En resumen
- La Ley n.º 168/2026 exige una cuota creciente de energía renovable en calefacción y refrigeración: 35,9 % en 2027, 37,1 % en 2028, 38,6 % en 2029 y 41,4 % en 2030, mediante programas de apoyo para sustituir calderas y estufas antiguas por bombas de calor, paneles solares u otras soluciones.
- La biomasa forestal utilizada por grandes operadores (instalaciones de más de 7,5 MW para biomasa sólida o 2 MW para biomasa gaseosa) debe ser exclusivamente certificada y trazable, bajo multas de hasta 40.000 lei.
- A quién afecta: propietarios de viviendas conectadas a redes de calefacción centralizada (contaje individual obligatorio antes del 31 de diciembre de 2030), municipios de más de 20.000 habitantes (plan local de calefacción desde 2027) y operadores de calefacción centralizada.
Publicado: Boletín Oficial de Rumanía (Monitorul Oficial) n.º 647 del 5 de agosto de 2026
En vigor desde: 8 de agosto de 2026
Rumanía se propone, mediante la Ley n.º 168/2026, reducir drásticamente la dependencia de la leña y de los combustibles fósiles sólidos para calentar viviendas y edificios, a través de un calendario claro de objetivos anuales y programas nacionales para sustituir calderas y estufas antiguas por bombas de calor, paneles solares u otras tecnologías limpias. La ley, promulgada el 4 de agosto de 2026 y publicada al día siguiente en el Boletín Oficial de Rumanía, traspone objetivos europeos de descarbonización del sector de la calefacción y la refrigeración e introduce, por primera vez con este nivel de detalle, obligaciones de trazabilidad para la biomasa forestal utilizada a escala industrial, junto con otras medidas recientes que fomentan las fuentes renovables a nivel de hogar individual, como la compensación cuantitativa de la energía producida con paneles solares.
El núcleo de la ley es un calendario de objetivos para la cuota de fuentes renovables en calefacción y refrigeración: 35,9 % en 2027, 37,1 % en 2028, 38,6 % en 2029 y 41,4 % en 2030. Para alcanzarlos, las autoridades locales, junto con las centrales, deben poner en marcha programas de apoyo voluntarios (por lo que los propietarios no están obligados a cambiar de caldera) para la sustitución progresiva, hasta 2040, de las unidades de calefacción de más de 10 años o con un rendimiento inferior al 65 %, priorizando fuentes geotérmicas, bombas de calor, colectores solares, cogeneración de alta eficiencia sin biomasa forestal, sistemas fotovoltaicos combinados con bombas de calor, o el aprovechamiento del calor residual. La ley también fija objetivos cuantitativos mínimos: al menos 50.000 unidades sustituidas antes de 2030, 100.000 antes de 2035 y 250.000 antes de 2040.
El segundo componente principal se refiere a la biomasa forestal utilizada industrialmente. Los operadores con instalaciones de más de 7,5 MW para biomasa sólida o 2 MW para biomasa gaseosa deben utilizar exclusivamente biomasa forestal certificable y presentar anualmente, antes del 31 de marzo, un informe de sostenibilidad verificado de forma independiente por un tercero acreditado. El incumplimiento de estas obligaciones se sanciona con multas de entre 7.500 y 40.000 lei, según el tipo de infracción.
El marco metodológico que la ley exigía para el 31 de agosto de 2026 se publicó ese mismo día: cómo se decide qué recibe cada hogar en lugar de su estufa de leña.
Los efectos que produce
Para los propietarios de viviendas conectadas a redes de calefacción centralizada, el efecto más concreto es un plazo firme: antes del 31 de diciembre de 2030, todos los edificios en régimen de propiedad horizontal deberán tener instalados contadores individuales para calefacción, refrigeración y agua caliente, o, cuando el contaje individual no sea técnicamente viable o rentable, repartidores de costes instalados en cada radiador. En la práctica, la facturación a partes iguales, sin relación con el consumo real, debería desaparecer en los próximos años.
El dinero para las redes que llevan el calor a esas viviendas tiene ya también el formulario con el que se pide: la guía de 590 millones de euros para la calefacción urbana inteligente recibe la solicitud de prefinanciación 99 días antes del último plazo.
Para los municipios de más de 20.000 habitantes, la ley introduce una nueva obligación: a partir de 2027, cada entidad local de este tipo deberá elaborar y actualizar, una vez cada 4 años, un plan local de calefacción y refrigeración, con escenarios de transición energética, comunicado al Ministerio de Energía. Esos mismos municipios podrán delimitar, mediante resolución, zonas unificadas de calefacción en las que se aplique una única solución técnica centralizada, precisamente para proteger las inversiones públicas ya realizadas en las redes de calefacción centralizada.
Para las empresas que queman biomasa forestal a gran escala, la ley supone costes de cumplimiento adicionales (certificación, verificación independiente, informe anual), pero también un riesgo de sanción si utilizan madera de fuentes no certificadas o no sostenibles, un asunto delicado en el contexto de la tala ilegal denunciada de forma constante en los últimos años.
Qué ha cambiado respecto de la situación anterior
- Objetivos legales, no solo recomendaciones: la cuota de fuentes renovables en calefacción y refrigeración recibe, por primera vez, objetivos porcentuales vinculantes, año tras año, hasta 2030.
- Nueva trazabilidad para la biomasa: los grandes operadores de biomasa deben demostrar cada año, mediante verificación independiente, que la madera utilizada está certificada y es sostenible, con sanciones en caso de incumplimiento.
- Plazo firme para el contaje individual: 31 de diciembre de 2030 para instalar contadores o repartidores de costes en todas las comunidades de propietarios conectadas a redes centralizadas, una modificación de la Ley de eficiencia energética n.º 121/2014.
- Planificación local obligatoria: los municipios de más de 20.000 habitantes deberán contar, desde 2027, con un plan local de calefacción y refrigeración, actualizado periódicamente.
- Gobernanza corporativa ampliada: los operadores de calefacción centralizada con condición de empresa pública quedan ahora explícitamente sujetos a las normas de gobernanza corporativa del Decreto-ley n.º 109/2011.
Ventajas y desventajas
Lo que mejora
- Facturación más justa para los residentes de bloques de viviendas, basada en el consumo real, una vez que el contaje individual se generalice antes de 2030.
- Apoyo financiero (fondos europeos, Fondo para el Medio Ambiente, Fondo de Modernización) para sustituir calderas y estufas antiguas y contaminantes por tecnologías limpias, de forma voluntaria.
- Menor riesgo de explotación ilegal de madera, gracias a las obligaciones de trazabilidad y certificación de la biomasa forestal utilizada industrialmente.
Lo que sigue siendo un problema
- Los programas de sustitución de calderas son voluntarios; sin solicitud por parte de los propietarios, el ritmo real de descarbonización podría quedar muy por debajo de los objetivos legales.
- La financiación depende de presupuestos aprobados anualmente y de fondos europeos, por lo que el apoyo concreto a los hogares puede retrasarse o variar de un año a otro.
- El contaje individual antes de 2030 implica costes de inversión para las comunidades de propietarios, aunque instalar repartidores suele ser más barato que instalar contadores.
Consejos prácticos
- Si vives en un bloque conectado a la calefacción centralizada sin contaje individual: habla en tu comunidad de propietarios sobre la instalación de contadores o repartidores con antelación, el plazo legal (31 de diciembre de 2030) se acerca más rápido de lo que parece.
- Si tienes una caldera o estufa de combustible sólido de más de 10 años: sigue los programas de apoyo de tu municipio y del Ministerio de Energía para sustituirla por una bomba de calor o paneles solares, la participación es voluntaria y no estás obligado a cambiar la caldera de inmediato.
- Si administras una comunidad de propietarios: comprueba con antelación si tu edificio corresponde a contaje individual o a repartidores, según la viabilidad técnica, la decisión afecta a los costes de inversión.
- Si eres una empresa con una instalación de biomasa por encima de los umbrales legales: prepara con antelación los documentos de trazabilidad y la verificación independiente anual, el informe se presenta antes del 31 de marzo referido al año anterior.
- Si vives en un municipio de más de 20.000 habitantes: sigue el plan local de calefacción y refrigeración de tu ayuntamiento, que desde 2027 mostrará qué soluciones técnicas están previstas para tu zona.
Preguntas frecuentes
¿Qué obliga exactamente la Ley n.º 168/2026?
¿Están los propietarios obligados a cambiar su caldera de leña?
¿Qué pasa si mi edificio no tiene contaje individual antes de 2030?
¿Quién verifica que la biomasa forestal es legal y sostenible?
¿Qué es una zona unificada de calefacción y refrigeración?
Texto original del acto normativo
El texto que figura a continuación se reproduce en rumano, la forma oficial de publicación.
El texto íntegro, tal como se publicó en el Boletín Oficial de Rumanía
Boletín Oficial de Rumanía n.º 647 del 5 de agosto de 2026 16 páginas PDF, 114 KB el acto comienza en la página 7
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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones concretas, consulta a un abogado o asesor fiscal autorizado.
