En resumen

  • Los bloques de viviendas dañados por explosiones, incendios u otros accidentes técnicos pueden incluirse ya en el Programa Nacional de Consolidación de Edificios con Riesgo Sísmico Elevado, sin pasar por los criterios de selección habituales.
  • Para estos edificios, el presupuesto del Estado cubre también la demolición de la construcción dañada, el levantamiento de un edificio nuevo, el proyecto íntegro y la asistencia técnica, y el presupuesto general puede incluir el traslado y el alquiler de los vecinos evacuados, además del almacenamiento de sus pertenencias.
  • Todas las solicitudes se presentan exclusivamente en línea, con firma electrónica, y los propietarios disponen de 30 días tras la entrega para inscribir la vivienda en el registro de la propiedad. Cada edificio consolidado lleva una placa permanente, colocada como máximo dos meses después de la recepción de las obras.
Acto: Orden MDLPA n.º 710/2026
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 562, de 8 de julio de 2026
En vigor desde: 8 de julio de 2026

Un bloque que sigue en pie tras una explosión de gas ya no tiene que esperar a un peritaje de riesgo sísmico para que el Estado pague su puesta en seguridad. El Ministerio rumano de Desarrollo, Obras Públicas y Administración ha modificado las normas de aplicación de la Ley n.º 212/2022 y ha abierto el Programa Nacional de Consolidación de Edificios con Riesgo Sísmico Elevado a una nueva categoría de inmuebles: los edificios residenciales de varias plantas dañados por acciones accidentales o accidentes técnicos, es decir, explosiones, incendios y sucesos similares. La Orden n.º 710/2026, firmada el 24 de junio de 2026 y publicada en el Boletín Oficial de Rumanía el 8 de julio de 2026, es la segunda intervención importante de este verano con la que el Estado reordena sus instrumentos de financiación para el parque de viviendas antiguo, después del programa «Un ascensor para la vida», que financia ascensores y rampas en bloques sin accesibilidad.

La diferencia de fondo es que, hasta ahora, para entrar en el programa de consolidación el edificio debía cumplir los criterios del artículo 5 de las normas: clasificación en una clase de riesgo sísmico, antigüedad y ausencia de intervenciones recientes. Un bloque parcialmente destruido por una explosión podía estar en un estado estructural grave sin tener ningún peritaje sísmico sobre el papel y, por tanto, sin posibilidad alguna de calificar. El nuevo artículo 51 de las normas resuelve exactamente esa situación: la inclusión en el subprograma de vivienda se hace «sin aplicar los criterios previstos en el artículo 5, apartado (1)».

Los efectos que produce

El primer efecto práctico es que el ayuntamiento o la autoridad que administra un bloque dañado puede presentar de inmediato la solicitud de inclusión, con un expediente más corto que en el procedimiento ordinario. La orden enumera de forma limitativa lo que debe subirse a la plataforma digital investitii.mdlpa.ro: la solicitud de inclusión para cada objetivo de inversión, el informe de un perito técnico acreditado para el requisito de resistencia mecánica y estabilidad, el acta levantada por la Inspección General para Situaciones de Emergencia tras su intervención en el accidente, con la causa probable del suceso, y, si se pide financiación integrada que incluya la eficiencia energética, el informe de auditoría energética con el certificado de eficiencia energética.

El segundo efecto tiene que ver con el dinero. Para los edificios dañados por accidentes, la lista de gastos elegibles con cargo al presupuesto del Estado se amplía notablemente respecto de la regla general del programa: incluye la demolición de la construcción existente y la realización de una nueva, los estudios, la documentación para obtener informes y autorizaciones, el proyecto íntegro, la asistencia técnica íntegra, así como el margen presupuestario y la reserva de implementación para el ajuste de precios. Estas dos últimas partidas se consignan en el presupuesto general como elegibles, pero solo llegan al contrato de financiación mediante una adenda, sobre la base de una memoria técnica detallada y un presupuesto general actualizado, aprobado por acuerdo del pleno municipal.

El tercer efecto afecta directamente a las personas expulsadas de sus casas. La orden introduce en el presupuesto general, en el subcapítulo «Obtención del terreno», los gastos de traslado de las personas evacuadas a las viviendas de emergencia y desde ellas, el pago del alquiler durante la ejecución de las obras y el almacenamiento de sus bienes. Estos costes ya estaban previstos en el artículo 10, apartado (3), de la ley, pero no tenían un lugar claro en la documentación financiera del proyecto, lo que los hacía difíciles de liquidar en la práctica.

Por último, los edificios nuevos levantados en lugar de los demolidos deben proyectarse como edificios de consumo de energía casi nulo. La documentación de autorización incorpora una pieza nueva y obligatoria: el estudio sobre fuentes de energía renovables y el informe de conformidad NZEB, elaborados conforme a la metodología de cálculo del rendimiento energético de los edificios Mc 001-2022. La medición previa del riesgo recibió en septiembre de 2026 sus propias reglas: los daños de un terremoto se calculan desde el 11 de octubre de 2026 con un método único, a escala de barrio.

Qué ha cambiado respecto de la situación anterior

  • Una nueva puerta de entrada al programa: los bloques dañados por explosiones o incendios entran sin los criterios de elegibilidad habituales, que exigían una clasificación previa en una clase de riesgo sísmico.
  • La demolición y la reconstrucción pasan a ser elegibles: antes el programa financiaba sobre todo intervenciones en el edificio existente; ahora, si el peritaje recomienda la demolición, el Estado puede pagar también un edificio nuevo en el mismo solar.
  • El alquiler de los vecinos ya tiene dónde figurar: el traslado, el alquiler durante las obras y el almacenamiento de bienes se consignan expresamente en el presupuesto general, en el subcapítulo 1.1.
  • El expediente se presenta al 100 % en formato electrónico: las solicitudes se suben a la plataforma digital, firmadas electrónicamente conforme a la Ley n.º 214/2024, y los documentos emitidos por terceros se suben en pdf, certificados como copia fiel del original.
  • La inscripción registral ya no se puede sortear: el convenio con los propietarios debe recoger a todos los titulares inscritos, el uso de cada espacio y las cuotas indivisas, acompañado de notas registrales con el derecho de crédito del Estado y la prohibición de disponer. Para los pisos no inscritos destruidos por el accidente se trabaja con los registros de la comunidad de propietarios, pero tras la entrega la inscripción es obligatoria en 30 días, y los beneficiarios ya no pueden alegar imposibilidad de deslinde.
  • Los monumentos históricos tienen una excepción clara: los edificios catalogados, los situados en zonas de protección de monumentos y los de zonas construidas protegidas quedan exentos de la obligación de alcanzar al menos la clase de riesgo sísmico RsIV tras las obras, si el informe del Ministerio de Cultura no lo permite.
  • Placa permanente en la fachada: en un plazo máximo de dos meses desde la recepción, el beneficiario coloca una placa permanente junto a la entrada principal, a unos 1,80 metros sobre la acera, que permanece al menos tres años o de forma permanente.
  • Nuevas reglas de elegibilidad temporal: los criterios generales de asignación exigen que en los últimos 10 años no se hayan realizado obras de rehabilitación, modernización, rehabilitación térmica o renovación importante, y que en los últimos 20 años no se hayan hecho consolidaciones, reparaciones estructurales ni rehabilitación sísmica.
  • Desaparecen dos disposiciones: se derogan el apartado (2) del artículo 9 y el artículo 91 de las normas.

Ventajas y desventajas

Lo que mejora

  • Resuelve un bloqueo real: tras una explosión, un bloque podía ser inhabitable y, al mismo tiempo, no elegible para el único programa nacional que financia la puesta en seguridad de las viviendas.
  • Cubre los costes ocultos de una consolidación, alquiler y traslado, que en muchos proyectos fueron el motivo por el que los vecinos rechazaron las obras.
  • Permite la solución radical cuando es la única racional: demolición y edificio nuevo con estándar NZEB, en lugar de reparaciones sobre una estructura comprometida.
  • La digitalización completa acorta un recorrido administrativo que hasta ahora suponía expedientes en papel yendo y viniendo entre el ayuntamiento y el ministerio.
  • La placa permanente deja constancia pública de la inversión, útil tanto para la transparencia como para los compradores que quieran saber si un bloque ha sido consolidado.

Lo que sigue siendo un problema

  • La orden no asigna dinero nuevo. Abre una categoría más de solicitantes al mismo presupuesto del programa, con lo que aumenta la competencia por la financiación, y las listas siguen aprobándose por orden ministerial.
  • La obligación de inscribir la propiedad en 30 días desde la entrega es estricta, y su incumplimiento activa las sanciones del artículo 14, apartados (6) a (12), incluso cuando el retraso no depende del propietario.
  • El texto afirma expresamente que los beneficiarios «no pueden alegar la imposibilidad del deslinde y la inscripción», lo que traslada todo el riesgo jurídico a la administración local y, de forma indirecta, a los vecinos.
  • El plazo de 30 días para que el ministerio verifique una solicitud corre desde el registro, pero la orden no fija un plazo máximo para aprobar efectivamente la lista y la financiación.
  • El criterio que excluye los edificios rehabilitados en los últimos 10 años puede dejar fuera bloques aislados térmicamente hace poco, pero nunca consolidados estructuralmente.

Consejos prácticos

  1. Si vives en un bloque dañado por una explosión o un incendio: el primer paso no te corresponde. La solicitud la presenta el ayuntamiento o la autoridad que administra el inmueble, no la comunidad de propietarios. Pide por escrito a la administración local que presente la solicitud en la plataforma investitii.mdlpa.ro y pregunta si ya dispone del acta de los bomberos, porque sin ella el expediente está incompleto.
  2. Si formas parte de la junta de la comunidad: comprueba con tiempo la situación registral de cada piso. El convenio con el Estado exige notas registrales de cada vivienda, con el derecho de crédito y la prohibición de disponer inscritos, y los pisos no inscritos complican todo el expediente.
  3. Si vas a ser evacuado durante las obras: pregunta expresamente si en el presupuesto general se han previsto los gastos de alquiler, traslado y almacenamiento. La orden los permite, pero no los impone de forma automática: el proyectista tiene que incluirlos.
  4. Si eres alcalde o trabajas en un servicio técnico: prepara la firma electrónica del representante legal o la delegación, porque la presentación en papel ya no es una opción, y los documentos de terceros deben certificarse como copia fiel antes de subirlos.
  5. Si gestionas un edificio catalogado: obtén con tiempo el informe del Ministerio de Cultura. Es el que determina si puedes quedar exento de alcanzar la clase RsIV tras las obras.
  6. Si representas a una ONG de utilidad pública: junto con la solicitud hay que presentar una declaración responsable de que no se desarrolla actividad económica, en el sentido del régimen de ayudas de minimis aprobado por la Orden MDLPA n.º 4.355/2024.

Preguntas frecuentes

¿Qué son las «acciones accidentales o accidentes técnicos»?
La orden los define en sentido amplio: todas las categorías de sucesos negativos que generan riesgos para la vida de las personas y daños materiales, como las explosiones por fugas de gas o los incendios, que hayan requerido la intervención de las autoridades de respuesta a emergencias. La enumeración no es limitativa.
¿Mi bloque necesita un peritaje sísmico para entrar en el programa?
Para los edificios dañados por accidentes no se aplican los criterios habituales del artículo 5, apartado (1). Sigue siendo obligatorio el informe de un perito técnico acreditado para resistencia mecánica y estabilidad, que evalúa el estado real de la construcción y puede recomendar la demolición.
¿Quién paga el alquiler si nos evacúan durante las obras?
Los gastos de traslado a las viviendas de emergencia y desde ellas, el alquiler durante la ejecución y el almacenamiento de bienes se prevén en el presupuesto general de la inversión, en el subcapítulo «Obtención del terreno», y los asume el programa. La condición es que el proyectista los haya incluido efectivamente.
¿Qué ocurre si el peritaje recomienda demoler todo el edificio?
El programa puede financiar la demolición y la construcción de un edificio nuevo en el mismo solar, incluidos el proyecto y la asistencia técnica íntegros. El edificio nuevo debe cumplir el estándar de consumo de energía casi nulo, acreditado mediante el estudio de fuentes renovables y el informe de conformidad NZEB.
¿Qué obligaciones tengo cuando terminen las obras?
Si tu vivienda ha sido reconstruida, o si tu piso no estaba inscrito en la fecha del accidente, dispones de 30 días desde la entrega mediante acta para inscribir el edificio y la vivienda, con la prohibición de disponer y el derecho de crédito, y para remitir las notas registrales al ministerio. Incumplir el plazo activa las sanciones del artículo 14, apartados (6) a (12).
¿Qué es la placa permanente de la fachada?
Es un panel informativo obligatorio, colocado como máximo dos meses después de la recepción de las obras, en la fachada principal, junto a la entrada, a unos 1,80 metros sobre la acera. Permanece al menos tres años o de forma permanente y muestra públicamente que el inmueble se consolidó a través del programa, con el año de finalización de las obras.
¿Dónde se presenta la solicitud?
En la plataforma digital investitii.mdlpa.ro, en formato electrónico, con firma electrónica conforme a la Ley n.º 214/2024. El ministerio verifica la conformidad de la solicitud en 30 días desde su registro, por orden cronológico de entrada.

Texto original del acto normativo

El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.

El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía

Boletín Oficial de Rumanía n.º 562 del 8 de julio de 2026 16 páginas PDF, 514 KB

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.