En resumen
- Para Rumanía no ha cambiado nada. Las 41 provincias y la zona de la ciudad de Bucarest siguen en la zona restringida III, el escalón más severo de los tres. La lista es idéntica, posición por posición y en el mismo orden, a la del reglamento de hace seis días. La única diferencia entre los dos textos es un guion añadido en Bistrița-Năsăud.
- Lituania ha salido por completo del escalón más duro. La parte III de la lista ha bajado de nueve Estados miembros a ocho, e Italia ha sacado de ahí todas las localidades del Piamonte y una de Liguria. Rumanía se ha quedado en la primera posición, el único Estado que figura con todo su territorio.
- Las reglas que soporta un ganadero rumano son las mismas. Los cerdos vivos no pueden salir a otro país, la carne fresca recibe una marca sanitaria con dos líneas diagonales de más y circula solo dentro de Rumanía, y el veterinario oficial tiene que pasar por la explotación al menos una vez cada tres meses.
Publicado: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, 2026/2135 de 21 de septiembre de 2026
Entrada en vigor: 22 de septiembre de 2026, al día siguiente de la publicación, porque así lo dispone el artículo 3 del reglamento
La Comisión Europea ha vuelto a sustituir por entero los dos anexos que componen el mapa europeo de la peste porcina africana. Es la segunda reescritura completa en seis días, después de la publicada el 15 de septiembre de 2026, que dejaba toda Rumanía en la zona restringida III. La comparación entre los dos textos, hecha posición por posición, muestra una sola cosa cambiada en lo que atañe a Rumanía: un guion, en el nombre de la provincia de Bistrița-Năsăud.
El acto nuevo se llama Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2135, fue adoptado en Bruselas el 18 de septiembre de 2026 y publicado el 21 de septiembre de 2026. El artículo 1 dice que los anexos I y II del Reglamento (UE) 2023/594 se sustituyen por el texto del anexo del nuevo reglamento, así que nada se modifica de forma puntual: las listas antiguas desaparecen y en su lugar entran otras, a lo largo de 78 páginas. El artículo 2 deroga la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1973, las medidas de emergencia adoptadas para Italia el 1 de septiembre de 2026, y el artículo 3 fija la entrada en vigor al día siguiente de la publicación, es decir, el 22 de septiembre de 2026.
Los cambios de fondo afectan a tres Estados miembros. En Polonia, un brote en porcinos criados en explotación en la región de Lubelskie ha subido la zona afectada de la zona II a la zona III, y dos brotes en porcinos silvestres, en Kujawsko-Pomorskie y en Podkarpackie, han subido esas zonas de la zona I a la zona II. En sentido contrario, Italia y Lituania han bajado un escalón: la parte de la región del Piamonte que figuraba en la zona III ha pasado a la zona II, lo mismo que una zona de la región de Šiauliai, en Lituania, en ambos casos porque no ha aparecido ningún brote en porcinos de explotación en los últimos tres meses. Aparte, un brote en porcinos silvestres confirmado el 27 de agosto de 2026 en la región del Lacio ha llevado a inscribir una zona infectada en torno a Roma, en la parte A del anexo II, con fecha límite de 30 de noviembre de 2026.
El nombre de Rumanía aparece una sola vez en todo el acto de 82 páginas, en la parte III del anexo I, en la posición 1. Ninguna superficie del país figura en la parte I ni en la parte II, es decir, en los escalones más suaves. La lista comprende 42 posiciones, la zona de la ciudad de Bucarest y las 41 provincias, en el orden del acto: Constanța, Satu Mare, Tulcea, Bacău, Bihor, Bistrița-Năsăud, Brăila, Buzău, Călărași, Dâmbovița, Galați, Giurgiu, Ialomița, Ilfov, Prahova, Sălaj, Suceava, Vaslui, Vrancea, Teleorman, Mehedinți, Gorj, Argeș, Olt, Dolj, Arad, Timiș, Covasna, Brașov, Botoșani, Vâlcea, Iași, Hunedoara, Alba, Sibiu, Caraș-Severin, Neamț, Harghita, Mureș, Cluj y Maramureș.
El resto de la parte III tiene otro aspecto. Bulgaria, Croacia, Grecia, Italia, Polonia, Eslovaquia y Hungría figuran con municipios, localidades, distritos o unidades de gestión cinegética, a veces con medios pueblos delimitados por una carretera o por un río. Rumanía es la única que aparece con unidades administrativas enteras, de un extremo a otro del país.
Los efectos que produce
El régimen de la zona restringida III es el del Reglamento (UE) 2023/594, y el acto del 21 de septiembre de 2026 no lo toca: solo le reescribe el mapa. El punto de partida es el artículo 9, apartado 1, que prohíbe el movimiento de partidas de porcinos de explotación dentro de las zonas restringidas I, II y III y fuera de ellas. La prohibición es general, y todo lo que viene después son excepciones que la autoridad sanitaria veterinaria puede conceder. El ganadero no tiene derecho a ellas.
Para una explotación de una provincia rumana, las excepciones útiles son tres. El artículo 28, apartado 1, permite trasladar los animales a una instalación del mismo eslabón de producción, pero solo en situaciones excepcionales de bienestar animal y solo hacia una zona II o, a falta de esta, hacia una zona I del mismo país. Como Rumanía no tiene zona I ni zona II, esa variante es teórica; lo que queda en pie es el apartado 2, que permite el traslado a otra instalación dentro de la misma zona III. El artículo 29 permite sacar los cerdos de la zona III para sacrificio inmediato, cuando los mataderos designados de la zona no dan abasto o no existen, al matadero designado más próximo del mismo país, con la obligación de mantener los animales separados y sacrificarlos o bien en un día reservado a ellos, o bien al final de la jornada, y de limpiar y desinfectar el matadero antes de reanudar el sacrificio de otros cerdos. El artículo 30 permite el trayecto corto, a un matadero designado dentro de la misma zona III.
Para la carne, la regla de base es el artículo 12, apartado 1: la carne fresca y los productos cárnicos obtenidos de porcinos de las zonas II y III no pueden salir de esas zonas. La excepción que cuenta en Rumanía es el artículo 43. Permite que la carne de una zona III circule hacia otras zonas o fuera de ellas, pero solo en el territorio del mismo Estado miembro, solo si los animales fueron sacrificados en esa misma zona III o sacados para sacrificio conforme al artículo 29, solo si el establecimiento de transformación está designado conforme al artículo 44, apartado 1, y solo si el producto está marcado conforme al artículo 47. La marca es la habitual, sanitaria o de identificación, sobre la que se añaden dos líneas diagonales paralelas. En la práctica, la carne circula por toda Rumanía, pero sale del matadero con un signo que le cierra la frontera.
El tercer efecto se ve en el calendario de la explotación. El artículo 16, apartado 1, letra a), exige visitas del veterinario oficial al menos una vez cada tres meses en la zona restringida III, frente a al menos dos veces al año, con un intervalo mínimo de cuatro meses, en las zonas I y II. El resultado favorable de esas visitas es la condición sobre la que se apoya cualquier autorización posterior de transporte. A eso se añade el artículo 13, que permite a la autoridad nacional prohibir todavía más, en su propio territorio, si considera que existe riesgo de propagación.
Cuánto dura el régimen se lee en el Reglamento (UE) 2023/594, no en este acto. El artículo 61 del reglamento de base dice que este se aplica desde el 21 de abril de 2023 hasta el 20 de abril de 2028, es decir, 576 días más contados desde el 22 de septiembre de 2026. La revisión no tiene plazo fijo: los anexos se reescriben cada vez que un Estado miembro notifica un cambio, y el criterio para bajar una zona es la ausencia de la enfermedad durante al menos doce meses, plazo que puede reducirse a tres meses sobre la base de la justificación enviada por la autoridad nacional. Las dos bajadas de este acto, el Piamonte y la zona de Šiauliai, se han hecho con el plazo corto, el de tres meses.
La misma técnica dibuja el mapa también para otras enfermedades. La Comisión reescribió en septiembre de 2026 la lista griega: los focos de fiebre aftosa han pasado de 30 a 66, con plazo hasta el 31 de diciembre de 2026, y la isla de Lesbos sigue entera bajo restricciones.
Qué ha cambiado respecto de la situación anterior
Frente al Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2094, de 11 de septiembre de 2026, publicado el 15 de septiembre de 2026, el bloque rumano de la parte III es idéntico. Las mismas 42 posiciones, en el mismo orden, con las mismas denominaciones. Dos diferencias se aprecian en la comparación carácter por carácter, y ninguna cambia nada: el nombre de la provincia de Bistrița-Năsăud se escribe ahora con guion, frente a Bistrița Năsăud en el texto anterior, y las posiciones de la lista van separadas por punto y coma, no por coma.
La comparación merece llevarse más lejos, hasta la primera versión del anexo. En el Reglamento (UE) 2023/594, publicado el 17 de marzo de 2023, la lista rumana tenía exactamente las mismas 42 posiciones, exactamente en el mismo orden, desde la zona de la ciudad de Bucarest hasta la provincia de Maramureș. Solo difiere la tipografía: tres nombres, Mehedinți, Olt y Dolj, se componían entonces con cedilla, y ahora aparecen con coma bajo la letra. En 1.250 días de aplicación del reglamento de base, la lista de Rumanía no ha perdido ni ganado ninguna posición.
El resto del mapa, en cambio, se ha movido de forma visible. La parte III del anexo I tenía nueve Estados miembros en el reglamento del 15 de septiembre de 2026 y tiene ocho en el del 21 de septiembre de 2026: Lituania ha desaparecido de ahí, después de que sus últimas zonas, unas cuantas seniūnijos, es decir, subdivisiones de distrito, de Kelmė, Radviliškis, Raseiniai y Šiauliai, pasaran a la zona II. Italia ha perdido todo su bloque del Piamonte, las tres listas de municipios de las provincias de Alessandria, Asti y Cuneo, más el municipio de Mioglia, de la provincia de Savona, que pertenece a la región de Liguria. Lo que queda de la zona III italiana son municipios de la Toscana y de Emilia-Romaña.
La distancia con 2023 es aún mayor. En la primera versión del anexo, dos Estados figuraban en la parte III con superficies grandes y compactas: Rumanía, con todo su territorio, e Italia, con una línea de medio renglón, todo el territorio de Cerdeña. En el texto publicado el 21 de septiembre de 2026, Cerdeña ya no aparece en ninguna parte del anexo I, ni siquiera en el escalón más suave. Letonia, que entonces era la tercera de la lista, también ha salido de la parte III y se ha quedado solo en las partes I y II. Rumanía ha subido entretanto de la sexta posición a la primera, no porque su situación haya empeorado, sino porque los Estados que figuraban antes que ella se han ido.
En el anexo II ha cambiado el titular. En el reglamento anterior, la parte A contenía las zonas infectadas de Finlandia, con la mención de que todas ellas ya estaban enumeradas en las partes I y II del anexo I. Ahora ahí hay una sola zona, la de la Città metropolitana di Roma Capitale, delimitada por el anillo de circunvalación A90 al sur, por las carreteras Cassia al oeste, por la Via Nomentana y la autopista A1 al este y por el límite administrativo con la provincia de Viterbo al norte, con fecha límite de aplicación el 30 de noviembre de 2026. Rumanía no figura en el anexo II ni antes ni ahora.
Estos anexos tienen parejas que se refieren a la importación, no solo al movimiento dentro de la Unión. También el 23 de septiembre de 2026, seis zonas estadounidenses quedaron recortadas de las listas desde las que se pueden traer pollitos de un día, huevos para incubar y carne de ave, y las importaciones rumanas procedentes de allí fueron nulas en los últimos cinco años.
Ventajas y desventajas
Lo que mejora
- No hace falta ningún cambio en las explotaciones, en los mataderos ni en los documentos de transporte: el régimen del 22 de septiembre de 2026 es el mismo que el de antes.
- El reglamento se aplica directamente, sin ningún acto rumano de adaptación, así que las reglas son idénticas y simultáneas en todos los Estados miembros.
- El acto demuestra que la salida de la zona III sí se produce: Lituania la ha abandonado por completo, Italia ha sacado el Piamonte, y Cerdeña, que figuraba con todo su territorio en 2023, ya no aparece en el anexo I.
- La derogación de la Decisión (UE) 2026/1973 recoge las medidas para Italia dentro del reglamento general, así que queda un solo texto que consultar en lugar de dos.
- El plazo de tres meses sin brotes, aplicado al Piamonte y a la zona de Šiauliai, es mucho más corto que los doce meses del estándar internacional, así que una vuelta rápida es posible en principio.
Lo que sigue siendo un problema
- Rumanía figura por provincias enteras, así que una provincia sin brotes no puede sacarse por separado. Los demás Estados salen por municipio, por localidad o por medio pueblo.
- Las 42 posiciones rumanas llevan 1.250 días intactas, y el acto no dice nada sobre lo que tendría que ocurrir para que eso cambie.
- La motivación del reglamento explica el traslado del Piamonte, pero no la salida del municipio de Mioglia, en Liguria, de la zona III, aunque el efecto jurídico es el mismo.
- El anexo repite cada vez las 78 páginas enteras, así que un ganadero que quiera saber si algo ha cambiado en su caso tiene que comparar dos documentos de 82 páginas.
- En la edición rumana del Diario Oficial de la Unión Europea, las denominaciones de los demás Estados se quedan en la lengua original o en inglés, así que un transportista rumano no puede leer en qué zona entra.
Consejos prácticos
- No cambie nada de los procedimientos aplicados hasta el 21 de septiembre de 2026. El régimen de zona III sigue siendo idéntico, y cualquier ajuste hecho por precaución supone trabajo de más sin fundamento.
- Compruebe si el matadero y la sala de despiece con los que trabaja están designados conforme al artículo 44, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/594. Sin designación, la carne no puede salir de la provincia, por buena que sea la documentación de la explotación.
- Lleve registro de las visitas del veterinario oficial y pida que se haga constar el resultado. En la zona III el intervalo es de tres meses como máximo, y el resultado favorable es la condición sobre la que se apoya cualquier autorización de transporte.
- Cuando reciba carne de cerdo de un proveedor de otra parte del país, fíjese en la marca sanitaria. Las dos líneas diagonales de más indican mercancía que solo puede circular dentro de Rumanía, y entregarla después en un lote destinado a la exportación es una infracción.
- No cuente con ninguna excepción para entregas fuera del país. Todas las excepciones previstas para la zona III, del artículo 28 al artículo 43, se detienen en la frontera del Estado miembro.
- Si aparece un problema de bienestar animal por falta de espacio, pida con tiempo a la dirección sanitaria veterinaria la autorización para el sacrificio inmediato previsto en el artículo 29. La autorización se concede antes del transporte, no después.
- Siga la serie L del Diario Oficial de la Unión Europea, además del Boletín Oficial de Rumanía. Los anexos se reescriben cada pocos días, y una eventual bajada de una provincia rumana aparecería ahí, sin otro aviso.
Preguntas frecuentes
¿Ha cambiado algo para mi provincia?
¿Cuál es la diferencia entre las zonas I, II y III?
¿Puedo vender cerdos vivos a otro país de la Unión?
¿Puede la carne producida en una provincia de la zona III llegar a otra provincia?
¿Cuánto tiempo se aplica este régimen?
¿Qué tendría que ocurrir para que Rumanía saliera de la zona III?
¿Por qué figura Bucarest aparte de las provincias?
Análisis de la redacción
Un acto que no cambia nada para un país dice, aun así, algo sobre él, y aquí se ve por comparación, no por el texto. Polonia ha recibido en este reglamento tres ajustes, uno de ellos hasta el nivel de pueblo: en la región de Lubelskie, el anexo escribe en líneas separadas la localidad de Tuczapy, del municipio de Mircze, y la localidad de Turkowice, del municipio de Werbkowice. Italia ha salido de la zona III con tres listas de municipios de las provincias de Alessandria, Asti y Cuneo. Lituania ha salido con unas cuantas subdivisiones de distrito. Rumanía tiene una sola unidad de medida, la provincia, y no puede salir con menos de una provincia entera. Eso no significa solo una redacción distinta: significa que una provincia que pasara tres meses sin brotes no puede desgajarse de la lista, porque en la lista no hay más que provincias. La cifra que resume el efecto es 1.250, el número de días transcurridos desde el 21 de abril de 2023, fecha desde la que se aplica el reglamento de base, hasta el 22 de septiembre de 2026, sin que se haya añadido ni retirado ninguna posición rumana.
La segunda observación sale de superponer el primer anexo con el de ahora. En marzo de 2023, dos Estados figuraban en la parte III con superficies grandes y compactas: Rumanía, con todo su territorio, e Italia, con una línea de medio renglón, todo el territorio de Cerdeña. En el texto publicado el 21 de septiembre de 2026, Cerdeña ya no aparece en ninguna parte del anexo I, ni en la zona I, ni en la zona II, ni en la zona III, mientras que el bloque rumano es idéntico palabra por palabra al de hace tres años y medio. La diferencia entre las dos trayectorias no es necesariamente epidemiológica. Italia ha reescrito entretanto su listado por municipios, es decir, por unidades lo bastante pequeñas como para que cada mejora local se vea en el anexo. Rumanía no lo ha hecho, y con un listado por provincias enteras el progreso local no tiene dónde aparecer.
La tercera observación atañe a la técnica de redacción, y cuesta tiempo y dinero reales. Cada modificación del mapa se hace sustituyendo íntegramente los dos anexos, de modo que el 15 de septiembre de 2026 se publicaron 78 páginas de listas y el 21 de septiembre de 2026, seis días después, otras 78, de las que cambiaron las entradas de tres Estados. Un ganadero o un transportista que quiera saber si su situación se ha modificado no dispone de ningún resumen de las diferencias: tiene que comparar dos documentos de 82 páginas. De esa misma técnica viene también el único rastro que tres años y medio de copia mecánica han dejado en el bloque rumano, el guion aparecido ahora en Bistrița-Năsăud y el paso de la coma al punto y coma entre posiciones, después de que, en la versión de 2023, tres provincias se compusieran con cedilla en lugar de coma bajo la letra. Por último, la comparación revela también un hueco en la motivación: el considerando que justifica el movimiento explica solo la parte de la región del Piamonte, aunque de la zona III sale también el municipio de Mioglia, de la provincia de Savona, es decir, de Liguria. El efecto jurídico existe; su explicación, no.
Qué debería cambiar
- Rumanía debería pedir un listado por unidades menores que la provincia. Mientras la unidad siga siendo la provincia, ningún progreso local puede traducirse en una modificación del anexo, y la posición del país sigue igual sean cuales sean los resultados sobre el terreno.
- Los reglamentos de este tipo deberían ir acompañados de una tabla de diferencias con la versión anterior. Una página con lo que ha entrado y lo que ha salido ahorraría a cada destinatario la comparación de dos documentos de 82 páginas y eliminaría el riesgo de que un cambio pasara inadvertido.
- Cada movimiento del anexo debería tener su propio considerando. La salida del municipio de Mioglia de la zona restringida III no se explica en ninguna parte del texto, aunque produce exactamente los mismos efectos que los movimientos motivados con detalle.
- Las denominaciones administrativas deberían duplicarse en la lengua de la edición. En un texto impreso en rumano, las listas búlgaras y griegas aparecen en inglés, y las croatas, polacas y húngaras en su propia lengua, lo que hace ilegibles las zonas para el transportista que las atraviesa.
- La Autoridad Nacional Sanitaria Veterinaria y para la Seguridad Alimentaria debería publicar la justificación enviada a la Comisión. La bajada de una zona se decide sobre la base de la justificación del Estado miembro, y publicarla mostraría, año tras año, si la solicitud se hizo y qué se respondió.
- El anexo debería indicar, en cada posición, la fecha desde la que figura en la lista. Una columna con la fecha de entrada en la zona haría visible de un vistazo qué áreas se han quedado atascadas en el escalón más duro y desde cuándo.
Texto original del acto normativo
El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.
El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía
Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, 2026/2135 de 21 de septiembre de 2026 82 páginas PDF, 1,6 MB el acto comienza en la página 71
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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.
