En resumen

  • El Gobierno reescribe la lista de infracciones en el transporte por carretera de mercancías peligrosas: 50 conductas, repartidas en tres categorías de riesgo, desde las que detienen el camión en el acto hasta las que se subsanan más tarde.
  • El agente que realiza el control puede subir o bajar la calificación de una conducta, según las circunstancias, y un camión con varias infracciones se declara una sola vez, en la categoría más grave.
  • La decisión no se aplica de inmediato: entra en vigor a los 30 días de su publicación, es decir, el 17 de septiembre de 2026.
Acto: Decisión del Gobierno n.º 614/2026
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 683, de 18 de agosto de 2026
Entrada en vigor: 17 de septiembre de 2026

A partir del 17 de septiembre, el control de una cisterna de gasóleo o de un camión cargado de bombonas se hará conforme a una lista nueva de infracciones, con 50 posiciones. El Gobierno ha modificado, mediante la Decisión n.º 614/2026, las Normas de realización de la actividad de transporte por carretera de mercancías peligrosas en Rumanía, aprobadas en 2007. La decisión transpone una directiva delegada de la Comisión Europea de junio de 2025, que modificó los anexos de la directiva europea sobre los procedimientos uniformes de control en este ámbito. Es la segunda intervención del año sobre las reglas de transporte de mercancías peligrosas, después de la sustitución de las normas para el transporte aéreo.

Las mercancías peligrosas no son una categoría exótica. Aquí entran los combustibles que llegan a las gasolineras, las bombonas de gas, el cloro de las estaciones de tratamiento de agua, los fertilizantes, las pinturas industriales, los ácidos que se usan en las fábricas y los residuos químicos. Las reglas proceden del A.D.R., el acuerdo europeo que fija cómo se envasan, se etiquetan y se transportan estas mercancías, mientras que las normas rumanas dicen quién controla y qué ocurre cuando algo no está en regla.

La modificación no toca el acuerdo europeo, sino la parte rumana: quién autoriza, cómo se califican las infracciones, qué se comunica y con qué formulario se hace el control en carretera.

También para el transporte de mercancías por carretera, el Estado publicó la guía de financiación para los camiones de cero emisiones, el régimen de 299 millones de euros del Fondo de Modernización.

Los efectos que produce

El efecto más visible es la lista de infracciones, reescrita por completo en tres artículos. La categoría I de riesgo, la que se refiere a las conductas con riesgo elevado de muerte, de lesiones graves o de daños importantes al medio ambiente, comprende 26 conductas. Entre ellas: el transporte de mercancías cuyo transporte está prohibido, el escape de sustancias peligrosas, el transporte con un vehículo sin certificado de aprobación, la falta del certificado A.D.R. del conductor, el uso de fuego no protegido, el incumplimiento de la prohibición de fumar y la negativa a permitir el control. La decisión establece que, cuando se constatan en carretera, la medida habitual es la inmovilización del vehículo.

La categoría II de riesgo, con 18 conductas, cubre las infracciones que presentan un riesgo de lesiones corporales o de daños al medio ambiente, sin que exista un peligro inmediato: extintores ausentes o no conformes, plazos vencidos en las pruebas de los embalajes y de las cisternas, cierre incorrecto de los recipientes, etiquetas y marcas inadecuadas. Aquí la medida típica no es la inmovilización, sino la puesta en conformidad en el lugar del control o, si no es posible, antes de que finalice el viaje.

La categoría III de riesgo solo tiene 6 conductas, de riesgo bajo, y la decisión precisa que para ellas no es necesaria una medida correctora in situ, ya que la empresa puede subsanarlas más tarde: dimensiones incorrectas de los paneles naranja o de las etiquetas, información ausente en los documentos de transporte distinta de la considerada grave, falta a bordo del certificado A.D.R. del conductor cuando existan pruebas de que lo posee, y falta a bordo de un medio de identificación con fotografía de cada miembro de la tripulación.

El segundo efecto es el margen de apreciación de quien controla. El texto dice que la calificación de la conducta en una categoría de riesgo la hace el personal con funciones de control, en función de las circunstancias específicas de cada caso y sobre la base de su apreciación, y que la categoría puede aumentarse o reducirse, respetando los criterios de las normas. Las conductas que no figuran en las tres listas se clasifican por comparación con la descripción de las categorías.

El tercer efecto afecta a los transportistas con varios problemas en un mismo control. Si la lista de control constata varias infracciones en la misma unidad de transporte, esa unidad se clasifica una sola vez, en la categoría de riesgo más grave de las constatadas. Es una regla de comunicación de datos, no de sanción: no significa que se imponga una sola multa, sino que el vehículo entra una sola vez en la estadística.

El cuarto efecto es una autorización nueva. En la lista de competencias del artículo 15 se introduce la autorización de la actividad de transporte por carretera de materiales radiactivos, como posición diferenciada. Allí mismo se añade un apartado según el cual la reglamentación técnica para una parte de esas competencias se aprueba mediante orden conjunta del ministro del Interior y del ministro de Transportes e Infraestructuras, orden que debe dictarse en el plazo de 180 días desde la entrada en vigor de la decisión, es decir, hasta el 16 de marzo de 2027.

El quinto efecto tiene que ver con la información periódica. Las instituciones con funciones de control envían a la Dirección de Transporte por Carretera del ministerio, hasta el 31 de mayo de cada año, un informe con el número de controles, el número de vehículos verificados por país de matriculación, el número y los tipos de conductas y el tipo y el número de sanciones. El organismo que expide los certificados de consejero de seguridad envía, hasta la misma fecha, el volumen total de mercancías peligrosas transportadas por carretera, en toneladas y en toneladas-kilómetro. El ministerio remite a la Comisión Europea los informes correspondientes a dos años, hasta el 31 de diciembre de cada año par.

Por último, cambia la lista de control. El anexo n.º 1 de las normas se sustituye por el formulario del anexo de la decisión, redactado a dos columnas, en rumano y en inglés, con 31 apartados que van desde el lugar, la fecha y la hora del control, la matrícula y la empresa que efectúa el transporte, hasta las medidas correctoras, el precinto colocado o roto y la institución que ha realizado el control.

Qué ha cambiado respecto de la situación anterior

Las normas que ahora se modifican fueron aprobadas por la Decisión del Gobierno n.º 1.175/2007, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 696, de 15 de octubre de 2007, y han sido modificadas varias veces desde entonces. La Decisión n.º 614/2026 interviene sobre catorce puntos de ellas.

Tres intervenciones son de estructura. Se deroga el apartado (3) del artículo 12. El artículo 13, apartado (1), se reescribe de manera que los vehículos matriculados o puestos en circulación en Estados miembros de la Unión Europea están autorizados a realizar transportes internacionales de mercancías peligrosas en Rumanía si respetan la directiva europea sobre el transporte terrestre de mercancías peligrosas. El artículo 14 remite ahora, para las excepciones, a la sección 1.1.3 y a los capítulos 1.6 y 1.7 del anexo A del A.D.R.

Una cuarta intervención se refiere a las empresas que trabajan con mercancías peligrosas de alto riesgo: el artículo 20 las remite a los cuadros de los apartados 1.10.3.1.2 y 1.10.3.1.3 y les exige respetar el capítulo 1.10 del anexo A del A.D.R., es decir, las reglas de protección, incluido el plan de protección. El incumplimiento de ese capítulo figura, en la nueva lista, en la categoría I de riesgo, y el texto precisa que ahí entra también la falta de elaboración o de aplicación del plan de protección.

El informe anual de las empresas se elabora ahora conforme al modelo del anexo n.º 3d) de las normas sobre la formación y la acreditación de los consejeros de seguridad, aprobadas por la Orden del ministro de Transportes n.º 1.214/2015, es decir, mediante una remisión a un acto ya existente, en lugar de una descripción propia.

Lo más importante que no ha cambiado es el propio acuerdo A.D.R. La decisión no modifica ninguna regla técnica de envasado, etiquetado o carga, sino solo la forma en que el Estado rumano las controla y las comunica. Quien transporta mercancías peligrosas no tiene que cambiar nada en la mercancía, pero sí tiene que releer qué ocurre en un control.

El momento de aplicación también es distinto de lo habitual. La mayoría de las decisiones del Gobierno entran en vigor con la publicación. Esta prevé expresamente 30 días, de modo que se aplica desde el 17 de septiembre de 2026, lo que deja un mes para la formación de los conductores y de los consejeros de seguridad.

Ventajas y desventajas

Lo que mejora

  • La lista de infracciones vuelve a estar alineada con las reglas europeas de control, de modo que un camión rumano verificado en otro Estado miembro se juzga con los mismos criterios.
  • Las tres categorías de riesgo tienen ahora descripciones claras de la medida que sigue: inmovilización, puesta en conformidad o nada en el acto.
  • La regla de clasificar una sola vez, en la categoría más grave, impide inflar artificialmente la estadística con el mismo vehículo.
  • El transporte de materiales radiactivos recibe una autorización diferenciada, en lugar de tratarse junto con el resto de las mercancías peligrosas.
  • La lista de control bilingüe facilita la verificación de los vehículos extranjeros y la comunicación con las autoridades de otros Estados.

Lo que sigue siendo un problema

  • El margen de apreciación del agente, que puede aumentar o reducir la categoría de riesgo, da menos previsibilidad al transportista y depende de la formación de quien controla.
  • Las conductas que no aparecen en las listas se califican por comparación con la descripción de las categorías, lo que sigue siendo una decisión tomada sobre la marcha.
  • La reglamentación técnica de una parte de las competencias se deja a una orden conjunta de los dos ministerios, con plazo hasta el 16 de marzo de 2027, de modo que la norma no está completa en la fecha en que empieza a aplicarse.
  • Los 30 días hasta la entrada en vigor son pocos para las empresas que tienen que volver a formar a los conductores y rehacer los procedimientos internos.
  • La decisión no dice qué ocurre con las listas de control cumplimentadas en el formulario antiguo durante el periodo de transición.

Consejos prácticos

  1. Si transporta mercancías peligrosas, lea la lista de la categoría I antes del 17 de septiembre. Son las conductas por las que el camión puede quedar inmovilizado en el acto, y algunas tienen que ver con detalles menores, como la visibilidad de los paneles naranja.
  2. Compruebe si la mercancía que transporta figura en los cuadros de alto riesgo de los apartados 1.10.3.1.2 y 1.10.3.1.3 del anexo A del A.D.R. Si es así, el plan de protección deja de ser una formalidad: su ausencia está en la categoría I de riesgo.
  3. Verifique que las placas-etiqueta y los paneles naranja se ven desde el exterior, sin quedar tapados por elementos estructurales ni por otros objetos. La nueva lista trata este caso por separado.
  4. Pida a su consejero de seguridad que le confirme que el informe anual se elabora conforme al modelo de las normas aprobadas por la Orden del ministro de Transportes n.º 1.214/2015.
  5. Si es una empresa de transporte internacional, compruebe que los vehículos matriculados en otro Estado miembro con los que trabaja respetan la directiva europea sobre el transporte terrestre de mercancías peligrosas.
  6. Lleve a bordo un medio de identificación con fotografía de cada miembro de la tripulación. Es una infracción de la categoría III, pero aparece en la lista de control.
  7. Siga la publicación de la orden conjunta del ministro del Interior y del ministro de Transportes e Infraestructuras, la que tiene plazo hasta el 16 de marzo de 2027. Ahí estará la reglamentación técnica de las autorizaciones y de las verificaciones.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se aplican las nuevas reglas?
Desde el 17 de septiembre de 2026. La decisión prevé expresamente que entra en vigor a los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial de Rumanía, que tuvo lugar el 18 de agosto de 2026.
¿Cuántas infracciones tiene la nueva lista?
50 en total: 26 en la categoría I de riesgo, 18 en la categoría II y 6 en la categoría III.
¿Qué significa la categoría I de riesgo?
Las conductas que presentan un riesgo elevado de muerte, de lesiones corporales graves o de daños importantes al medio ambiente. Constatarlas en carretera lleva, por regla general, a medidas correctoras inmediatas, como la inmovilización del vehículo.
¿Puede el agente de control cambiar la calificación de una conducta?
Sí. El texto prevé que la calificación se hace en función de las circunstancias específicas de cada conducta, sobre la base de la apreciación del personal con funciones de control, y que la categoría de riesgo puede aumentarse o reducirse, respetando los criterios de las normas.
Si un camión tiene varias infracciones, ¿se declara varias veces?
No. La lista de control y la unidad de transporte se clasifican una sola vez, en la categoría de riesgo más grave de las constatadas. La regla afecta a la comunicación de datos, no al número de sanciones.
¿Cambia algo en las reglas de envasado o de etiquetado?
No. Esas proceden del A.D.R., que la decisión no modifica. Cambia la parte rumana: las autorizaciones, la calificación de las infracciones, la información periódica y el formulario de control.
¿Qué se comunica a la Comisión Europea?
El número de controles, los vehículos verificados por país de matriculación, las conductas constatadas y las sanciones impuestas, además del volumen total de mercancías peligrosas transportadas por carretera. El ministerio remite los informes correspondientes a dos años, hasta el 31 de diciembre de cada año par.

Texto original del acto normativo

El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.

El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía

Boletín Oficial de Rumanía n.º 683, de 18 de agosto de 2026 16 páginas PDF, 136 KB el acto comienza en la página 5

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.