias al mes, el incentivo funciona al revés.

Por último, una observación sobre el origen de la solución. Los considerandos están tomados de la Decisión n.º 281, de 29 de mayo de 2025, presentada como jurisprudencia en la materia. Aquella decisión se publicó el 4 de noviembre de 2025, es decir, 159 días después de dictarse y 7 días antes del pronunciamiento de la decisión de aquí. La inició asimismo el Sindicato Independiente de los Médicos de Maramureș, en otros tres expedientes, procedentes del Tribunal de Apelación de Cluj y del Tribunal de Maramureș. La misma organización ha llevado, pues, el mismo problema a cuatro asuntos como mínimo, y la segunda desestimación se apoya en la primera, que pasó a ser obligatoria una semana antes.

Qué debería cambiar

  • El tope debería tener un término final escrito en la ley, y no una prórroga anual mediante ordenanza de urgencia. Hoy, un médico no puede saber por ninguna norma hasta cuándo le queda congelado el pago de la guardia, porque la respuesta llega cada diciembre, mediante un acto nuevo. Un horizonte fijo haría previsible el ingreso y acortaría la discusión ante los tribunales.
  • La ley debería decir expresamente cómo se pagan las guardias obligatorias, las que completan la jornada legal de trabajo. Este es el punto que ni el tribunal supremo ni el Tribunal Constitucional zanjan, y es el que decide si dentro de la misma jornada legal existe un solo nivel de pago o dos. Una frase en el art. 5 del capítulo II del anexo n.º II cerraría el problema.
  • La indemnización del art. 31 debería subir por cada guardia, en lugar de detenerse en dos. En la redacción actual, el médico con cinco guardias mensuales recibe 200 lei por guardia, y el que hace dos recibe 500 lei. El pago por guardia, aunque fuera menor por unidad, correlacionaría la indemnización con el esfuerzo real y ayudaría a los hospitales que no consiguen cubrir las líneas de guardia.
  • El art. 34 apdo. (2) debería reescribirse con un solo mes de referencia, actualizado una vez, en lugar de la sucesión de meses de las ordenanzas anuales. Tal como está ahora, la cuantía se determina a partir de diciembre de 2019, que remite a diciembre de 2018, que remite a enero de 2018. Tres niveles de remisión para una sola cantidad producen errores de cálculo en cada hospital.
  • El intervalo entre el pronunciamiento y la publicación debería limitarse mediante una norma expresa. Aquí fueron 317 días, y en la decisión que esta cita, 159 días. Un plazo escrito en la Ley n.º 47/1992 detendría la situación en la que una decisión pasa a ser obligatoria una semana antes de usarse como precedente en otro asunto.
  • El contrato individual de trabajo a tiempo parcial para la línea de guardia debería indicar expresamente el régimen del pago. La crítica se apoyaba precisamente en la cláusula del contrato, que refiere los derechos al salario base bruto mensual, ajustado según las modificaciones legislativas. Si el tope se aplica de todos modos, la cláusula induce a error y debería reformularse en el modelo de contrato.

Texto original del acto normativo

El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.

El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía

Boletín Oficial de Rumanía n.º 815 de 24 de septiembre de 2026, páginas 2-7 8 páginas PDF, 83 KB el acto comienza en la página 2

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.