En resumen
- El Ministerio de Energía ha reescrito las reglas por las que se autoriza a los auditores energéticos para la industria y por las que se acredita a los gestores energéticos y a las empresas de servicios energéticos. Los dos reglamentos nuevos entran en vigor el 12 de octubre de 2026, a los 60 días de su publicación.
- La autorización de auditor energético se concede para tres tipos de auditoría, electroenergética, termoenergética y compleja, y tiene una validez de 3 años desde su expedición. Se exige una licenciatura en alguno de los ámbitos de ingeniería enumerados, un mínimo de 3 años de experiencia y un curso de especialidad.
- Los expedientes ya presentados y aún sin resolver se tratan con una regla de transición: los completos, que cumplían los requisitos en la fecha de registro, se autorizan con las reglas antiguas; los demás, presentados en papel, se devuelven en 60 días desde la entrada en vigor.
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 671 de 13 de agosto de 2026
Entrada en vigor: 12 de octubre de 2026
Una fábrica que quema más de 1.000 toneladas equivalentes de petróleo al año y una ciudad de más de 20.000 habitantes tienen la misma obligación legal: contar con un gestor energético acreditado. Desde el 12 de octubre, tanto él como el auditor que revisa sus instalaciones pasan por un filtro nuevo. La Orden del ministro interino de Energía n.º 798/2026 se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 671 de 13 de agosto de 2026 y aprueba dos reglamentos distintos, uno para la autorización de los auditores energéticos para la industria y los procesos, y otro para la acreditación de los gestores energéticos y de las sociedades prestadoras de servicios energéticos. Es la segunda intervención del ministerio en la materia este mes, después de la orden que estableció los equipos de control de la etiqueta energética de los electrodomésticos.
El fundamento es la Ley n.º 121/2014 de eficiencia energética, la norma que obliga a los grandes consumidores de energía a realizar auditorías periódicas y a nombrar un gestor energético. Los reglamentos dicen quién puede hacer esos trabajos y cómo se obtiene ese derecho.
La autoridad competente sigue siendo el Ministerio de Energía, a través de su estructura especializada en eficiencia energética. La parte administrativa, es decir, el registro, la impresión, la expedición y el archivo de los documentos, corresponde al Centro de Formación del Personal de la Industria de Bușteni. Las decisiones se toman en una comisión de la que forman parte especialistas del ministerio, representantes del centro de Bușteni, de las asociaciones profesionales y del ámbito universitario.
Los dos reglamentos suman 85 páginas y se publican en la edición separada n.º 671 bis del Boletín Oficial de Rumanía. La orden de base, la de la edición n.º 671, tiene cinco artículos.
Los efectos que produce
El auditor energético recibe tres tipos de autorización, según lo que revise. El reglamento del anexo n.º 1 prevé una autorización para la auditoría electroenergética, denominada AEL, otra para la auditoría termoenergética, denominada ATE, y otra para la auditoría energética compleja, denominada ACO. La solicitud se presenta para el tipo de auditoría deseado, no para una cualificación general.
La autorización tiene una validez de tres años desde la fecha de expedición. Pasado ese plazo hay que pedir la prórroga, con una tasa aparte, y el reglamento regula por separado la modificación, la suspensión y la anulación de la autorización, así como la expedición del duplicado.
Las condiciones de acceso son las mismas para los tres tipos. La persona física debe tener plena capacidad de obrar, un certificado de antecedentes penales sin anotaciones y la prueba de su formación profesional. La experiencia mínima exigida es de 3 años, adquirida en actividades docentes, de investigación, de proyecto, de ejecución o de explotación, y el curso de formación en auditoría energética es obligatorio.
La lista de ámbitos de licenciatura admitidos es cerrada. El reglamento enumera ingeniería energética, ingeniería eléctrica, ingeniería mecánica, ingeniería civil, ingeniería de instalaciones, ingeniería geológica, minas, petróleo y gas, ingeniería industrial, ingeniería ambiental, ingeniería química e ingeniería y protección del medio ambiente en la industria química y petroquímica, con remisión al nomenclátor aprobado mediante la Decisión gubernamental n.º 412/2025.
La autorización puede pedirse como persona física, como persona física autorizada o como persona jurídica. El reglamento tiene procedimientos separados para cada una de las tres formas, con clases distintas: clase I para la persona física, clase II para la persona jurídica.
En los gestores energéticos hay dos acreditaciones diferentes, no una sola. El reglamento del anexo n.º 2 prevé una acreditación de gestor energético para la industria y otra de gestor energético para localidades. La primera cubre a los operadores económicos de la industria, el transporte y los servicios, así como a las instituciones y entidades públicas con un consumo anual superior a 1.000 toneladas equivalentes de petróleo. La segunda cubre a las localidades de más de 20.000 habitantes.
Las empresas de servicios energéticos se acreditan aparte y solo pueden contratar aquello que cubren con su personal. Una sociedad puede firmar contratos de gestión energética con operadores económicos de más de 1.000 tep si cuenta al menos con un gestor energético para la industria, con autoridades locales de localidades de más de 20.000 habitantes si cuenta al menos con un gestor energético para localidades, y con las dos categorías si dispone de los dos tipos de gestores.
La acreditación del gestor pasa por un examen y un proyecto de gestión energética, puntuado con baremo. El reglamento contiene el contenido marco del proyecto, separado para la industria y para las localidades de más de 20.000 habitantes, además de los criterios de puntuación. Los miembros de la comisión firman una declaración de imparcialidad, confidencialidad, disponibilidad y sobre el conflicto de intereses.
Qué ha cambiado respecto de la situación anterior
La orden no modifica la normativa antigua punto por punto, sino que la sustituye. El artículo 2, apartado (2), dice que, en la fecha de entrada en vigor, cualquier disposición contraria deja de aplicarse. En la práctica, los dos reglamentos pasan a ser el único procedimiento aplicable para la autorización de los auditores energéticos para la industria y para la acreditación de los gestores energéticos.
La regla de transición es la que importa para quien ya tiene un expediente presentado. El artículo 3 divide los expedientes sin resolver en dos: los completos, que cumplían los requisitos de acreditación conforme a las normas vigentes en la fecha de registro de la solicitud, se autorizan con aquellos requisitos; los que no los cumplían y se presentaron en formato físico se devuelven a los solicitantes en el plazo de 60 días desde la entrada en vigor de la orden.
El plazo de entrada en vigor es en sí mismo un cambio de enfoque. Las órdenes de este tipo suelen producir efectos desde su publicación. Aquí, el artículo 2, apartado (1), prevé 60 días, es decir, el 12 de octubre de 2026, lo que da tiempo tanto al ministerio para preparar la aplicación como a los solicitantes para completar sus expedientes.
También cambia la estructura institucional del procedimiento. La comisión de autorización incluye ahora expresamente a representantes de las asociaciones profesionales de los auditores y gestores energéticos de Rumanía y del ámbito universitario, junto a los especialistas del ministerio y al Centro de Formación del Personal de la Industria de Bușteni.
Por último, el reglamento de los auditores contiene un capítulo dedicado a los criterios mínimos de las auditorías energéticas, incluidas las realizadas como parte de los sistemas de gestión de la energía, y un capítulo sobre las clases y los tipos de auditoría. Al auditor se le exige emplear aparatos conformes con las normas aplicables, con verificación metrológica o calibración en vigor, y mencionar en el informe el tipo de aparato, el rango de medida y la fecha de la verificación.
Ventajas y desventajas
Lo que mejora
- Los 60 días hasta la entrada en vigor dan un margen real de adaptación, a diferencia de las órdenes que producen efectos desde su publicación.
- La separación de la autorización en tres tipos de auditoría, electroenergética, termoenergética y compleja, deja claro qué puede hacer cada auditor.
- La exigencia de aparatos con verificación metrológica en vigor, mencionada expresamente en el informe, eleva el nivel mínimo de seriedad de una auditoría.
- Los expedientes completos ya presentados quedan protegidos: se resuelven con las reglas de la fecha de registro, no con las nuevas.
- La presencia de las asociaciones profesionales y del ámbito universitario en la comisión reduce el riesgo de una evaluación cerrada, meramente administrativa.
- La declaración de imparcialidad y de conflicto de intereses que firman los miembros de la comisión es una garantía procedimental que faltaba en la práctica anterior.
Lo que sigue siendo un problema
- La validez de solo 3 años de la autorización de auditor supone coste y burocracia recurrentes para un profesional en activo.
- La lista cerrada de ámbitos de licenciatura puede dejar fuera a especialistas competentes con títulos próximos, pero no enumerados.
- Las tasas no se fijan en esta orden, sino en una orden aparte del ministro de Energía, así que el coste real de la autorización todavía no se puede calcular.
- Los expedientes en papel que no cumplían los requisitos se devuelven, y el solicitante reinicia el procedimiento desde cero, con las reglas nuevas.
- Los dos reglamentos tienen 85 páginas publicadas en una edición aparte del Boletín Oficial de Rumanía, que se adquiere en papel.
- La fórmula «cualquier disposición contraria deja de aplicarse» deja al usuario la tarea de averiguar por sí mismo qué normas antiguas siguen en vigor.
Consejos prácticos
- Si tienes un expediente presentado y sin resolver, comprueba cuanto antes si está completo. Los expedientes completos se resuelven con las reglas antiguas; los incompletos presentados en papel se devuelven en 60 días desde el 12 de octubre.
- Elige el tipo de autorización según los trabajos que hagas realmente: AEL para la auditoría electroenergética, ATE para la termoenergética, ACO para la compleja.
- Apunta la fecha de caducidad de la autorización. Tiene una validez de 3 años desde su expedición y la prórroga se pide antes del vencimiento, con una tasa aparte.
- Si tu empresa consume más de 1.000 toneladas equivalentes de petróleo al año, comprueba que el gestor energético tenga la acreditación para la industria, no la de localidades. Son dos acreditaciones diferentes.
- Si eres ayuntamiento de una ciudad de más de 20.000 habitantes, pide a la empresa contratante la prueba de que tiene un gestor energético para localidades. Sin él no puede firmar el contrato contigo.
- Prepara la prueba de los 3 años de experiencia en la forma exigida: actividad docente, de investigación, de proyecto, de ejecución o de explotación, en los ámbitos técnicos enumerados en el reglamento.
- Comprueba la vigencia de la verificación metrológica de los aparatos de medida antes de empezar una auditoría. El informe debe mencionar el tipo de aparato, el rango de medida y la fecha de la verificación.
Preguntas frecuentes
¿Quién debe tener un gestor energético?
¿Qué diferencia hay entre auditor energético y gestor energético?
¿Cuánto dura la autorización de auditor energético?
¿Qué experiencia profesional se exige?
¿Puede una empresa estar autorizada como auditor energético?
¿Qué pasa con las solicitudes presentadas antes del 12 de octubre de 2026?
¿Cuánto cuesta la autorización?
Texto original del acto normativo
El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.
El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía
Boletín Oficial de Rumanía n.º 671 de 13 de agosto de 2026 16 páginas PDF, 100 KB el acto comienza en la página 14
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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.
