En resumen

  • El cargo de director general de un instituto nacional de investigación y desarrollo se cubre a partir de ahora únicamente mediante concurso público, anunciado también en la plataforma europea EURAXESS, con criterios de elegibilidad escritos en la ley.
  • El director general debe publicar cada año su ingreso neto en la web del instituto, hasta el 15 de junio. Si no lo hace ni siquiera en los 30 días siguientes a la comunicación de la Autoridad Nacional para la Investigación, el ministro está obligado a poner fin a su mandato.
  • La ley reconoce además los núcleos de investigación de las instituciones de defensa, orden público y seguridad nacional como parte del sistema nacional de investigación y desarrollo, con derechos equiparados a los de las unidades de investigación de derecho público.
Acto: Ley n.º 174/2026
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 676 de 14 de agosto de 2026
Entrada en vigor: 17 de agosto de 2026

Quien dirija un instituto nacional de investigación ya no podrá ser nombrado sin concurso, y sus ingresos pasan a ser información pública, actualizados cada año. La Ley n.º 174/2026, publicada el viernes en el Boletín Oficial de Rumanía, reescribe las reglas de acceso al cargo de director general de los institutos nacionales de investigación y desarrollo (INCD) y añade al sistema nacional de investigación una categoría que faltaba en él. El ámbito ya se vio afectado este verano, con la reorganización de las comisiones del CNATDCU.

La ley tiene tres artículos y actúa sobre dos actos distintos. El art. I introduce un art. 71 nuevo en la Ordenanza del Gobierno n.º 57/2002 sobre la investigación científica y el desarrollo tecnológico, el que incorpora los núcleos de investigación del ámbito de defensa al sistema nacional. El art. II modifica la Ley n.º 183/2024 sobre el estatuto del personal de investigación, desarrollo e innovación en dos puntos: el primero reescribe el art. 4, apartados (2) y (3), donde entran el personal de los núcleos y la definición del núcleo de investigación, y el segundo añade los artículos sobre el concurso. El art. III fija el plazo de 30 días en el que debe actualizarse la metodología del concurso.

La parte más extensa es el punto 2 del art. II, que introduce seis artículos nuevos en la Ley n.º 183/2024, del art. 171 al art. 176. Describen, paso a paso, cómo se organiza el concurso para el cargo de director general: quién lo convoca, quién evalúa a los candidatos, quién supervisa el proceso y qué ocurre después del nombramiento.

La ley se aprobó conforme al art. 77, apartado (2), de la Constitución, es decir, tras el reexamen solicitado por el Presidente. El decreto de promulgación, n.º 725/2026, lleva la misma fecha que la ley, 14 de agosto de 2026, el día en que ambos aparecieron en el Boletín Oficial de Rumanía.

El nombramiento en los cargos directivos de las instituciones públicas llegó también al Tribunal Constitucional: mediante una decisión reciente, la CCR declaró inconstitucional el procedimiento por el que el Parlamento nombra los consejos de administración de la TVR y de Radio Rumanía.

Los efectos que produce

Concurso público obligatorio, anunciado también fuera del país. El cargo se cubre mediante concurso público, organizado por el organismo coordinador del instituto, con anuncio en las páginas web de este y del instituto, pero también en la plataforma europea EURAXESS. El instituto debe publicar en su propia web los documentos económicos y financieros que los candidatos necesitan para elaborar su proyecto de gestión.

Las condiciones de participación están ahora en la ley, no en una metodología. El candidato debe poseer como mínimo el grado CS II, equivalente a investigador consolidado, o, por equivalencia, al menos el puesto de profesor titular de universidad, en el ámbito del instituto. En cuanto a la experiencia, la ley admite dos vías alternativas: un mínimo de 3 años en un puesto directivo en una organización de investigación del país o del extranjero, o haber obtenido en convocatoria competitiva y finalizado al menos dos proyectos de investigación, como director de proyecto, con un presupuesto acumulado de 400.000 euros como mínimo. Ambas variantes pueden cumplirse en el ámbito de actividad del instituto o en un ámbito de investigación conexo, lo que amplía sensiblemente el círculo de candidatos. Se exige también el conocimiento del rumano o del inglés, escrito y hablado, condición que hace compatible con la ley el anuncio en EURAXESS, además de un estado de salud adecuado para el puesto.

Las incompatibilidades se extienden a la familia. El candidato no puede poseer participaciones sociales ni acciones en una sociedad con el mismo perfil o que mantenga relaciones comerciales directas con el instituto. La prohibición se aplica igualmente al cónyuge, a los parientes y a los afines hasta el tercer grado inclusive.

Los antecedentes penales y los fiscales entran entre las condiciones. No puede presentarse quien haya sido condenado en firme por delitos contra la seguridad nacional, contra la autoridad, contra la humanidad, por corrupción o por delitos cometidos en el ejercicio del cargo, por falsedad o contra la administración de justicia, salvo en los casos de rehabilitación, amnistía posterior a la condena o despenalización. La lista nominal de delitos se cierra con una categoría paraguas: cualquier delito doloso que haga al candidato incompatible con el cargo. Se añaden la ausencia de anotaciones en el certificado de antecedentes fiscales y la ausencia de la sanción prevista en el art. 63, letra d), aplicada por vulnerar las normas de ética y buena conducta en la investigación.

La entrevista se celebra en presencia de observadores ajenos a la comisión. La ley los incorpora solo durante la entrevista, no en todas las etapas: un observador designado por la organización empresarial representativa del sector de negociación colectiva pertinente y otro designado por la organización sindical representativa o, en su caso, un representante de los empleados del instituto. No puede ser cualquiera: los observadores deben ser investigadores científicos, docentes universitarios o personal de apoyo a las actividades de investigación, desarrollo e innovación. Vigilan el respeto de la transparencia, la imparcialidad, la confidencialidad, la igualdad de oportunidades y la no discriminación, y firman una declaración de independencia, imparcialidad y confidencialidad.

El ingreso del director general se hace público cada año. Hasta el 15 de junio, el director general publica en la página web del instituto el ingreso neto correspondiente al año anterior. Si no lo hace, la Autoridad Nacional para la Investigación le comunica que ha superado el plazo y, si tampoco en los 30 días siguientes a esa comunicación cumple la obligación, el ministro de Educación e Investigación está obligado a emitir la orden de cese del mandato.

El contrato de gestión se vincula a indicadores concretos. El ganador firma el contrato en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la emisión de la orden de nombramiento. Los indicadores de rendimiento de la gestión deben incluir obligatoriamente el valor de los fondos europeos captados, el impacto socioeconómico del aprovechamiento de los resultados y las colaboraciones con la industria.

La autorización de ORNISS tiene plazo y sanción. Cuando el cargo exige la autorización de la Oficina del Registro Nacional de Informaciones Secretas de Estado, abreviada ORNISS, es decir, el acceso a información clasificada, la persona nombrada debe solicitarla en un plazo máximo de 30 días desde el nombramiento, al nivel máximo de clasificación del instituto. Si no la obtiene, la orden de nombramiento se revoca.

Los miembros de las comisiones se pagan con fondos del instituto. Por la actividad realizada, los miembros de la comisión del concurso, de la comisión de resolución de reclamaciones y de la secretaría técnica son remunerados con una cantidad equivalente al 10% del salario base del director general, a la que se suman, en su caso, gastos de transporte y alojamiento. La ley no dice literalmente que la cantidad corresponda a cada uno de ellos, pero esa es la lectura natural del texto.

Qué ha cambiado respecto de la situación anterior

Hasta ahora, las reglas del concurso para el cargo de director general de un instituto nacional estaban íntegramente en la metodología aprobada mediante la Decisión del Gobierno n.º 576/2016. Una metodología se cambia con una decisión del Gobierno. Desde el 17 de agosto, las condiciones de elegibilidad, las incompatibilidades, el papel de los observadores y las obligaciones posteriores al nombramiento están en la ley, de modo que solo pueden modificarse por ley.

El segundo cambio afecta a la transparencia de los ingresos. La ley añade una obligación distinta de las declaraciones de patrimonio y de intereses: la publicación del ingreso neto del año anterior en la página web del instituto, con fecha límite fija, el 15 de junio, y con el cese del mandato como sanción por incumplimiento.

El tercer cambio es de perímetro. Los núcleos de investigación de las instituciones con competencias en defensa, orden público y seguridad nacional quedan ahora incluidos de forma expresa en el sistema nacional de investigación y desarrollo y equiparados en derechos a las unidades y a las instituciones de investigación de derecho público. Su personal forma parte, por excepción, de la categoría del personal de I+D+i. El núcleo de investigación se define como una estructura organizativa y funcional creada mediante orden del responsable de la institución, con el fin principal de desarrollar investigación fundamental, investigación aplicada y desarrollo tecnológico.

La financiación de estos núcleos sigue siendo la de las instituciones a las que pertenecen, es decir, la de los fondos que estas reciben del presupuesto del Estado o de otras fuentes legalmente constituidas, sobre la base de los proyectos aprobados por la dirección de la institución.

Ventajas y desventajas

Lo que mejora

  • El acceso a la dirección de los institutos nacionales pasa a ser competitivo por ley, no por metodología, y por tanto resulta más difícil de cambiar según convenga.
  • El anuncio en EURAXESS abre el concurso a investigadores del extranjero, incluidos los rumanos de la diáspora.
  • Las dos vías alternativas de experiencia, la dirección o los proyectos ganados en convocatoria competitiva, permiten también candidatos que han construido su trayectoria en la investigación y no solo en la administración, mientras que la apertura a un ámbito de investigación conexo evita el bloqueo en ámbitos estrechos.
  • Los observadores de las organizaciones empresariales y sindicales aportan un control externo de la entrevista, y la ley exige que provengan de la investigación o del ámbito universitario, no de fuera del sector.
  • La publicación del ingreso neto lleva aparejada una sanción real, el cese del mandato, y no se queda en una obligación declarativa.
  • Los indicadores obligatorios de rendimiento vinculan la evaluación del director a los fondos europeos captados, al impacto socioeconómico y a las colaboraciones con la industria.

Lo que sigue siendo un problema

  • La metodología sigue siendo esencial: muchos elementos, desde la lista de documentos hasta la estructura del proyecto de gestión y la composición de las comisiones, se aprueban igualmente en ella, y su actualización tiene un plazo de solo 30 días.
  • El umbral de 400.000 euros de presupuesto acumulado en al menos dos proyectos finalizados es un filtro duro para los ámbitos con poca financiación, donde los proyectos de ese valor son escasos.
  • La retribución de las comisiones corre a cargo de los fondos propios del instituto, aunque el concurso lo organiza el organismo coordinador, no el instituto.
  • La extensión de la prohibición de poseer acciones a los parientes y afines hasta el tercer grado es difícil de comprobar en la práctica y puede descartar candidatos por situaciones que no controlan.
  • Los seis artículos nuevos no añaden un plazo en el que el organismo coordinador esté obligado a convocar el concurso, lo que deja margen para direcciones interinas prolongadas.
  • Para los núcleos de investigación del ámbito de defensa y seguridad, la equiparación en derechos no viene acompañada de una fuente de financiación nueva. El dinero sigue siendo el de la institución de acogida.

Consejos prácticos

  1. Si tiene intención de presentarse a un cargo de director general de instituto nacional, compruebe con tiempo las dos condiciones difíciles de cumplir con rapidez: el grado CS II o el equivalente de profesor titular de universidad y la prueba de la experiencia, ya sean 3 años de dirección o al menos dos proyectos finalizados como director, con un presupuesto acumulado de 400.000 euros como mínimo.
  2. Revise la situación de las acciones que posean usted, su cónyuge, sus parientes y sus afines hasta el tercer grado en sociedades con el mismo perfil o con relaciones comerciales con el instituto. Es una causa de inelegibilidad, no solo un conflicto de intereses que se declara.
  3. Si ya es director general, anote la fecha del 15 de junio para publicar el ingreso neto del año anterior. La consecuencia del incumplimiento, transcurridos los 30 días desde la comunicación de la Autoridad Nacional para la Investigación, es el cese del mandato.
  4. Siga la actualización de la metodología aprobada mediante la Decisión del Gobierno n.º 576/2016, que debe hacerse en 30 días desde la entrada en vigor de la ley. Allí estarán la lista de documentos, el modelo de solicitud y la estructura marco del proyecto de gestión.
  5. Si trabaja en un núcleo de investigación del ámbito de defensa, orden público o seguridad nacional, tenga en cuenta que su actividad entra ahora en el sistema nacional de investigación y desarrollo, con derechos equiparados a los de las unidades de investigación de derecho público.
  6. Si el cargo al que aspira exige una autorización de ORNISS, presente la solicitud en un plazo máximo de 30 días desde el nombramiento. No obtenerla conlleva la revocación de la orden de nombramiento.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se aplican las nuevas reglas?
Desde el 17 de agosto de 2026. La ley se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía el 14 de agosto de 2026 y entra en vigor a los 3 días de la publicación, según la regla general aplicable a las leyes.
¿Qué es un instituto nacional de investigación y desarrollo?
Es la forma de organización, abreviada INCD en la ley, de los institutos coordinados por un órgano especializado de la administración pública central. La ley no los enumera, pero todas las reglas nuevas sobre el concurso de director general se les aplican.
¿Se anulan los concursos en curso?
La ley no contiene ninguna disposición transitoria sobre este punto. Solo prevé la actualización de la metodología aprobada mediante la Decisión del Gobierno n.º 576/2016, en 30 días desde la entrada en vigor.
¿Qué significa el grado CS II?
Es el grado profesional de investigación y desarrollo que la ley equipara al investigador consolidado, el nivel R3 de la nomenclatura europea. La alternativa admitida es el puesto docente de profesor titular de universidad, en el ámbito de actividad del instituto.
¿Qué son los núcleos de investigación de las instituciones de defensa y seguridad?
Son estructuras organizativas y funcionales creadas mediante orden del responsable de la institución, con el fin principal de desarrollar investigación fundamental, investigación aplicada y desarrollo tecnológico. La ley los incluye en el sistema nacional de investigación y desarrollo y los equipara en derechos a las unidades de investigación de derecho público.
¿Quién paga a los miembros de las comisiones del concurso?
El instituto, con fondos propios. Los miembros de la comisión del concurso, de la comisión de resolución de reclamaciones y de la secretaría técnica son remunerados con una cantidad equivalente al 10% del salario base del director general, a la que se suman, en su caso, gastos de transporte y alojamiento. La formulación de la ley está en plural, sin la palabra que diga de forma expresa que la cantidad corresponde a cada miembro.

Texto original del acto normativo

El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.

El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía

Boletín Oficial de Rumanía n.º 676 de 14 de agosto de 2026 16 páginas PDF, 119 KB el acto comienza en la página 2

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.