En resumen

  • Cambia una sola letra. La Autoridad de Supervisión Financiera ha reescrito la letra c) del artículo 3 del reglamento que dice cuánto dinero propio tiene que poner un cliente corriente cuando apuesta por la evolución de un precio mediante contratos por diferencia.
  • El petróleo, el gas, el trigo o la plata entran ahora expresamente en el umbral del 10%. Hasta el 15 de septiembre de 2026, el texto rumano hablaba solo de índices de materias primas, y no de materias primas, de modo que una materia prima tomada como tal caía en la categoría residual, donde el cliente debe cubrir el 20% de la posición.
  • Los índices de materias primas hacen el camino inverso. Salen de la letra c) y se quedan, según la letra de la ley, en esa misma categoría residual, con una exigencia del 20%. El Reglamento n.º 8/2026 se aplica desde el 16 de septiembre de 2026, sin periodo transitorio para las posiciones ya abiertas.
Acto: Reglamento de la Autoridad de Supervisión Financiera n.º 8/2026 por el que se modifica la letra c) del art. 3 del Reglamento de la Autoridad de Supervisión Financiera n.º 11/2018
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 787 de 16 de septiembre de 2026
Entrada en vigor: 16 de septiembre de 2026, el mismo día de la publicación, conforme al art. II del reglamento

La Autoridad de Supervisión Financiera ha cambiado una sola letra de un reglamento de hace ocho años, y el efecto cae directamente en la cuenta de los clientes que operan sobre el precio del petróleo, del gas o de los cereales. El Reglamento n.º 8/2026, publicado en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 787 de 16 de septiembre de 2026, reescribe la letra c) del artículo 3 del Reglamento ASF n.º 11/2018 y se aplica desde el mismo día de su publicación. Es la segunda norma dictada por la ASF en septiembre de 2026 en el terreno de las inversiones, después de aquella con la que los intermediarios bursátiles obtuvieron el derecho a custodiar las inversiones hechas a través de las plataformas de financiación participativa.

El contrato por diferencia, conocido por sus siglas inglesas CFD, es un acuerdo entre el cliente y el intermediario por el cual ambos se pagan recíprocamente la diferencia entre el precio de un activo al abrir la posición y su precio al cerrarla. El cliente no compra ningún barril de petróleo ni ningún gramo de plata, sino solo la exposición a la variación del precio. Como no paga el valor entero de la posición, sino solo una parte, puede mover cantidades mucho mayores de las que tiene en la cuenta. La parte que deposita se llama margen inicial, y la relación entre la exposición y el dinero propio se llama apalancamiento.

El artículo 3 del Reglamento ASF n.º 11/2018 fija esa relación en cinco escalones, según lo que hay detrás del contrato: 30:1, es decir, un 3,33% de dinero propio, en los pares formados por dólar, euro, yen, libra, dólar canadiense y franco suizo; 20:1, es decir, un 5%, en diez grandes índices bursátiles, en los pares de divisas con monedas menores y en el oro; 10:1, es decir, un 10%, en la letra c); 2:1, es decir, un 50%, en las criptomonedas; y 5:1, es decir, un 20%, en las acciones y en cualquier otro activo que no figure en el artículo.

Hasta la modificación, la letra c) decía lo siguiente: el umbral del 10% se aplica cuando el índice de materia prima o de renta variable del activo subyacente es un índice de materia prima o cualquier índice de renta variable distintos de los de la letra b). El texto exigía, por tanto, un índice. Una materia prima tomada como tal, petróleo, gas natural, plata, cobre, trigo o maíz, no aparecía en ninguna parte del artículo, con la excepción del oro, que tiene su propio escalón en la letra b). La consecuencia era que las materias primas acababan en el cajón residual de la letra e), donde la exigencia es del 20%.

La nueva letra c) desplaza las cosas: el umbral del 10% se aplica cuando el activo subyacente de tipo materia prima o de tipo índice de renta variable es una materia prima o cualquier índice de renta variable distintos de los de la letra b). La palabra materia prima entra, la expresión índice de materia prima desaparece.

Los efectos que produce

Para un cliente que abre una posición sobre el precio del petróleo, el cálculo se reduce a la mitad. Con 1.000 lei en la cuenta, bajo la exigencia del 20% podía sostener una exposición de 5.000 lei. Bajo la exigencia del 10% puede sostener 10.000 lei. El mismo dinero propio, el doble de exposición y, en espejo, el doble de pérdida ante el mismo movimiento de precio del activo.

En sentido inverso, los contratos que tienen como referencia un índice de materias primas, y no una materia prima concreta, salen de la letra c). Tampoco se encuentran en la letra b), que enumera nominalmente diez índices de acciones, el oro y los pares de divisas, de modo que se quedan en la letra e), donde el cliente debe cubrir el 20% de la posición. Para quien operaba con esos índices, la cantidad bloqueada en la cuenta se duplica.

El resto de las reglas del Reglamento ASF n.º 11/2018 quedan intactas. El intermediario sigue estando obligado a cerrar las posiciones del cliente cuando el dinero de la cuenta más los beneficios no realizados bajan por debajo de la mitad del margen exigido, a garantizar que la deuda del cliente no pueda superar el dinero de la cuenta de negociación y a mostrar una advertencia de riesgo en cualquier material publicitario. La advertencia estándar de los anexos n.º 3 y n.º 4 del reglamento contiene una cifra que merece la pena retener para cualquiera que se acerque a este producto: entre el 74% y el 89% de las cuentas de los inversores minoristas pierden dinero cuando operan con contratos por diferencia.

Quien no respete el reglamento responde conforme al título X de la Ley n.º 126/2018, el capítulo de sanciones de la ley del mercado de capitales. La regla se aplica a cualquiera que venda o distribuya tales contratos en Rumanía a clientes minoristas, con independencia de que se trate de una sociedad de servicios de inversión financiera autorizada aquí o de una empresa de inversión de otro Estado miembro que opere en el mercado rumano.

Qué ha cambiado respecto de la situación anterior

La diferencia entre las dos versiones de la letra c) cabe en una comparación de unas pocas palabras. El texto antiguo exigía que el activo subyacente fuera un índice de materia prima o un índice de acciones. El texto nuevo exige que el activo subyacente sea una materia prima o un índice de acciones. En la práctica, las materias primas propiamente dichas entran bajo el umbral, y los índices de materias primas salen.

La formulación antigua no era una invención de la ASF. Reproduce palabra por palabra la letra c) del anexo I de la Decisión (UE) 2018/796 de la Autoridad Europea de Valores y Mercados, en la versión rumana publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, n.º 136 de 1 de junio de 2018. La versión inglesa del mismo anexo, la única que sigue ahora la ASF, dice otra cosa: 10% cuando el activo subyacente de tipo materia prima o de tipo índice de acciones es una materia prima o cualquier índice de acciones distintos de los de la letra (b). El rumano del Diario Oficial de la Unión Europea convirtió la materia prima en índice de materia prima, y el Reglamento ASF n.º 11/2018 recogió esa traducción tal cual en octubre de 2018.

El Reglamento ASF n.º 11/2018 se había modificado una sola vez hasta ahora, mediante el Reglamento ASF n.º 24/2020, publicado en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 1.143 de 26 de noviembre de 2020. Aquel reescribió el artículo 2 apartado (2), la definición del cierre por protección del margen, y llegó después de que la Ley n.º 158/2020, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 673 de 29 de julio de 2020, hubiera derogado la definición del artículo 104 apartado (6) letra e) de la Ley n.º 126/2018. El artículo 3, el de los escalones de apalancamiento, no se había tocado nunca hasta el Reglamento n.º 8/2026.

Ventajas y desventajas

Lo que mejora

  • El texto rumano dice ahora lo mismo que la medida europea que aplica, y un cliente que quiera comprobarlo por su cuenta ya no encuentra dos respuestas distintas a la misma pregunta.
  • Desaparece la zona gris en la que una materia prima corriente no aparecía en ninguna parte del artículo 3 y había que deducirla del cajón residual de la letra e).
  • Los intermediarios que trabajan también en otros Estados miembros ya no necesitan una regla separada para los clientes de Rumanía en los contratos sobre materias primas.
  • La norma no toca las protecciones que más cuentan para el cliente: el cierre automático por margen, la prohibición de quedar debiendo más que el dinero de la cuenta y la advertencia obligatoria de riesgo.
  • La modificación es breve y se entiende con una sola lectura, a diferencia de las reescrituras amplias que obligan a reconstruir un artículo entero.

Lo que sigue siendo un problema

  • La exigencia de dinero propio baja del 20% al 10% en los contratos sobre materias primas, lo que duplica la exposición que puede sostener un cliente minorista con la misma cantidad y, por tanto, la pérdida posible.
  • Los índices de materias primas salen de la letra c) sin que el reglamento diga adónde van a parar, y la respuesta se obtiene solo leyendo la letra e) hasta el final.
  • No hay ninguna disposición transitoria para las posiciones abiertas antes del 16 de septiembre de 2026, aunque la regla entra en vigor el mismo día en que aparece.
  • El reglamento no explica en ninguna parte por qué se cambia el texto ahora, casi ocho años después, y el lector tiene que comparar por su cuenta las dos versiones para entender lo que está en juego.
  • El Reglamento ASF n.º 11/2018 llega a su segunda modificación sin volver a publicarse en forma consolidada, de modo que quien quiera el texto completo tiene que juntar tres actos.

Consejos prácticos

  1. Pidan al intermediario, por escrito, la lista con la exigencia de margen para cada tipo de activo, vigente después del 16 de septiembre de 2026. En los contratos sobre materias primas debería decir 10%, y en los índices de materias primas, 20%.
  2. Si tienen posiciones abiertas sobre un índice de materias primas, comprueben antes de la siguiente sesión si la plataforma ha recalculado el margen necesario. Una exigencia que suba del 10% al 20% puede desencadenar el cierre automático de la posición.
  3. No confundan un umbral menor con un riesgo menor. Una exigencia del 10% significa que un movimiento de precio del 10% en sentido contrario puede consumirles toda la cantidad depositada para esa posición.
  4. Lean el porcentaje de la advertencia de riesgo que muestra su intermediario. Se calcula trimestralmente, sobre los últimos 12 meses, y señala cuántas cuentas minoristas han perdido dinero con ese proveedor, no en general.
  5. Comprueben en el registro de la ASF si la sociedad con la que trabajan tiene derecho a distribuir tales contratos en Rumanía. Las reglas de margen obligan solo a quienes están bajo la supervisión de la autoridad.
  6. Si el intermediario les pide menos de un 10% de margen en un contrato sobre una materia prima, comuniquen la situación a la ASF. El incumplimiento del reglamento se sanciona conforme al título X de la Ley n.º 126/2018.

Preguntas frecuentes

¿Qué es, en palabras sencillas, un contrato por diferencia?
Es un acuerdo entre usted y un intermediario por el cual ambos se pagan recíprocamente la diferencia de precio de un activo entre el momento de abrir y el de cerrar la posición. Usted no compra el activo, solo se expone a la variación de su precio.
¿Qué significa un margen inicial del 10%?
Significa que, para una posición de 10.000 lei, debe tener en la cuenta al menos 1.000 lei propios. El resto de la exposición se sostiene mediante el apalancamiento, que en este caso es de 10:1.
¿Desde qué fecha se aplica la nueva regla?
Desde el 16 de septiembre de 2026, fecha de la publicación del reglamento en el Boletín Oficial de Rumanía. El artículo II prevé expresamente la entrada en vigor el día de la publicación, y a los reglamentos de las autoridades de supervisión no se les aplica el plazo de tres días reservado a las leyes y a las ordenanzas.
¿Qué activos se consideran materias primas en este contexto?
El reglamento no los enumera. En la práctica de los mercados entran aquí el petróleo, el gas natural, los metales industriales y preciosos distintos del oro, y los productos agrícolas. El oro tiene su propio escalón, en la letra b), con una exigencia del 5%.
¿Por qué el oro se queda en el 5% y no pasa al 10%?
Porque la letra b) lo menciona por separado, y la nueva letra c) excluye expresamente todo lo que ya está previsto en la letra b). El oro se ha tratado, desde el principio, como un activo menos volátil que las demás materias primas.
¿Qué pasa con las posiciones abiertas antes del 16 de septiembre de 2026?
El reglamento no dice nada sobre ellas. La forma en que el intermediario recalcula el margen de las posiciones existentes depende del contrato que usted haya firmado y de su política interna, motivo por el cual conviene comprobarlo directamente con él.
¿La regla se aplica también a las empresas de otros Estados que me ofrecen estos contratos?
Sí, si la comercialización, la venta o la distribución se hacen en Rumanía a clientes minoristas. El artículo 104 de la Ley n.º 126/2018 atiende al lugar donde se hace la distribución, no al Estado en el que está autorizada la empresa.
¿Qué puedo perder, en el peor de los casos, con uno de estos contratos?
Como mucho, el dinero que tenga en la cuenta de negociación. La ley impone la protección de saldo negativo, es decir, el intermediario no puede reclamarle cantidades por encima de lo que haya depositado. Eso no significa que la pérdida íntegra del depósito esté excluida; al contrario.
¿Dónde puedo leer el texto completo de las reglas de margen?
En el artículo 3 del Reglamento ASF n.º 11/2018, publicado en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 856 de 9 de octubre de 2018, leído junto con el Reglamento ASF n.º 24/2020 y con el Reglamento ASF n.º 8/2026, que modifica la letra c).

Análisis de la redacción

El acto no tiene errores propios. Tiene, en cambio, una historia que no se ve leyéndolo de principio a fin: repara una desviación que estuvo vigente 2.899 días, es decir, casi ocho años, y que no partió de la ASF. La letra c) de 2018 es la copia fiel de la letra c) del anexo I de la Decisión ESMA (UE) 2018/796, en la versión rumana del Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, n.º 136 de 1 de junio de 2018, y esa versión dice índice de materia prima allí donde el original inglés dice materia prima. La misma traducción rumana de la decisión contiene, en el artículo 1, la fórmula «prezenta directivă», la presente directiva, dentro de un acto que es una decisión, señal de que el texto no pasó por una relectura atenta. Rumanía asumió el error en un reglamento nacional, y ese reglamento produjo efectos hasta septiembre de 2026.

La segunda observación nace de la combinación de dos letras del mismo artículo. El Reglamento n.º 8/2026 saca la expresión índice de materia prima de la letra c), pero no la traslada a ningún sitio. Como la letra b) enumera nominalmente solo diez índices de acciones, los pares de divisas y el oro, un contrato que tenga como referencia un índice de materias primas cae en la letra e) punto (ii), donde la exigencia es del 20%. Un acto que, en las materias primas, reduce a la mitad la exigencia de dinero propio la duplica, en la misma frase, en los índices de materias primas. El reglamento no lo dice en ninguna parte, y el lector se entera solo si recorre el artículo 3 hasta la última letra.

La tercera observación se refiere al ritmo. El Consejo de la ASF deliberó el 26 de agosto de 2026, el reglamento se firmó el 10 de septiembre y se publicó el 16 de septiembre, es decir, 21 días desde la decisión hasta el Boletín Oficial de Rumanía. A los destinatarios, en cambio, no se les da ningún intervalo: la regla se aplica desde el día de la publicación, en un mercado en el que las posiciones se recalculan en tiempo real y en el que el recálculo del margen puede cerrar automáticamente una posición. La Administración se tomó tres semanas para su propio recorrido interno y dejó a los intermediarios cero días para ajustar sus sistemas.

Qué debería cambiar

  • Una memoria justificativa pública, publicada junto con el reglamento. Un párrafo que dijera que la modificación alinea el texto con la versión inglesa de la decisión de la ESMA ahorraría a cada intermediario una comparación por su cuenta entre tres documentos.
  • Una disposición transitoria para las posiciones abiertas. Un plazo corto, de unos pocos días hábiles, en el que las nuevas exigencias se aplicaran solo a las posiciones nuevas eliminaría el riesgo de que el cambio de umbral en los índices de materias primas desencadene cierres automáticos el día de la publicación.
  • La comunicación a la ESMA para corregir la versión rumana de la Decisión (UE) 2018/796. Mientras el anexo I en lengua rumana siga sin cambios en el Diario Oficial de la Unión Europea, cualquier lector que parta de la fuente europea llegará a la regla equivocada, y el error puede reproducirse en otro acto nacional.
  • La nueva publicación del Reglamento ASF n.º 11/2018 en forma consolidada. Tras dos modificaciones, el texto completo no existe en un único lugar oficial, aunque se trata de reglas dirigidas directamente a los clientes minoristas, y no solo a los juristas.
  • La corrección de la concordancia en la letra c). La formulación rumana «o marfă sau orice indice al titlurilor de capital, alții decât cei prevăzuți la lit. b)» emplea un plural masculino para dos sustantivos de géneros distintos, siendo «marfă» femenino e «indice» masculino. No cambia la solución jurídica, pero una frase que hay que leer dos veces no tiene sitio en una norma que fija cuánto puede arriesgar una persona con su dinero.

Texto original del acto normativo

El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.

El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía

Boletín Oficial de Rumanía n.º 787 de 16 de septiembre de 2026 16 páginas PDF, 171 KB el acto comienza en la página 15

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.